Finalización del Contrato Laboral: Tipos, Causas y Consecuencias
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Extinción del Contrato Laboral
La extinción del contrato de trabajo es la disolución del vínculo laboral entre el trabajador y su empleador. Este proceso, de carácter indeclinable y definitivo, aplica tanto para contratos a tiempo determinado como indeterminado. La estabilidad laboral durante la vigencia del contrato asegura a ambas partes el cumplimiento de sus obligaciones: al empleador, la disponibilidad de los servicios del trabajador; y al trabajador, la percepción de la remuneración pactada. Cualquier alteración que afecte esta estabilidad genera perjuicios para ambas partes, especialmente para el trabajador, quien pierde su fuente de ingresos.
El contrato de trabajo no puede disolverse unilateralmente sin preaviso. En su defecto, procede una indemnización sustitutiva. La notificación del preaviso debe ser fehaciente y por escrito, y su anticipación depende de la antigüedad laboral. Durante el preaviso, las obligaciones del contrato se mantienen. Este período se otorga para que el trabajador busque un nuevo empleo. El trabajador puede dar por finalizado el contrato antes del vencimiento del preaviso, renunciando a las remuneraciones correspondientes, pero conservando el derecho a la indemnización. Si el empleador releva al trabajador de sus funciones durante el preaviso, debe abonarle los salarios correspondientes. Independientemente de la obligación de preavisar, el empleador debe abonar una indemnización por antigüedad, equivalente a un mes por cada año de servicio.
Tipos de Extinción de Contrato
La extinción del contrato puede darse por:
- Decisión del trabajador:
- Renuncia (No Indemnizable)
- Abandono de Trabajo (No Indemnizable)
- Despido Indirecto (Indemnizable)
- Incapacidad o inhabilidad del trabajador culposa o dolosa inexcusable (No Indemnizable)
- Decisión del empleador:
- Despido con Justa Causa (Indemnizable)
- Despido sin Justa Causa (embarazo, matrimonio, representación gremial, discriminación) (Indemnización Agravada)
- Negativa a reubicación de trabajador incapacitado (Indemnizable)
- Decisión de ambas partes:
- Voluntad de las partes (mutuo acuerdo) (No Indemnizable)
- Vencimiento del plazo o finalización de la tarea (Indemnización Reducida)
- Causas ajenas a ambas partes:
- Muerte del trabajador (Indemnización Reducida)
- Muerte del empleador (Indemnización Reducida)
- Quiebra del empleador (Indemnizable). La quiebra no imputable al empleador dará lugar a indemnización reducida.
- Jubilación (No Indemnizable)
- Incapacidad o inhabilidad del trabajador no culposa con reubicación (Indemnización Reducida)
- Incapacidad absoluta (Indemnizable)
- Fuerza Mayor o Falta de Trabajo (Indemnización Reducida)
Leyenda: NI = No Indemnizables; I = Indemnizables; IR = Con Indemnización Reducida; IA = Con Indemnización Agravada
Al extinguirse el contrato, independientemente de la causa, el empleador debe entregar al trabajador un certificado de trabajo.