Finanzas Públicas: Ingresos, Gastos y Presupuesto del Estado

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1. Necesidades Financieras del Estado y el Presupuesto

Presupuesto del Estado: Documento que recoge las previsiones de ingresos y gastos que se realizarán durante un período determinado, generalmente un año.

Al ejecutar el presupuesto, se pueden presentar las siguientes situaciones:

  • Ingresos = Gastos: Equilibrio presupuestario.
  • Ingresos > Gastos: Superávit presupuestario.
  • Ingresos < Gastos: Déficit presupuestario. Para financiar este déficit, se emiten bonos de deuda pública, obteniendo así dinero para aumentar los ingresos.

2. Ingresos Públicos

Los ingresos públicos se dividen en:

  • Ingresos no fiscales: El origen de los fondos no es tributario (no son impuestos).
  • Ingresos fiscales: El origen de los fondos es tributario (impuestos).

2.1. Ingresos No Fiscales

  • Ingresos derivados de los bienes patrimoniales: Bienes propiedad del Estado (por ejemplo, entrada a museos, dividendos o inversiones).
  • Ingresos derivados de la venta de bienes patrimoniales.
  • Ingresos derivados de transferencias corrientes (ejemplo: ingresos de lotería) y de capital (transferencias realizadas por la UE, que pueden ser:
    • Fondos estructurales: para el desarrollo de una zona concreta dentro del Estado.
    • Fondos de cohesión: para el desarrollo de un Estado concreto perteneciente a la UE.

2.2. Ingresos Fiscales: Los Tributos

Todos los tributos son pagos obligatorios. Se clasifican en:

  • Tasas: Tributos por los que recibimos como contrapartida directa la prestación de un servicio (tasa de matrícula, tasa de recogida de basuras...).
  • Contribuciones especiales: Tributos por los que recibimos como contrapartida directa la realización de una obra pública (ejemplo: arreglo de una calle).
  • Impuestos: Tributos exigidos por la Administración Pública sin ninguna contraprestación directa, pero con la posibilidad de hacer uso de los bienes y servicios públicos (ejemplo: IVA, IRPF,...).
Clasificación de los Impuestos

Los impuestos se pueden clasificar según:

A. En función de lo que gravan:
  • Impuestos Directos: Gravan la obtención de renta por parte de personas o empresas.
    • IRPF: Personas físicas (trabajadores por cuenta ajena y empresarios individuales y profesionales).
    • IS: Personas jurídicas (sociedades).
  • Impuestos Indirectos: Gravan la realización de determinados actos.
    • Consumo de bienes y servicios en general: IVA.
    • Consumos específicos: Tabaco, alcohol...
    • Compras de bienes a particulares: ITP (grava la compraventa entre particulares) y AJD (Actos Jurídicos Documentados).
B. En función del organismo público que los gestiona:
  • Estatales: IVA, IRPF (una parte está cedida a las autonomías).
  • Autonómicos (DGA): ITP y AJD, Impuestos medioambientales.
  • Locales (Ayuntamiento):
    • IBI: Grava la propiedad de inmuebles.
    • Impuesto de Circulación: Grava la propiedad de un vehículo.
    • Plusvalía: Grava el incremento de valor de los bienes urbanos.
    • IAE: Grava la realización de una actividad económica, empresarial o profesional artística. Existe un importe mínimo de facturación para tributar por este impuesto.

3. Gastos Públicos

  • Gastos de personal: Sueldos y salarios del personal que trabaja en los servicios públicos (funcionarios, docentes, centros concertados, etc.).
  • Gastos en bienes y servicios corrientes: Dinero destinado a bienes y servicios para que el personal público pueda realizar su trabajo.
  • Gastos en transferencias corrientes: Dinero destinado a jubilados, parados, etc.
  • Gastos financieros: Pagos de naturaleza financiera que el Estado debe realizar (gastos originados por los intereses de la deuda pública, intereses de préstamos que tenga el Estado, etc.).
  • Fondo de contingencia.
  • Gastos en inversiones reales: Financiación en infraestructuras públicas.
  • Operaciones financieras: Compras de activos (inversiones financieras del Estado) y amortización de pasivos (devolución de la deuda pública que vence).
  • Gastos en transferencias de capital: Financiación sin contrapartida para el Estado de cualquier proyecto de inversión (carácter altruista).

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