La Fianza: Concepto, Modalidades y Dinámica de la Relación

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La Fianza

1. Concepto, función y caracteres de la fianza

La fianza es una garantía personal que asegura el cumplimiento de una obligación de crédito, previniendo el riesgo de insolvencia del deudor (art. 1822.1 CC). Es un contrato accesorio, consensual, que puede ser gratuito u oneroso, abstracto y no causal.

2. Modalidades de fianza

Fianza convencional, legal o judicial

  • Convencional: Surge de un contrato entre fiador y acreedor.
  • Legal o judicial: Impuesta por ley o por un juez.

Fianza simple y subfianza

  • Simple: Garantiza la obligación principal.
  • Subfianza: Garantiza una fianza anterior.

Fianza indefinida o ilimitada y fianza definida o limitada

  • Indefinida: Comprende la obligación principal y sus accesorios.
  • Definida: Limitada a una parte específica de la obligación.

Fianza solidaria

El fiador solidario no tiene beneficio de excusión y el acreedor puede reclamar el pago tanto al deudor como al fiador.

3. La obligación garantizada y la dinámica de la relación de fianza

El fiador garantiza la obligación de otro, creando una relación jurídica entre el fiador y el acreedor, así como entre el fiador y el deudor.

4. Las relaciones entre fiador y acreedor y entre deudor y fiador

Relaciones entre acreedor y fiador

  • Obligación principal del fiador: Pagar la deuda.
  • Beneficio de excusión: El fiador no puede ser obligado a pagar sin antes agotar los bienes del deudor.
  • Exclusión del beneficio de excusión: Cuando el fiador renuncia a él, se obliga solidariamente o el deudor está en concurso o quiebra.

Relaciones entre deudor y fiador

  • Relevación de la fianza: El fiador puede exigir al deudor que lo libere de la fianza en ciertos supuestos (art. 1843 CC).
  • Posición del fiador solvens: El fiador que paga por el deudor tiene derecho a reclamar el reembolso mediante la acción de reintegro o la subrogación legal.

5. Las relaciones de los cofiadores

Cuando hay varios fiadores, existe el beneficio de división. Sin embargo, uno puede pagar la deuda completa y reclamar a los demás su parte proporcional.

6. Extinción de la fianza

La fianza se extingue cuando se extingue la obligación principal o por causas específicas como la prórroga concedida al deudor sin consentimiento del fiador.

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