Evolución Política y Cultural en la Hispania Medieval: Visigodos, Castilla y Aragón
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Las Invasiones Bárbaras y el Reino Visigodo: Instituciones y Cultura
A partir del siglo III d.C. se inició un período de crisis en el Imperio Romano que terminó con la desaparición de su zona occidental en el 476. Uno de los factores que influyó en este hecho fue la entrada de pueblos germanos o bárbaros. Así, Hispania fue invadida en el siglo V por los suevos, vándalos y alanos.
El Imperio decidió entonces firmar un pacto (foedus) con los visigodos, un pueblo germano romanizado, para expulsar a los invasores. A cambio, pudieron establecerse en torno a Toulouse. Sin embargo, los francos los derrotaron en Vouillé en 506 y tuvieron que replegarse hacia la Península, donde crearon un reino con centro en Toledo, asumiendo una herencia romana y germánica.
El Proceso de Unificación Visigoda
Desde este momento, los visigodos realizaron un importante proceso de unificación:
- Territorial: Cuando Leovigildo venció a los suevos de Galicia y comenzó la expulsión de los bizantinos.
- Religiosa: Al abandonar Recaredo el arrianismo y convertirse al catolicismo.
- Jurídica: A través del Liber Iudiciorum, inspirado en el Derecho Romano y promovido por Recesvinto.
Instituciones del Reino Visigodo
Para el gobierno del territorio, los visigodos utilizaron la división administrativa romana. Su principal institución fue la monarquía, de carácter electivo y, por tanto, inestable al estar en manos de las distintas facciones de nobles; hecho que explica, en parte, la desaparición del reino en el 711, cuando los musulmanes invadieron la Península.
El rey, además, era aconsejado por un Aula Regia, con representantes de los principales nobles, y los Concilios de Toledo, con carácter legislativo y formados por los obispos.
Cultura Visigoda
Desde el punto de vista cultural, destacó la figura de San Isidoro de Sevilla, autor de las Etimologías, enciclopedia cristiana del saber clásico; o la introducción en arquitectura del arco de herradura.
Baja Edad Media: Organización Política e Instituciones en el Reino de Castilla y la Corona de Aragón
A partir del siglo XIV, con el inicio de la Baja Edad Media, destacan en la Península el Reino de Castilla y la Corona de Aragón, que presentan una estructura política similar (monarquía), pero con notables diferencias.
El Reino de Castilla
El Reino de Castilla está formado por Castilla y León. Su principal institución, la monarquía, hace uso del Derecho Romano para atribuir al rey un poder divino y convertirle en soberano de súbditos, reforzándolo frente a los poderes nobiliarios. Esto es recogido por Alfonso X en sus Partidas y dota a la monarquía castellana de un carácter menos feudal.
Instituciones Castellanas
- Cortes: En el siglo XII aparecen las primeras Cortes en León, que se unifican con las de Castilla a principios del siglo XV. Reproducen una sociedad estamental (nobleza, clero y procuradores). Su función consiste en aprobar los subsidios, aunque tienen un mero carácter consultivo.
- Consejo Real: Formado por nobles, prelados y juristas, que aconsejan al rey.
- Audiencia o Chancillería: Constituye el tribunal superior de justicia, y cuya sede está en Valladolid.
- Ámbito Local: Aumenta la participación del rey a través de regidores o corregidores.
La Corona de Aragón
La Corona de Aragón está compuesta por los reinos de Cataluña, Aragón y Valencia, más un conjunto de territorios mediterráneos como Mallorca o Sicilia. Cada territorio establece sus propias leyes; además, existe una monarquía pactista y mucho más débil, que se afianza en el siglo XIII con el Privilegio General aplicado sobre Pedro III.
Instituciones Aragonesas
- Cortes: Existen Cortes en cada territorio. Estas sirven como contrapeso a la autoridad del rey y tienen poder legislativo.
- Consejo Real: También existe un Consejo Real.
- Diputaciones: Nacidas a partir de la reclamación de subsidios, acaban ocupándose del cumplimiento de lo aprobado en las Cortes.
- Justicia de Aragón: Figura destacada que defiende las leyes de dicho reino.
- Ámbito Local: Está en manos de las oligarquías urbanas, aunque también existe un delegado real, con pocas atribuciones.