Extinción de Contratos Laborales: Causas, Procedimientos y Defensa Legal
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Extinción del Contrato de Trabajo: Conceptos Fundamentales
La extinción del contrato de trabajo es la finalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador, lo que implica la desaparición definitiva de las obligaciones de ambas partes.
Es importante diferenciarla de la suspensión del contrato de trabajo, que es temporal, mientras que la extinción es definitiva.
Clasificación de las Causas de Extinción
Las causas de extinción del contrato de trabajo pueden clasificarse por:
- Voluntad conjunta del empresario y el trabajador.
- Voluntad del trabajador (por ejemplo, dimisión).
- Voluntad de la empresa (por ejemplo, despido).
- Otras causas externas o ajenas a las partes (por ejemplo, fuerza mayor).
Extinción por Causas Objetivas
La extinción por causas objetivas se da por circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador o del empresario. Estas causas son:
- La ineptitud del trabajador, conocida posteriormente a la colocación del trabajador. Si se produce durante el período de prueba, no se podría alegar como causa de despido objetivo.
- La falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo, siempre que los cambios sean razonables y se produzcan dentro de los dos meses siguientes a su implementación. En este caso, el contrato se suspenderá por el tiempo necesario, con un máximo de 3 meses, si la empresa ofrece al trabajador un curso de reconversión.
- Las faltas de asistencia, aun justificadas, cuando alcancen el 20% de las jornadas hábiles en 2 meses consecutivos, o el 20% en 4 meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses. No se computarán las ausencias por huelga legal, accidente de trabajo, maternidad o vacaciones.
- El presupuesto insuficiente o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
La formalización de un despido por causas objetivas se realiza mediante un comunicado escrito, que debe incluir la indemnización correspondiente, el preaviso legal y, en su caso, la licencia retribuida para buscar empleo, o la posibilidad de interponer un recurso.
Impugnación del Despido
Cuando se notifica un despido al trabajador y este no está de acuerdo con las causas alegadas, se puede intentar alcanzar un acuerdo de conciliación. Este proceso debe iniciarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha del despido, ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la comunidad autónoma correspondiente.
Desarrollo del Acto de Conciliación
El acto de conciliación se desarrollará de la siguiente manera:
- La autoridad laboral citará a las partes (trabajador y empresa) para intentar llegar a un acuerdo, señalando día y hora.
El acto de conciliación puede finalizar por:
- Imposibilidad de llegar a un acuerdo (sin avenencia).
- Avenencia: cuando se llega a un acuerdo, se puede pactar una indemnización, que podría ser superior a la legalmente establecida (por ejemplo, 35 días de salario por año de servicio), teniendo el trabajador derecho a cobrar la prestación por desempleo.
- No presentado: puede darse el caso de que alguna de las partes no se presente, en cuyo caso el acto se declarará 'sin efecto' o 'no presentado', y el caso se archivará en esta instancia.
Vías Posteriores a la Conciliación
Si la conciliación no prospera, otras vías para la impugnación del despido son:
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: se dispone de 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentarla, no pudiendo demandar una vez transcurrido dicho plazo.
- Sentencia: el juez dictará sentencia calificando el despido como nulo, procedente o improcedente.
El Finiquito
El finiquito es el documento que la empresa entrega al trabajador al finalizar la relación laboral, en el que se liquidan todas las cantidades pendientes de pago (salario del mes, pagas extras devengadas y no cobradas, vacaciones no disfrutadas, indemnizaciones, etc.). Su firma implica la conformidad del trabajador con las cantidades recibidas, aunque puede firmarse "no conforme" o "pendiente de revisión".
Respuestas de Test (Contenido Adicional)
1C, 2C, 3B, 4B, 5B, 6B, 7B, 8A, 9B, 10A.