Explorando las Fuentes del Derecho en España: Un Análisis Detallado

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Fuentes del Derecho: Concepto y Clasificación

No todas las fuentes jurídicas tienen la misma importancia en cada especialidad del derecho.

En el derecho penal y administrativo, la fuente principal del derecho es la Ley. Los jueces y tribunales tienen el deber inexcusable de dictar sentencias basadas en las fuentes del derecho. Cabe la posibilidad de que una determinada materia no esté regulada por la ley ni otras fuentes del derecho, y a pesar de ello, ante lo denominado laguna de ley, no puede haber lagunas del derecho, porque el Derecho es más genérico. Ante la posibilidad de no haber una ley aplicable, los jueces y tribunales deben investigar en las costumbres y los Principios Generales del Derecho.

Definición de Fuentes del Derecho

Son las formas en las que se exterioriza o manifiesta en una sociedad determinada la norma jurídica aplicable. Se distingue entre:

  • Fuentes jurídicas materiales: son parlamentos, partidos políticos, grupos de presión, sindicatos o asociaciones de empresarios. De ellas proceden las normas.
  • Fuentes del Derecho Formales: son los medios de expresión a través de las que las normas se manifiestan.

También se distingue entre fuentes directas e indirectas del Derecho.

  • Fuentes directas: contienen en sí mismas las normas jurídicas, el derecho, y son la Ley, la Costumbre, y los Principios Generales del Derecho.
  • Fuentes Indirectas: ayudan a la comprensión y al estudio de las fuentes directas y son dos: jurisprudencia y doctrina de autores.

Artículo 1.1 CC: las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la Costumbre y los Principios Generales del Derecho.

La Ley: Concepto, Características y Clases

Es el mandato vinculante y general dado por escrito por la autoridad pública o por los órganos legislativos del Estado.

Santo Tomás de Aquino definió la ley como la ordenación racional del bien común solemnemente promulgada por quien tiene a su cargo la comunidad.

Francisco Suarez dijo que la ley es el precepto común, justo, estable y suficientemente promulgado.

Características de la Ley

(Los mismos que el derecho): Obligatoriedad, coactividad, generalidad, legalidad, legitimidad, publicidad de las leyes.

Publicidad de las Leyes

La publicidad de la ley es la notificación mediante el BOE a los ciudadanos. La ley puede aplicarse desde su publicación en el BOE. La Constitución Española establece que será necesaria su completa publicación y debe transcurrir un plazo general de 20 días salvo que se disponga otro plazo de tiempo. Si una disposición jurídica no dice nada de su entrada en vigor se aplica el plazo general. Este periodo de tiempo se conoce como Vacatio legis. Las leyes se aplican hasta que entran en vigor y hasta su derogación (Art. 21 CC). La disposición derogatoria es la que nos dice cuándo entró en vigor una ley.

Clases de Leyes

La jerarquía por importancia de las leyes en cualquier estado son:

  1. La Constitución.
  2. Tratados internacionales
  3. Leyes de distintas clases
  4. Reglamentos.

La Constitución

Es la ley fundamental del estado español, fue aprobada por el Parlamento en 1978 y ratificada por los ciudadanos mediante un referéndum. Esta estableció una transición política desde la Dictadura de Franco a la actual Monarquía Parlamentaria.

Dentro de las normas jurídicas de la Constitución, distinguimos:

  • Las normas orgánicas que se ocupan de las instituciones del Estado.
  • Las normas programáticas, en ellas se establecen los derechos de los ciudadanos y las políticas estatales.

Si se tuviera que modificar la Constitución tendría que haber una mayoría de las 3/5 partes de los parlamentarios de cada cámara. Se regula en los Artículos 167 y 168 CE.

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