Facultad Jurisdiccional de la Contraloría General de la República en Chile

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Función Jurisdiccional de la Contraloría General de la República

Introducción

El artículo 98 de la Constitución Política de la República de Chile establece que un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, tiene las siguientes atribuciones:

  • Ejercer el control de la legalidad de los actos de la Administración.
  • Fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes.
  • Examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades.
  • Llevar la contabilidad general de la Nación.
  • Desempeñar las demás funciones que le encomiende la ley orgánica constitucional respectiva.

En particular, el citado artículo 98 dispone que la Contraloría General examinará y juzgará las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes del Fisco, de las Municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes.

Tribunales de Cuentas

La actividad jurisdiccional que implica el juzgamiento de las cuentas es ejercida por órganos jurisdiccionales con carácter de Tribunales de la República, establecidos en el Título VII de la ley N° 10.336. Estos tribunales tienen competencia privativa para conocer y juzgar las causas sobre cuentas mediante el procedimiento de juicio de cuentas, debidamente reglado en el referido Título y en el Auto Acordado del Tribunal de Cuentas de segunda instancia.

Conoce de este juicio, como juez de primera instancia, el Subcontralor General.

El tribunal de segunda instancia está integrado por el Contralor General, quien lo preside, y por dos abogados que hayan destacado en la actividad profesional o universitaria. Estos abogados son designados por el Presidente de la República, a propuesta en terna del Contralor General. Sus reemplazantes son designados en igual forma.

Relación entre la Función Jurisdiccional y la Función de Control

La función jurisdiccional de la Contraloría General está directamente relacionada con la función de control que ella desarrolla.

Siempre el juzgamiento de las cuentas supone un examen de cuentas previo, esto es, el examen sistemático de la documentación que respalda las operaciones relacionadas con los recursos materiales, humanos, financieros y económicos de una entidad.

Objeto del Examen de Cuentas

El objeto del examen de cuentas es fiscalizar la percepción de las rentas y la inversión de los fondos del Fisco y de las demás entidades sujetas a la fiscalización de la Contraloría General, para comprobar:

  • Si se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen su ingreso y su aplicación o gasto.
  • La veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la documentación respectiva y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad.

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