Extinción del Contrato Laboral: Causas, Procedimientos y Consecuencias
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Cuidado Familiar y Antigüedad
El tiempo dedicado al cuidado familiar computa a efectos de antigüedad. Durante el primer año, se reserva el puesto de trabajo.
Extinción del Contrato de Trabajo
Por Voluntad Conjunta del Empresario y el Trabajador
- Mutuo acuerdo: Ambas partes acuerdan finalizar la relación laboral. El trabajador no tiene derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.
- Expiración del tiempo convenido: El contrato finaliza en la fecha acordada.
Por Voluntad del Trabajador
- Dimisión: El trabajador comunica su decisión de finalizar el contrato. No tiene derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.
- Abandono: El trabajador deja su puesto sin preaviso. El empresario puede reclamar daños y perjuicios.
- Resolución por incumplimiento grave del empresario: El trabajador puede solicitar la extinción del contrato debido a un incumplimiento grave por parte del empleador.
Finiquito
El empresario debe comunicar a los trabajadores la denuncia o preaviso de la extinción del contrato y entregar una propuesta de liquidación, conocida como finiquito. Este documento incluye:
- Días trabajados del mes.
- Pagas extraordinarias.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Indemnizaciones, si corresponden.
Las indemnizaciones no tienen retención, excepto las correspondientes a contratos de obra y servicio y contratos eventuales. Una vez firmado el finiquito, se produce la extinción definitiva del contrato.
Despido Colectivo
La extinción de los contratos de trabajo debe estar fundamentada en causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor, afectando a un número mínimo de trabajadores (10%). Se debe seguir un procedimiento de regulación de empleo y abonar una indemnización.
Extinción del Contrato por Causas Objetivas
Circunstancias ajenas a la voluntad de ambas partes pueden llevar a la extinción del contrato:
- Ineptitud del trabajador.
- Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas.
- Amortización del puesto de trabajo.
- Faltas de asistencia, incluso justificadas.
- Insuficiencia de consignación presupuestaria.
Despido Disciplinario
El contrato puede extinguirse por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Causas:
- Faltas de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia.
- Ofensas verbales o físicas.
- Transgresión de la buena fe, abuso de confianza.
- Disminución voluntaria del rendimiento.
- Embriaguez habitual o toxicomanía.
- Acoso por razón de origen racial o étnico.
El empresario debe notificar al trabajador por escrito, sin necesidad de preaviso.
Carta de Despido
Documento en el que el empresario detalla los motivos del despido y la fecha de efecto.
Impugnación del Despido
Un trabajador que no esté de acuerdo con su despido puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles.
Sentencia del Juez
- Procedente: Confirma el despido. El trabajador no tiene derecho a indemnización.
- Improcedente: El empresario puede optar por la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización de 33 días por año trabajado.
- Nulo: Se produce cuando existe mala fe por parte del empresario. Implica la readmisión obligatoria del trabajador.