Fase Intermedia del Proceso Penal: Concepto, Funciones y Sobreseimiento

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Concepto y funciones de la fase intermedia del proceso penal

Se decide si existen o no motivos indiciariamente fundados para poder sostener la acción penal sobre una persona.

El juicio de acusación se encuentra dentro de la etapa intermedia.

La etapa intermedia comienza con el auto de conclusión del sumario, que se dicta cuando se considera, por parte del Ministerio Fiscal, que se dispone de los materiales suficientes de juicio para formular acusación. O, sin que se lo pida el Fiscal, el Juez tenga que archivar porque las investigaciones están estancadas.

Dictado el auto de conclusión, se cambia la competencia para conocer (art. 622), e inicia la etapa intermedia ante la Audiencia Provincial, respecto al procedimiento ordinario.

En el Procedimiento Ordinario, la etapa intermedia tiene dos funciones

revisión de la instrucción. Su fin es confirmar o revocar el fin de la instrucción.

La función clásica de resolver el juicio de acusación: si procede o no procede la apertura del juicio oral.

En el Procedimiento Abreviado, la etapa intermedia es distinta:

Diligencias previas (etapa de instrucción), una vez terminadas se abre la etapa intermedia, aquí el competente es el juez de instrucción. Esto quiere decir que en el procedimiento abreviado no existe la primera función de revisión de la instrucción. La función de la fase de preparación del juicio oral (etapa intermedia) tiene la función de resolver el juicio de acusación: acabará con la petición de sobreseimiento, la apertura el juicio oral o la petición de nuevas diligencias de investigación.

La etapa intermedia debe concluir mediante la petición de las partes acusadoras de sobreseimiento o de apertura del juicio oral

El sobreseimiento. Concepto, clases y efectos.

El sobreseimiento tiene por significado cesar la persecución penal. Adopta forma de auto motivado.

Procederá el sobreseimiento libre

1.Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa. (falta elemento fáctico)

2.Cuando el hechono sea constitutivo de delito. (Falta de tipicidad o falta de elemento jurídico). El más importante de los motivos de sobreseimiento libre.

3.Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores. (falta elemento subjetivo acreditado de manera indudable art. 640) La duda en el proceso penal, en la etapa intermedia, se aplica el principio in dubiopro societate. A diferencia del juicio oral, que la duda supone la aplicación del principio in dubio pro reo.

Efectos del sobreseimiento libre:

Despliega los mismos efectos de una sentencia absolutoria cuando son firmes → Cosa juzgada material. No puede haber una reapertura.

Procederá el sobreseimiento provisional

1.Cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa.

2.Cuando resulte del sumario haberse cometido un delito y no haya motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores. (Es más habitual)

Efectos del sobreseimiento provisional

Permite la reapertura de las investigaciones mientras el delito no prescriba.

IMPUGNACIÓN DEL SOBRESEIMIENTO

PO: Recurso de Casación, conocen solo contra los autos de sobreseimiento libre. Contra el sobreseimiento provisional el PO no prevé recurso

PA: recurso de casación contra los autos de sobreseimiento libre. Apelación contra el sobreseimiento provisional.(es asi porque quien acuerda el sobreseimiento es el propio juez instructor)

Art. 636 estatuto de las victimas, se les permite recurrir aun sin ser parte

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