Extinción del Contrato de Trabajo: Causas, Preaviso e Indemnizaciones Laborales
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Concepto de Extinción del Contrato de Trabajo
Existe extinción del contrato de trabajo cuando se rompe la relación laboral entre el empleador y el trabajador.
El Preaviso Laboral
El preaviso es la notificación anticipada que una de las partes debe dar a la otra antes de finalizar la relación laboral.
Plazos del Preaviso
- Preaviso del trabajador: 1 mes.
- Preaviso del empleador:
- Hasta 5 años de antigüedad: 1 mes.
- Más de 5 años de antigüedad: 2 meses.
El plazo comienza a correr a partir del mes siguiente al que se hizo la notificación.
Indemnización Sustitutiva del Preaviso
La parte que omite el preaviso debe pagar a la otra una indemnización sustitutiva del preaviso, equivalente a la remuneración que el trabajador hubiera percibido en el periodo correspondiente.
Causas de Extinción de la Relación Laboral
1. Por Iniciativa de una de las Partes
A. Decisión del Trabajador
El trabajador puede poner fin a la relación laboral mediante:
Renuncia del Trabajador
La renuncia es válida únicamente si se instrumenta de las siguientes formas:
- Telegrama colacionado: Cursado personalmente por el trabajador a su empleador. Se efectúa por medio del Correo Argentino en forma gratuita, justificando su identidad.
- Constancia en el Ministerio de Trabajo: Dejando constancia de la renuncia ante la autoridad administrativa del trabajo.
Cuando el trabajador envía la renuncia, pierde el derecho a cobrar indemnización por despido.
Despido Indirecto
Ocurre cuando el trabajador se ve obligado a concluir la relación de trabajo motivado por la conducta o actos graves del empleador en su contra (injuria laboral). En este caso, el trabajador tiene derecho a cobrar las indemnizaciones correspondientes, incluyendo la falta de preaviso.
B. Decisión del Empleador
Despido con Causa (Justa Causa)
El empleador puede despedir al trabajador cuando este no cumpla con las obligaciones de la relación laboral. Se debe comunicar preferentemente por telegrama colacionado, donde debe indicar el motivo de la decisión.
Nota: Toda sanción disciplinaria debe notificarse por escrito para que sirva como antecedente para posibles sanciones posteriores. Es la sanción más grave que se le puede aplicar al trabajador, por ende, este pierde el derecho al cobro de indemnización por preaviso y antigüedad.
Despido sin Causa (Injustificado)
Tiene lugar cuando el empleador extingue la relación laboral sin mencionar un motivo válido para el despido. En este caso, el empleador deberá abonar una indemnización por despido basada en la antigüedad y remuneración del trabajador.
2. Por Mutuo Acuerdo de las Partes
El empleador y el trabajador pueden extinguir el contrato de trabajo por mutuo acuerdo. Para que este acuerdo tenga validez legal, se debe:
- Formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o administrativa del trabajo.
- Celebrarse con la presencia del trabajador.
Extinguida la relación laboral por esta vía, el empleador queda liberado de pagar indemnizaciones por preaviso y antigüedad.
3. Por Situaciones Especiales
A. Relacionadas con el Trabajador
Matrimonio
Cuando el trabajador es despedido sin causa, durante los 3 meses anteriores y 6 meses posteriores a la fecha de contraer matrimonio, se presume que el despido se debe a esta circunstancia. En caso de que el trabajador sea despedido por esta causa, el empleador debe abonar una indemnización agravada equivalente a un año de la remuneración, además de la indemnización por despido sin causa.
Embarazo y Maternidad
Se presume que el despido de la mujer trabajadora obedece a razones de maternidad o embarazo, siempre y cuando haya cumplido con su obligación de notificar y acreditar formalmente el hecho del embarazo, así como, en su caso, del nacimiento. Le corresponde una indemnización agravada equivalente a un año de remuneraciones, además de la indemnización por despido sin causa.
Accidente o Enfermedad Inculpable
Si el trabajador es despedido durante la licencia por accidente o enfermedad inculpable, el empleador debe abonar, además de la indemnización por despido sin causa, los salarios correspondientes a todo el tiempo que faltase para el vencimiento de aquella o hasta la fecha de alta médica.
Si el trabajador no es reincorporado durante el lapso de 1 año en que se debe conservar el empleo (periodo de reserva de puesto), se le debe abonar la indemnización por despido sin justa causa.
- Incapacidad o inhabilidad del trabajador.
- Muerte del trabajador.
- Jubilación del trabajador.
B. Relacionadas con el Empleador
- Fuerza mayor o falta o disminución del trabajo (debidamente justificada).
- Muerte del empleador.
- Quiebra o concurso del empleador.
- Despido Discriminatorio (requiere prueba y conlleva indemnización agravada).