Explorando la Interpretación Jurídica: Métodos, Criterios y Enfoques Contemporáneos
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Interpretación Jurídica: Métodos y Enfoques
Métodos de Interpretación
- Dogmático Normativo: También conocido como la Teoría Clásica de la Interpretación Conjuntivista.
- Sociológico Normativo: Considera el contexto social en la interpretación de las normas.
- Tópico Retórico: Se centra en la argumentación y persuasión en el proceso interpretativo.
Entre la creación y la aplicación del derecho, existe un proceso interpretativo. Tradicionalmente, se considera que un Legislador Racional elabora normas sencillas y claras, mientras que el Juez, también racional, aplica el derecho sin crearlo. El juez descubre el derecho ya existente, actuando como un técnico que examina y relaciona las normas jurídicas en el caso concreto. En este modelo, la función del juez es estática: descubrir el derecho que reside en las normas.
Criterios de Interpretación
Los criterios son normas creadas por el legislador. Sin embargo, la realidad desmiente este modelo de claridad, ya que las normas no siempre son tan claras. Una solución propuesta es la preferencia por lo histórico.
En el siglo XX, surge un carácter más dinámico. El juez se convierte en creador de derecho, influenciado por la voluntad legislativa y factores extra-normativos como circunstancias e ideologías.
Expresión Externa: La Escuela del Derecho Libre
La Escuela del Derecho Libre aboga por la libertad judicial, donde el juez se inspira en el derecho libre. El juez primero busca una posible solución y luego los requisitos jurídicos.
Posición Intermedia: Teorías Argumentativas
Las Teorías Argumentativas reconocen que un problema puede tener varias soluciones, otorgando un margen de discrecionalidad o decisión al juez, sin que esto implique arbitrariedad. Se busca un punto intermedio entre la aplicación estricta y la creación libre del derecho, fundamentado en la argumentación. Se asienta un consenso en torno a teorías más aceptadas que otras.
Interpretación Subjetiva vs. Objetiva
- Interpretación Subjetiva: Ligada a los primeros métodos, con preferencia por los históricos y gramaticales, enfocándose en la voluntad legislativa. Considera la norma como un concepto de interpretación estática, lo cual plantea problemas en la realidad.
- Interpretación Objetiva: Se centra en la voluntad de la ley, entendiendo que la norma, una vez incorporada al ordenamiento jurídico, se aplica a los casos que regula.
Criterios Flexibles de Interpretación
Estos criterios son útiles en una sociedad cambiante, adaptando las normas a la realidad social.
Hermenéutica Jurídica o Teoría de la Comprensión
La interpretación se concibe como un proceso dinámico de aproximación, descartando la idea de una única respuesta correcta. La norma jurídica expresa solo una parte de los indicadores relevantes, desplazando a la norma como centro y convirtiendo al sujeto en un observador externo.
La Precomprensión
El aplicador del derecho acude al proceso interpretativo cargado de prejuicios y una forma particular de ver los valores y la tradición. Todos los elementos confluyen hasta llegar a una solución.
Interpretación como Proyección Política
Esta perspectiva surge en Italia en los años 70, destacando la obra de Pietro Barcelona, *L'uso Alternativo del Diritto*. Desde una base marxista, se argumenta que la interpretación del derecho mantiene una estructura económica y capitalista. Se critica la idea de una técnica pura, sosteniendo que el juez, al no añadir nada, perpetúa la ideología destinada a mantener una estructura de poder. Se enfatiza la no neutralidad de la interpretación del derecho.
Carácter Pragmático
Se propone utilizar el derecho de manera alternativa, aprovechando los márgenes interpretativos (en zonas de incertidumbre) para favorecer a las clases más desfavorecidas, como en el caso de las preferentes.
Se critica a los medios tradicionales, percibiendo la realidad social y jurídica como problemática. Se señala la dificultad de aplicar normas abstractas a casos concretos, lo cual resulta problemático y desafiante en la realidad social.
El Razonamiento Jurídico Dialéctico
El razonamiento jurídico es dialéctico, es decir, irregular y avanzando a través de diferentes opiniones. Parte de premisas probables, no indiscutibles, y busca llegar a conclusiones convincentes, reconociendo que puede haber varias soluciones. El objetivo es convencer, cambiando la idea de justificación: no hay verdad empírica, sino aceptación o consenso.
En resumen, no hay racionalidad científica, sino racionalidad. Por eso, las sentencias se basan en la motivación.
Tema 7