Fiscalidad Empresarial en España: Conceptos Clave y Tributación

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La Fiscalidad Empresarial: Presupuestos, Impuestos y Tributación en España

Los Presupuestos Públicos y Conceptos Fundamentales

Los presupuestos recogen gastos e ingresos.

El déficit público se produce cuando los gastos no financieros superan a los ingresos no financieros. Para financiar estos gastos, se recurre a la deuda pública.

Estos ingresos pueden ser tributarios (obtenidos a través de los impuestos) y extratributarios (debidos al uso de bienes públicos).

2. Clases de Impuestos

Los impuestos son ingresos tributarios. Cabe destacar la clasificación entre impuestos directos e indirectos:

  • Directos: Gravan la capacidad económica del sujeto.
  • Indirectos: Gravan el consumo y las transmisiones sin tener en cuenta la capacidad económica de quien los realiza.

Otra clasificación es:

  • Reales o de producto: Recaen sobre el rendimiento de un producto sin tener en cuenta la situación personal del sujeto.
  • Personales o sobre la renta: Recaen sobre la totalidad de las rentas que recibe el sujeto pasivo.

3. Elementos de un Impuesto

  • Hecho imponible: Es la realidad que da lugar a la existencia de un impuesto.
  • Base imponible: Es la valoración monetaria del hecho imponible.
  • Base liquidable: Base imponible menos las deducciones necesarias para conseguir los ingresos.
  • Tipo impositivo: Es el porcentaje a aplicar sobre la base liquidable y que nos da la cuota.
  • Cuota: Es la cantidad resultante de la operación anterior, es decir, la cantidad que correspondería pagar a Hacienda.
  • Deuda tributaria: Cantidad a ingresar en Hacienda (resultado de: cuota - deducciones).
  • Sujeto activo: Es quien exige el pago de un impuesto.
  • Sujeto pasivo: Persona física o jurídica sobre quien recae el impuesto. Normalmente coincide con el contribuyente, pero a veces existe una diferencia entre el obligado a declarar y quien realiza realmente el pago.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Hecho imponible del IRPF se puede calcular a través de dos métodos de estimación:

  • Estimación Directa: Puede ser:
    • Simplificada: Cuando el volumen de los negocios es inferior a 601.012 euros.
    • Ordinaria: Se justifica con los libros de cuentas.
  • Estimación Objetiva: Cuando los ingresos están en función de unos módulos que tienen un valor asignado y que es aplicable cuando el volumen de estos ingresos no supere los 450.759 euros.

Pasos en la Estimación Objetiva:

  • Determinar el valor de los módulos que estén regulados en Hacienda.
  • Calcular el rendimiento neto minorado.
  • Determinación del rendimiento neto de los módulos.

Pasos en la Estimación Directa:

  • Cálculo del rendimiento neto previo (ingresos - gastos).
  • Cálculo de las provisiones y otros gastos deducibles.
  • Reducción del 5% sobre el rendimiento neto previo.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo sin tener en cuenta la capacidad económica del sujeto. Es de carácter proporcional, recayendo sobre el precio del producto o servicio. Grava la entrega de bienes y servicios, y recae sobre el consumidor final. El sujeto pasivo (quien lo paga) son las empresas o profesionales que realizan esas entregas de bienes y servicios.

La base imponible será el importe total de la prestación.

El IVA lo que realmente grava es el valor añadido en cada proceso de producción. Así, al IVA repercutido habrá que deducirle el IVA soportado en la fase previa, y la diferencia será lo que habrá que ingresar en Hacienda.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un impuesto directo que grava la capacidad económica del sujeto. Es de carácter personal, ya que recae sobre la totalidad de las rentas obtenidas por el sujeto pasivo, y que grava los beneficios obtenidos por la sociedad, que vienen dados por la diferencia entre los ingresos y gastos. El hecho imponible será la valoración de esa diferencia, y el sujeto pasivo serán las personas jurídicas no sometidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Estos sujetos del Impuesto sobre Sociedades (IS) podrán tributar por:

  • Obligación personal: Entidades residentes en España.
  • Obligación real: Entidades no residentes en el territorio español.

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