Extinción de Obligaciones: Causas, Principios y Efectos Legales
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Extinción de las Obligaciones
Las obligaciones tienen una vida limitada; la relación obligatoria está destinada a extinguirse. Es el acto de realización de una prestación debida por una relación obligatoria.
a) El Pago o Cumplimiento Normal de las Obligaciones
La principal consecuencia de las obligaciones es la creación de un vínculo obligatorio en cuya virtud una de las partes queda obligada para con la otra.
i) Principios del Pago
Para que el pago sea válido y plenamente liberatorio es necesario que el deber de prestación aparezca exactamente cumplido:
a) Identidad
El deudor de una cosa no puede obligar a su acreedor a que reciba otra diferente, aun cuando fuere de igual o mayor valor que la debida.
b) Integridad
No se entenderá pagada una deuda sino cuando completamente se hubiese entregado la cosa o hecho la prestación en que la obligación consistía.
c) Indivisibilidad
A menos que el contrato expresamente lo autorice, no podrá compelerse al acreedor a recibir parcialmente las prestaciones en que consista la obligación.
ii) Tiempo del Pago, Tiempo de Incumplimiento
Será exigible desde luego, toda obligación cuyo cumplimiento no dependa de un suceso futuro.
iii) Lugar del Pago o Cumplimiento
Habrá de efectuarse el pago en el lugar que libremente hayan designado las partes.
iv) Efectos del Pago
Consiste en que se extingue la obligación; los gastos extrajudiciales ocasionados por el cumplimiento según el art. 1168 son de cuenta del deudor, salvo que las partes acuerden lo contrario.
v) Pagos Especiales
- Dación en Pago: El acreedor da su consentimiento y acepta para el cumplimiento de la obligación la entrega de otro bien distinto de la prestación acordada.
- Consignación: El acreedor rechaza el pago del deudor sin razón para admitirlo, el deudor queda libre de responsabilidad.
b) La Pérdida de la Cosa Debida y Modificación de las Obligaciones
Quedará extinguida la obligación que consista en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyere sin culpa del deudor y antes de haberse este constituido en mora.
c) La Condonación
Cuando el acreedor libera al deudor de la prestación sin exigir nada a cambio. Existe una renuncia unilateral a percibir lo que se le debe.
d) La Confusión
Quedará extinguida la obligación desde que se reúnan en una misma persona los conceptos de acreedor y de deudor.
e) La Compensación
Tendrá lugar la compensación cuando dos personas, por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra.
f) La Novación
Es la extinción de una obligación mediante la creación de otra nueva destinada a reemplazarla.