Fedatarios Públicos y Registros Oficiales: Pilares de la Seguridad Jurídica Empresarial

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Fedatarios Públicos y su Rol en la Seguridad Jurídica

Las empresas, para su constitución, realizan una serie de trámites y acuerdos que deben ser legalizados.

Concepto de Fedatario Público

El fedatario, según la RAE, es una denominación genérica aplicable al notario y otros funcionarios que dan fe pública. La fe pública es el poder que se otorga por parte del Estado para autorizar o legalizar actos o acuerdos. Por tanto, podemos deducir que los fedatarios públicos tienen la capacidad para legalizar o autorizar actos o acuerdos, proporcionando seguridad jurídica a los mismos.

Los documentos que elaboran los particulares o sociedades en el ejercicio de sus actividades pueden ser públicos o privados:

  • Documentos privados: Son todos aquellos escritos en los que se recogen las declaraciones o voluntad del que los otorga, capaces de producir efectos jurídicos, pero en los que no interviene un fedatario público.
  • Documentos públicos: Se diferencian de los privados porque son autorizados por un notario o empleado público competente. Además, otorgan una serie de garantías, como una mayor seguridad jurídica.

Figuras de Fedatarios Públicos

Secretarios Judiciales

Son funcionarios públicos dependientes del Ministerio de Justicia, que ejercen sus funciones con carácter de autoridad, con sujeción al principio de legalidad e imparcialidad y, en todo caso, al de autonomía e independencia en el ejercicio de la fe pública judicial. Tienen como competencia exclusiva y plena el ejercicio de la fe pública judicial. Para el desarrollo de esta función, dejarán constancia de la realización de actos procesales en el tribunal o ante este, y de la producción de hechos con trascendencia procesal mediante las oportunas actas y diligencias. Entre otras, podemos destacar las siguientes funciones:

  • Autorizar y documentar el otorgamiento de poderes para pleitos, en los términos establecidos en las leyes procesales.
  • Dictar las resoluciones necesarias para la tramitación de los procesos, que se denominan diligencias.

Corredores de Comercio

El Real Decreto sobre medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo Cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados provocó la desaparición de la figura del Corredor de Comercio, integrándose en el Cuerpo de Notarios. De esta forma, desde el 1 de octubre de 2000, los Corredores de Comercio Colegiados quedaron incorporados al Colegio Notarial en cuyo territorio radicaba la sede del Colegio al que pertenecían hasta entonces.

El Notario

Un notario se define como un fedatario público, es decir, un profesional jurídico del que emanan documentos públicos que dan fe de determinados extremos. Los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales del Derecho, y a este doble carácter corresponde la organización del Notariado.

  • Como funcionarios, ejercen la fe pública notarial.
  • Como profesionales del Derecho, tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su trabajo.

El Notariado disfrutará de plena autonomía e independencia en su función, y en su organización jerárquica depende directamente del Ministerio de Justicia.

Los Registradores

Son funcionarios públicos y profesionales del Derecho cuya función es controlar la legalidad y autorización de los documentos, y que se estudiarán más adelante.

Registros Oficiales de las Administraciones Públicas

En España existen distintos tipos de Registros. Al frente de cada uno hay un Registrador, que es a la vez funcionario público y profesional del Derecho. Su función es controlar la legalidad de los documentos autorizados por los notarios, expedidos por los jueces y las autoridades administrativas o suscritos por los particulares. Solo cuando el documento sea válido puede inscribirse y, por tanto, garantizarse el Derecho.

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