Excedencias, Permisos y Despidos en el Ámbito Laboral

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Excedencias, Permisos y Despidos

Excedencias

Excedencia por Cuidado de Familiares

  • Para cuidar de un familiar hasta el 2º grado que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no trabaje.
  • Periodo máximo de 2 años.

Excedencia por Cuidado de Hijos

  • Hasta que el hijo/a cumpla 3 años.
  • No es remunerada.
  • Computa a efectos de antigüedad.
  • El trabajador/a tiene derecho a asistir a los cursos formativos de la empresa.
  • Solo el primer año reserva del puesto de trabajo, el resto del tiempo derecho a un puesto de la misma categoría o grupo profesional.

Excedencia Voluntaria

  • No es necesario alegar motivo.
  • No conlleva reserva del puesto de trabajo, solo preferencia en caso de vacante.
  • Podrán solicitarla todos aquellos trabajadores con al menos 1 año de antigüedad en la empresa.
  • La duración será entre 4 meses y 5 años.
  • Entre una excedencia y otra deberán transcurrir 4 años.

Permisos

Víctima de Violencia

  • El derecho de las mujeres que tengan reconocida esta condición a una protección eficaz y a la asistencia integral.
  • La suspensión la concede un juez por 6 meses, prorrogables por periodos de 3 meses hasta un máximo de 18 meses.
  • Retribución: Si se tienen cubiertos los periodos de cotización exigidos percibirá la prestación por desempleo.

Embarazo de Riesgo Durante la Lactancia

  • Suspensión del contrato de trabajo cuando la trabajadora debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, no resulte técnica u objetivamente posible dicho cambio o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
  • Duración: Mientras persista el riesgo, en caso de lactancia natural hasta que el bebé cumpla 9 meses.
  • Prestación: 100% de la base reguladora por IT derivada de contingencias profesionales.
  • Periodo de Cotización: No se requiere.

Nacimiento de Hijo

  • Objeto: Maternidad y paternidad biológica, por adopción y acogimiento.
  • 16 semanas, ampliables a una más por cada hijo a partir del 2º, o en caso de discapacidad del hijo.
  • El progenitor tiene que disfrutar 6 semanas inmediatamente después del parto, el resto se puede disfrutar a jornada completa o parcial, de forma ininterrumpida o por intervalos de al menos una semana en los 12 meses siguientes al hecho causante.
  • Retribución: Si se tienen cubiertos los periodos de cotización exigidos, una prestación equivalente al 100% de la BCCC a cargo de la Seguridad Social.

Despidos

Calificación del Despido

Despido Procedente
  • Quedan acreditadas las causas y la corrección del procedimiento formal.
  • Se ratifica la decisión empresarial.
Despido Improcedente
  • No se acreditan las causas.
  • No se siguen los procedimientos formales.
  • La empresa tiene 5 días para decidir si readmite al trabajador abonando salarios de tramitación o abona una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (máximo 24 meses).
Despido Nulo
  • Basado en causas discriminatorias.
  • Readmisión del trabajador.
  • Abono de salarios de tramitación.

Despido Disciplinario

  • Procedimiento: Carta de despido por escrito, explicando detalladamente los hechos que motivan el despido.
  • Causas:
    • Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
    • La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
    • Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
    • La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
    • La mala fe contractual tiene muchas manifestaciones: robo, revelación de secretos, competencia desleal, aceptación de sobornos…
    • La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
    • La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
    • El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
  • Efectos:
    • No hay derecho a indemnización.
    • Sí se considera situación legal de desempleo.

Despido Objetivo

  • Forma:
    • Preaviso con 15 días de antelación a la fecha de efectos.
    • Entrega de indemnización.
  • Causas:
    • Falta de adaptación, ineptitud del trabajador.
  • Efectos:
    • Indemnización 20 días por año trabajado (máximo 12 meses).
    • Situación legal de desempleo.

Despido por Voluntad del Empresario

  • Causas:
    • Causas objetivas.
    • Despido disciplinario.
    • No causal (solo durante el periodo de prueba).

ERE

  • Causas:
    • Económicas.
    • Técnicas.
    • Organizativas.
    • Productivas.
  • Número de trabajadores afectados:
    • Todas las empresas + 5.
    • +10 en empresas de hasta 100.
    • +10% en empresas entre 100 y 300.
    • +30 en empresas de más de 300 (periodo de 90 días).
  • Procedimiento:
    • Apertura de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores.
    • Comunicación a la autoridad laboral y a los trabajadores de la decisión empresarial.
    • Comunicación a la autoridad laboral de la apertura del proceso y remisión de toda la documentación pertinente.
  • Efectos:
    • Extinción de la relación laboral.
    • Situación legal de desempleo.
    • Indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

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