Extinción del Contrato de Trabajo: Tipos de Despido y Procedimientos de Reclamación

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Tipos de Despido y sus Características

A continuación, se detallan las diferencias entre los distintos tipos de despido, explicando cada uno de ellos:

Despido Disciplinario

Ocurre cuando el trabajador incumple gravemente el contrato. Es culpa directa del trabajador.

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Desobediencia o indisciplina en el trabajo.
  • Ofensas al jefe, compañeros o sus familiares.
  • Pérdida de confianza o abuso de buena fe.
  • Bajo rendimiento voluntario y continuo.
  • Alcoholismo o drogadicción si afectan al trabajo.
  • Acoso de cualquier tipo (sexual, racial, etc.).

Despido por Causas Objetivas

Son causas ajenas a la voluntad del trabajador. No se debe a mala conducta, sino a situaciones que justifican la extinción del contrato.

  • Incapacidad sobrevenida tras ser contratado.
  • Dificultad para adaptarse a cambios técnicos razonables.
  • Eliminación del puesto por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Faltas de asistencia, aunque justificadas, si superan el 20% en 2 meses consecutivos.
  • Fin de contratos ligados a proyectos públicos o de entidades sin ánimo de lucro.

Despido Colectivo

Es la extinción de varios contratos de trabajo al mismo tiempo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Ocurre cuando, en un período de 90 días, se afecta a:

  • Un número mínimo de trabajadores (la ley establece cuántos, según el tamaño de la empresa).

Procedimientos para Reclamar ante un Despido

Si un trabajador considera que su despido es improcedente o nulo, puede iniciar una serie de procedimientos para reclamar sus derechos:

1. Acto de Conciliación

El trabajador solicita una cita en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Es un paso previo y obligatorio antes de acudir a los tribunales.

  • Si el empresario no asiste, no hay conciliación y el trabajador puede ir directamente al juzgado.
  • Si el trabajador no asiste, se considera que renuncia a la reclamación.
  • Si ambas partes llegan a un acuerdo, se puede pagar una indemnización o reincorporar al trabajador.
  • Si no hay acuerdo, el trabajador puede presentar una demanda.

2. Demanda en el Juzgado de lo Social

El trabajador presenta su demanda dentro de un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Luego, el juez fija la fecha del juicio.

3. Conciliación Judicial

Antes del juicio oral, el juez intenta una nueva conciliación entre las partes. Si no hay acuerdo, se pasa al juicio oral.

4. Juicio Oral

Las partes presentan sus argumentos y defensa ante el juez, aportando las pruebas pertinentes.

5. Sentencia

El juez dicta si el despido fue:

  • Procedente: si el empresario demuestra causas válidas y ha cumplido con los requisitos legales. El despido es válido.
  • Improcedente: si no se prueban las causas alegadas por el empresario o no se siguieron los requisitos legales. El empresario debe optar entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización.
  • Nulo: si el despido se debe a causas discriminatorias o vulnera derechos fundamentales del trabajador. Implica la readmisión obligatoria del trabajador y el pago de los salarios de tramitación.

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