Finalización de Contratos Laborales: Tipos y Derechos del Trabajador
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 4,22 KB
Extinción de la Relación Laboral: Causas y Procedimientos Clave
La relación jurídica de trabajo se inicia mediante la celebración del contrato y se prolonga a través del intercambio continuado de las prestaciones del trabajador y el empresario. El tema de la extinción definitiva del contrato de trabajo válido es uno de los que más problemas técnicos y prácticos ha planteado tradicionalmente. El significado técnico-jurídico de la extinción de la relación laboral es la pérdida del empleo por parte de un trabajador, lo que implica la consecuente pérdida de ingresos.
Mutuo Acuerdo de las Partes
Del mismo modo que el nacimiento del contrato de trabajo tiene su fuente en un pacto o acuerdo entre empresario y trabajador, la extinción del contrato de trabajo por acuerdo del empresario y el trabajador puede estar prevista originalmente por las partes al celebrar el pacto contractual. Este acuerdo de las partes constituye un pacto o contrato liberatorio cuya finalidad es la extinción de la relación jurídica laboral.
Dimisión del Trabajador
La dimisión o desistimiento que contempla el artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores no se condiciona a la presencia de causas justificadas de fondo, sino al puro arbitrio del trabajador, que no tiene otra carga que la de preavisar en el plazo establecido. El abandono, por su parte, es el acto voluntario y unilateral del trabajador constitutivo de incumplimiento, a través del cual se extingue el contrato de trabajo.
Finiquito y Liquidación
El finiquito es un pacto transaccional documentado por escrito mediante cuya suscripción se pone fin al contrato, siempre que tal intención sea clara e inequívoca. Al mismo tiempo, consigna expresamente el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales a cargo de las partes del contrato de trabajo. En todo caso, el finiquito es un medio de prueba más.
Extinción por Voluntad del Trabajador: Causas Justas
Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato, con derecho a indemnización por despido improcedente, las siguientes:
- Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio del trabajador.
- La falta de pagos o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
- Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor.
En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Despido Colectivo
Se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de 90 días, la extinción afecte al menos a:
- 10 trabajadores en las empresas de menos de 100 trabajadores.
- El 10 % del número de trabajadores de la empresa que ocupen entre 100 y 300 trabajadores.
Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa.
Extinción del Contrato por Causas Objetivas
El contrato podrá extinguirse por las siguientes causas objetivas:
- Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.
- Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables y hayan transcurrido como mínimo dos meses desde que se introdujo la modificación. El contrato quedará en suspenso por el tiempo necesario y hasta un máximo de 3 meses.
- Cuando exista la necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo por alguna de las causas previstas en el artículo 51.1 del ET y en número inferior al establecido en el mismo.