Extinción del Contrato de Trabajo en Argentina: Causas e Indemnizaciones

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Extinción del Contrato de Trabajo: Causas e Indemnizaciones

Preaviso

El preaviso es el aviso anticipado de la extinción del contrato de trabajo.

  • Empleador: debe dar un preaviso de 15 días. Si la antigüedad del trabajador es menor a 5 años, debe avisar con 1 mes de anticipación. Si la antigüedad es mayor a 5 años, debe avisar con 2 meses de anticipación.

Consecuencias de la Falta de Preaviso

Si no hay preaviso, el empleador deberá pagar en efectivo el equivalente a la falta de preaviso:

  • Menos de 5 años de antigüedad: 1 mes más de sueldo.
  • Más de 5 años de antigüedad: 2 meses más de sueldo, al momento de liquidar la indemnización.

Integración del Mes de Despido

Si el despido se produce el último día del mes, se debe pagar el mes completo. En caso de despido sin causa y sin preaviso, y si el despido ocurre un día que no es el último del mes, se debe pagar el mes completo. Si hay causa y preaviso, se paga hasta donde correspondía.

Renuncia

La renuncia es un acto personal y se formaliza mediante carta documento, telegrama o ante el Ministerio de Trabajo. En caso de carta documento o telegrama, debe realizarse ante el correo, exhibiendo el documento de identidad y firmando en presencia de las autoridades. El trabajador que renuncia pierde todos los derechos indemnizatorios, pero recibe: vacaciones, SAC (Sueldo Anual Complementario, aguinaldo, si renuncia a mitad de septiembre, cobra una parte proporcional) y el pago hasta el día trabajado.

Despido con Justa Causa

Puede originarse por sanciones disciplinarias, falta o disminución de trabajo, entre otras causas. Muchas veces la invoca el empleador, incluso la injuria laboral (hecho que reviste la gravedad suficiente para justificar el despido, por ejemplo: acoso).

Despido Indirecto

El trabajador injuriado intima al empleador a que cumpla y, si este no lo hace, el trabajador se considera despedido por culpa del empleador. Es indemnizable según el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Formas de Extinción del Contrato de Trabajo Según su Origen

Voluntad del Trabajador

  • Renuncia.
  • Despido indirecto justificado.
  • Abandono de tareas en hechos del empleador.

Voluntad del Empleador

  • Despido con causa.
  • Despido sin causa.

Voluntad Concurrente

  • Mutuo acuerdo.
  • Vencimiento del plazo del contrato a plazo fijo.
  • Finalización de la obra objeto del contrato.

Causas Ajenas a la Voluntad de las Partes que Afectan al Empleador

  • Fuerza mayor, falta o disminución de trabajo no imputable al empleador.
  • Quiebra o concurso del empleador.
  • Muerte del empleador cuando su persona es esencial en la relación laboral.

Causas Ajenas a la Voluntad de las Partes que Afectan al Trabajador

  • Muerte.
  • Incapacidad absoluta por accidente o enfermedad.
  • Incapacidad parcial y la no continuidad en la empresa.
  • Inhabilidad.
  • Jubilación ordinaria.

Abandono de Trabajo

  • Causa de extinción del contrato de trabajo.
  • La causa la da el trabajador.
  • Falta al trabajo y no avisa (injustificado).
  • Se puede despedir, pero el trabajador debe estar en mora y el empleador debe intimar fehacientemente. Si luego de 48 horas no responde, se considera despido.

Indemnización por Antigüedad o Despido sin Causa

  • Artículo 245 (base de la indemnización):
    • 1 mes de sueldo por año de antigüedad.
    • Más SAC.
    • Más preaviso.
    • Más vacaciones.
  • Artículo 247: Medio mes de sueldo por antigüedad, cuando no es culpa del empleador ni del trabajador.

