Fases Clave del Proceso Penal: Detención, Flagrancia y Audiencias Iniciales
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Investigación Inicial con Detenido: Fases Clave del Proceso Penal
- Comienza con el control de detención.
- Se inicia cuando la autoridad pone al detenido a disposición del Ministerio Público (M.P.).
- La retención puede durar hasta 48 horas; en casos de delincuencia organizada, se extiende a 96 horas.
- Durante este lapso, el M.P. debe recabar actos de investigación para determinar si procederá ante un juez o si liberará al detenido.
- El cómputo de las horas inicia desde el momento en que el detenido es puesto a disposición del M.P.
- Cualquier ciudadano puede detener a una persona en flagrancia delictiva.
- En casos de flagrancia en delitos que requieren querella, se procede a la detención y se notifica al ofendido, quien dispone de 12 horas para presentar la querella.
- Si no es posible localizar al ofendido, el plazo para presentar la querella se extiende a 24 horas.
- En ausencia de querella, el detenido será puesto en libertad.
- El Registro de Detención es un oficio que documenta el modo, tiempo y lugar de la detención.
Flagrancia: Concepto y Fundamento Constitucional
Fundamentada en el Artículo 16 Constitucional, párrafo V.
- Figura jurídica constitucional que permite la detención de una persona en el momento de estar cometiendo un delito.
Supuestos de la Flagrancia: Criterios del CNPP
Según el Artículo 146 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP):
- La persona es detenida en el momento de estar cometiendo un delito.
- O inmediatamente después de cometerlo, bajo los siguientes supuestos:
- Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente.
- La persona es señalada por la víctima, el ofendido, un testigo presencial de los hechos o quien cometió el delito con ella; y cuando se le encuentren instrumentos u objetos que demuestren indicios de su participación.
Detención en Flagrancia: Aspectos Iniciales
- Se inicia mediante el control de detención.
- Fundamentada en el Artículo 16 Constitucional, párrafo V.
Audiencia de Control de Detención: Verificación de Legalidad
- El M.P. debe exponer el modo, tiempo y lugar de la detención, identificar a quienes la realizaron, fundamentar el supuesto de flagrancia y verificar que la detención se ajuste a la carpeta de investigación.
- En esta audiencia no se analiza el fondo del asunto, sino únicamente la legalidad de la detención y la existencia de flagrancia.
- Se revisa la cronología de los hechos relacionados con la detención (modo, tiempo y lugar).
- Los cuatro aspectos clave del control de detención son:
- Identidad de quienes realizaron la detención.
- Fundamentación de la flagrancia.
- Verificación de la legalidad de la detención.
- Modo, tiempo y lugar de la detención.
Formulación de Imputación: Notificación del Delito
- El M.P. informa al imputado o detenido sobre el delito del que se le acusa, su clasificación jurídica y los detalles específicos, en apego al principio de exacta aplicación de la ley penal.
- Es una etapa fundamental de la audiencia inicial.
- Se lleva a cabo después del control de detención.
- En esta etapa, sí se aborda el hecho que la ley considera como delito.
Solicitud de Auto de Vinculación a Proceso: Definición de Situación Jurídica
- El M.P. solicita el auto de vinculación a proceso en la audiencia inicial. El juez pregunta al imputado si desea que su situación jurídica se resuelva en ese momento, en un plazo de 72 horas (plazo constitucional), o en 144 horas (duplicidad del plazo constitucional).
- Posteriormente, se pueden solicitar las medidas cautelares.
Medidas Cautelares: Garantías y Restricciones
- Son limitaciones temporales a los derechos del imputado, solicitadas por la víctima, el asesor jurídico o el M.P.
- Prisión preventiva.
- Firma periódica.
- Congelamiento de cuentas.
- Uso de localizadores electrónicos.
- Embargo de bienes.
- Sus objetivos principales son:
- Garantizar la seguridad de la víctima.
- Asegurar la presencia del imputado durante el proceso.
- Evitar la obstaculización del desarrollo del proceso.
- La revisión de las medidas cautelares puede solicitarse cuando las circunstancias objetivas han cambiado.
- Todos los sujetos procesales pueden solicitar la revisión de las medidas cautelares.
Aclaraciones Importantes sobre el Proceso Penal
- El M.P. no detiene, sino que retiene.
- En casos especiales, el M.P. sí puede solicitar una orden de aprehensión para detener.
Implicaciones de la Libertad del Imputado
Si se otorga la libertad al imputado, la carpeta de investigación permanece abierta. Esto no implica una sentencia absolutoria; la investigación inicial continúa su curso.
Distinción entre Medios y Datos de Prueba
- Medios de Prueba: Son las formas de presentar pruebas en un juicio, incluyendo la presentación de testigos.
- Datos de Prueba: Son los hechos o la información que se obtienen para demostrar algo en una investigación. No implican la presentación de testigos en juicio, sino que se recaban mediante entrevistas u otros actos de investigación.