Fiscalización Ambiental en Chile: Preguntas Frecuentes
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Características de la Fiscalización
- Principio de Legalidad: Se basa en el principio de legalidad.
- Imprescriptible: No prescribe y no se agota con su ejercicio.
- Inalienable e Irrenunciable: Si se cumplen los requisitos para su ejercicio, debe llevarse a cabo y solo se puede delegar si una norma lo autoriza.
- Fiduciaria: El Estado la ejerce en beneficio de la sociedad.
- Titularizada en la Administración: La administración es la titular de la fiscalización.
Organismos y Autoridades Ambientales
Servicio de Evaluación Ambiental
Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.
Comisión Nacional del Medio Ambiente
Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.
Ministerio del Medio Ambiente
Encargado de:
- Diseñar y aplicar políticas, planes y programas ambientales.
- Proteger y conservar la diversidad biológica y los recursos naturales renovables e hídricos.
- Promover el desarrollo sustentable.
- Velar por la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.
Organización:
- Ministro del Medio Ambiente
- Subsecretario
- Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente
- Consejo Consultivo Nacional y Consejos Consultivos Regionales
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente
Encargada de:
- Ejercer las competencias del Ministerio que le corresponden.
- Asesorar al Gobierno Regional para incorporar criterios ambientales en la elaboración de Planes y Estrategias de Desarrollo Regional.
- Colaborar con los municipios en materia de gestión ambiental.
Superintendencia del Medio Ambiente
Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.
Objetivos:
- Ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
- Fiscalizar las medidas de los Planes de Prevención y/o Descontaminación Ambiental.
- Fiscalizar el contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión.
- Fiscalizar los Planes de Manejo.
Denuncias, Infracciones y Sanciones
¿Quién puede denunciar?
Cualquier persona puede denunciar ante la Superintendencia el incumplimiento de instrumentos de gestión ambiental y normas ambientales. La Superintendencia debe informar sobre los resultados de la denuncia en un plazo no superior a 60 días hábiles.
Incumplimiento del Estudio o Declaración de Impacto Ambiental
Las autoridades pueden solicitar a la Comisión Regional o Nacional del Medio Ambiente la amonestación, multas de hasta quinientas unidades tributarias mensuales, e incluso la revocación de la aprobación, sin perjuicio de ejercer acciones civiles o penales.
Infracciones
- Incumplimiento de las condiciones, normas y medidas de las RCA.
- Ejecución de proyectos o actividades que requieren RCA, eludiendo esta obligación.
- Incumplimiento de medidas e instrumentos de Planes de Prevención y/o Descontaminación, normas de calidad y emisión.
- Incumplimiento de entidades técnicas acreditadas por la Superintendencia.
- Incumplimiento de normas sobre descargas de residuos líquidos industriales.
- Incumplimiento de las Normas de Emisión.
- Incumplimiento de planes de recuperación, conservación y gestión de especies (Ley N° 19.300).
Sanciones
- Amonestación por escrito.
- Multa de una a diez mil unidades tributarias anuales.
- Clausura temporal o definitiva.
- Revocación de la Resolución de Calificación Ambiental.