Indemnizaciones Específicas según Artículos de la Ley de Contrato de Trabajo

A continuación, se detallan las indemnizaciones correspondientes a diferentes causas de extinción del contrato de trabajo, según los artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) de Argentina:

  • Artículo 156
    • Causa: Extinción del contrato de trabajo sin haber cobrado las vacaciones.
    • Indemnización: Cobro proporcional de las vacaciones según el tiempo trabajado.
  • Artículos 231-232
    • Causa: Indemnización sustitutiva de preaviso cuando no se ha realizado o se ha hecho en forma insuficiente.
    • Indemnización:
      • Menos de 5 años de antigüedad: 1 mes de sueldo.
      • Más de 5 años de antigüedad: 2 meses de sueldo.
  • Artículo 233
    • Causa: Cuando la extinción del contrato de trabajo se realiza sin preaviso y el día no coincide con el último del mes (no corresponde en período de prueba).
    • Indemnización: Se pagan todos los días que faltan para que termine el mes, más la indemnización correspondiente.
  • Artículo 245
    • Causa: Despido directo incausado o despido indirecto causado.
    • Indemnización: 1 mes de sueldo por año de antigüedad.
  • Artículo 247
    • Causa: Falta o disminución de trabajo no imputable al empleador. Fuerza mayor.
    • Indemnización: Medio mes de sueldo por año de antigüedad.
  • Artículo 250
    • Causa: Vencimiento del contrato de trabajo a plazo fijo (mayor a un año) mediando preaviso y estando el contrato cumplido, sin remuneración.
    • Indemnización: Medio mes de sueldo por antigüedad.
  • Artículo 95 (agravada)
    • Causa: Despido sin causa en forma anticipada en el contrato a plazo fijo.
    • Indemnización: 1 mes de sueldo por año trabajado, más daños y perjuicios.
  • Artículo 251
    • Causa: Quiebra no imputable al empleador.
    • Indemnización: Medio mes de sueldo por antigüedad.
  • Artículos 254/212
    • Causa e indemnización:
      • Absoluta (artículo 245).
      • Parcial: imposibilidad de reincorporación (artículo 245), negativa de reincorporación (artículo 245).
  • Artículo 182
    • Causa: Despido por causa de matrimonio.
    • Indemnización: 1 año de remuneraciones.
  • Artículo 248
    • Causa: Muerte del trabajador.
    • Indemnización: Artículo 247 (medio mes de sueldo por año de antigüedad).
  • Artículo 249
    • Causa: Muerte del empleador.
    • Indemnización: El trabajador tiene derecho a la indemnización del artículo 247.
  • Artículo 178
    • Causa: Despido por causa de embarazo.
    • Indemnización: 1 mes de sueldo por año trabajado más 12 sueldos.
  • Artículo 183
    • Causa: La mujer trabajadora, en caso de tener un hijo, puede:
      • A. Continuar su trabajo normal.
      • B. Rescindir su contrato de trabajo.
      • C. Acogerse a un período de excedencia.
    • Indemnización:
      • B: Compensación del 25% por cada año de antigüedad.
      • C: 3 a 6 meses (sin goce de sueldo).
  • Artículo 97
    • Causa: Despido durante la temporada de trabajo sin causa.
    • Indemnización: Medio mes por año de servicio más daños y perjuicios.
  • Artículo 184
    • Causa: Despido injustificado luego del período de excedencia.
    • Indemnización: Artículo 245 (1 mes de sueldo).
  • Artículo 213
    • Causa: Despido del trabajador por accidente o enfermedad inculpable.
    • Indemnización: Artículo 245 más los días que faltasen para terminar el mes.
  • Artículo 216
    • Causa: Despido o no reincorporación del trabajador.
    • Indemnización: Artículo 245 más preaviso.
  • Artículo 80
    • Causa: No entregar el certificado de trabajo al empleado cuando lo solicite (plazo de 30 días para entregarlo).
    • Indemnización: 3 meses de sueldo más efectuar los certificados.
  • Artículo 132 bis
    • Causa: Omisión del empleador de ingresar el pago de los aportes.
    • Indemnización: 3 meses de sueldo más efectuar los aportes.

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