Formación y Orientación Laboral: Guía Completa de la Seguridad Social y Relaciones Laborales
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La Seguridad Social
Es un sistema público por el cual el Estado garantiza a las personas que se encuentran dentro de su campo de aplicación, la protección adecuada en situaciones de dificultad. A través de dicho sistema, se satisfacen estados de necesidad. Se caracteriza por ser un sistema público y obligatorio, y su estructura incluye a los trabajadores por cuenta ajena que no se encuentren incluidos en alguno de los regímenes especiales. (Ley General de la Seguridad Social 1994, 40/2007)
Incapacidad Temporal (IT)
La IT cubre la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, por enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Es una prestación temporal y pasajera.
Prestación por Incapacidad Permanente (IP)
La IP se hace cargo de la situación en la que se encuentra el trabajador que, después de haber recibido tratamiento médico, presenta reducciones funcionales definitivas que disminuyen su capacidad para trabajar. La IP es definitiva y puede ser de diferentes grados:
- Incapacidad Permanente Parcial: El trabajador tiene una disminución igual o superior al 33% en la función de su trabajo.
- Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para realizar su profesión, pero puede dedicarse a otra. Cobra el 55% de su base reguladora.
- Incapacidad Permanente Absoluta: Incapacita al trabajador para todas las profesiones. Cobra el 100% de su base reguladora.
- Gran Invalidez: Cuando el trabajador no puede realizar ningún trabajo porque no se vale por sí mismo (comer, moverse, etc.). Cobra el 100% de su base reguladora más un complemento.
Prestación por Maternidad
Es obligatoria y se tiene que disfrutar aunque la madre no quiera. La ley obliga a coger la prestación ya que es un derecho de los trabajadores. Se requiere estar afiliada y de alta en la Seguridad Social. Si la madre es menor de 21 años, no se exige periodo mínimo de cotización. Se cobra el 100% de la base reguladora.
Prestación por Riesgo de Embarazo
La pide la propia embarazada cuando considera que el trabajo puede afectar al feto y no puede realizar según qué funciones (coger peso, andar demasiado, etc.). Se cobra el 100% de la base reguladora y, cuando termina, puede coger la baja por maternidad.
Prestación por Desempleo (Paro)
Reconoce el derecho de los trabajadores a recibir una prestación económica cuando, queriendo y pudiendo trabajar, pierden el empleo o ven reducida su jornada laboral. Para acceder a la prestación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo.
- Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
Subsidio por Desempleo (Ayuda)
Es una cantidad de dinero que se otorga a los desempleados inscritos como demandantes de empleo. Existen dos tipos:
- Para trabajadores que no hayan cotizado el tiempo suficiente para pedir la prestación contributiva por desempleo o la hayan agotado. Pueden recibir el subsidio durante 6 meses.
- Para mayores de 55 años. Deben tener mínimo 6 años cotizados en su vida laboral para poder solicitarlo. La cuantía es de 430,30 euros.
Ley Orgánica de Libertad Sindical (Sindicato)
Un sindicato es una asociación permanente y sin ánimo de lucro de trabajadores por cuenta ajena que tiene como función la defensa y mejora de las condiciones laborales de los trabajadores frente al empresario y la empresa. Pueden ser de dos tipos:
- Representación sindical: Representa a los trabajadores afiliados a los sindicatos y funciona a través de votos por los candidatos representantes de los trabajadores.
- Representación unitaria: Son órganos fuera de los sindicatos que representan a todo el personal de la empresa, estén o no afiliados a un sindicato. Se realiza a través de un enlace sindical que agrupa a los trabajadores de las empresas entre 10 y 50 trabajadores. Existe el comité de empresa, que es el órgano representativo de los trabajadores.
El Conflicto Laboral
Se produce cuando hay conflicto entre el trabajador y el empresario. Puede ser:
- Individual: Surge entre un trabajador y el empresario y afecta solo al trabajador.
- Colectivo: Surge entre los trabajadores y la empresa, y la solución afecta a todos los trabajadores.
Medios de Solución Pacíficos
Cuando hay un conflicto laboral, se intenta negociar hasta llegar a un acuerdo con la ayuda de un conciliador. Después está la mediación, que ayuda y propone soluciones. Por último, el arbitraje, que es parecido a un juez, solucionará el problema obligando al cumplimiento por ambas partes.
Medios de Solución No Pacíficos
Implican medidas de presión. Si no se llega a un acuerdo mediante negociación, el trabajador tiene derecho a la huelga. La huelga defiende el derecho de los trabajadores y sus intereses. Por otro lado, está el cierre patronal, que se caracteriza porque los trabajadores en grupo deciden no ir a trabajar. El empresario puede cerrar la empresa si no tiene trabajadores, pero cuando se trata de servicios esenciales (sanidad, transporte público, etc.), los trabajadores están obligados a ir a trabajar. Si no lo hacen, pueden ser despedidos. En estos casos, se debe garantizar un servicio mínimo. El empresario tiene que avisar con 5 días de antelación del inicio de la huelga, y si son servicios públicos, con 10 días.
El Convenio Colectivo
Consiste en un acuerdo escrito entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios para regular las condiciones de trabajo. El ámbito de aplicación hace referencia al dónde, quién, duración y rama de profesión. Se compone de:
- Ámbito geográfico: Territorio donde se aplica el convenio.
- Ámbito funcional: Rama de actividad a la que se dedica la empresa.
- Ámbito personal: A quién afecta el convenio (trabajadores de la empresa).
- Ámbito temporal: Duración del convenio según lo estipulado en el mismo.