Fiscalización Ambiental en Chile: Preguntas Frecuentes

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Características de la Fiscalización

  • Principio de Legalidad: Se basa en el principio de legalidad.
  • Imprescriptible: No prescribe y no se agota con su ejercicio.
  • Inalienable e Irrenunciable: Si se cumplen los requisitos para su ejercicio, debe llevarse a cabo y solo se puede delegar si una norma lo autoriza.
  • Fiduciaria: El Estado la ejerce en beneficio de la sociedad.
  • Titularizada en la Administración: La administración es la titular de la fiscalización.

Organismos y Autoridades Ambientales

Servicio de Evaluación Ambiental

Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.

Comisión Nacional del Medio Ambiente

Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

Ministerio del Medio Ambiente

Encargado de:

  • Diseñar y aplicar políticas, planes y programas ambientales.
  • Proteger y conservar la diversidad biológica y los recursos naturales renovables e hídricos.
  • Promover el desarrollo sustentable.
  • Velar por la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.

Organización:

  • Ministro del Medio Ambiente
  • Subsecretario
  • Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente
  • Consejo Consultivo Nacional y Consejos Consultivos Regionales

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente

Encargada de:

  • Ejercer las competencias del Ministerio que le corresponden.
  • Asesorar al Gobierno Regional para incorporar criterios ambientales en la elaboración de Planes y Estrategias de Desarrollo Regional.
  • Colaborar con los municipios en materia de gestión ambiental.

Superintendencia del Medio Ambiente

Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.

Objetivos:

  • Ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
  • Fiscalizar las medidas de los Planes de Prevención y/o Descontaminación Ambiental.
  • Fiscalizar el contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión.
  • Fiscalizar los Planes de Manejo.

Denuncias, Infracciones y Sanciones

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona puede denunciar ante la Superintendencia el incumplimiento de instrumentos de gestión ambiental y normas ambientales. La Superintendencia debe informar sobre los resultados de la denuncia en un plazo no superior a 60 días hábiles.

Incumplimiento del Estudio o Declaración de Impacto Ambiental

Las autoridades pueden solicitar a la Comisión Regional o Nacional del Medio Ambiente la amonestación, multas de hasta quinientas unidades tributarias mensuales, e incluso la revocación de la aprobación, sin perjuicio de ejercer acciones civiles o penales.

Infracciones

  • Incumplimiento de las condiciones, normas y medidas de las RCA.
  • Ejecución de proyectos o actividades que requieren RCA, eludiendo esta obligación.
  • Incumplimiento de medidas e instrumentos de Planes de Prevención y/o Descontaminación, normas de calidad y emisión.
  • Incumplimiento de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia.
  • Incumplimiento de normas sobre descargas de residuos líquidos industriales.
  • Incumplimiento de las Normas de Emisión.
  • Incumplimiento de planes de recuperación, conservación y gestión de especies (Ley N° 19.300).

Sanciones

  • Amonestación por escrito.
  • Multa de una a diez mil unidades tributarias anuales.
  • Clausura temporal o definitiva.
  • Revocación de la Resolución de Calificación Ambiental.

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