Evolución del Marco Legal Educativo en España: De la Constitución a las Reformas Recientes

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El Pacto Constitucional en Materia Educativa

El artículo 27 de la Constitución Española sienta las bases del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Sin embargo, la consecución de un pacto educativo ha enfrentado diversas dificultades a lo largo del tiempo. Los dos pilares fundamentales de este marco son:

  • El derecho a la educación para todos los ciudadanos.
  • La libertad de enseñanza, que incluye la libertad de creación de centros docentes y la correlativa libertad de elección por parte de las familias.

La Constitución establece que los poderes públicos prestarán ayuda a los centros docentes que cumplan los requisitos legales.

La Ley Villar (1970)

Esta ley supuso una profunda reforma de la Ley Moyano de 1857. Sus objetivos principales fueron:

  • Modernizar la formación profesional.
  • Ampliar el acceso a la educación superior.
  • Exigir una mejor comprensión de la escolarización.

La Ley Villar adoptó el “modelo comprensivo” de forma moderada, estableciendo:

  • La Educación General Básica (EGB) de 8 años (de 6 a 14 años).
  • El Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) de 3 años, seguido del Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • La Formación Profesional (FP) estructurada en tres niveles (EFP1, EFP2, EFP3).

En cuanto a la evaluación, se caracterizó por una evaluación continua sin pruebas externas. El profesorado se organizaba por niveles y el acceso a la docencia se realizaba mediante oposición, con una carrera profesional limitada.

Un aspecto relevante fue la implementación del sistema de conciertos para subvencionar a los centros privados.

La L.O.D.E. (1985): Ley Orgánica de Derecho a la Educación

La L.O.D.E. introdujo un nuevo modelo para los centros públicos y reguló el sistema de conciertos:

Centros Públicos:

  • Se otorgaron amplios poderes a los Consejos Escolares.
  • La dirección de los centros se realizaba por elección.

Resultado: Se observó un debilitamiento de la escuela pública debido al considerable poder de los Consejos Escolares y una menor implicación de los directores.

Conciertos Educativos:

  • Se estableció la concertación de centros con la administración, con una concesión discrecional por parte de esta.
  • Se implementó el “pago delegado”, por el cual la administración abonaba los salarios del profesorado de los centros concertados.
  • Los módulos económicos de concierto presentaban diferencias, lo que implicaba una financiación desigual entre escuelas públicas y concertadas.
  • La admisión de alumnos se regía por reglas establecidas en la ley.

Resultado: Se percibió un debilitamiento de la libertad de enseñanza.

La L.O.G.S.E. (1990): Ley Orgánica General del Sistema Educativo

La LOGSE propuso un modelo de máxima comprensividad, abarcando desde los 6 hasta los 16 años. Algunas de sus características fueron:

  • Un bachillerato de dos años, considerado el más corto de Europa en su momento.
  • La creación de centros polivalentes que ofrecían enseñanzas académicas y profesionales.
  • Debilidades en la carrera profesional del profesorado.
  • Un fuerte intervencionismo en el ámbito pedagógico, que algunos consideraron un empobrecimiento de contenidos.
  • La Formación Profesional carecía de un hilo conductor claro, dificultando su atractivo como alternativa y su conexión directa con el mercado laboral. Además, no todos los alumnos completaban la ESO, requisito para acceder a ella.
  • Se caracterizó por la ausencia de evaluaciones externas y de mecanismos de rendición de cuentas.

Reformas Legales Posteriores (Mini Reformas)

Tras la LOGSE, se sucedieron diversas reformas legislativas:

  • L.O.P.E.G.C.E. (Ley Orgánica 9/1995): Centrada en la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes.
  • L.O.C.E. (Ley Orgánica 10/2002): Orientada a la calidad de la educación.
  • L.O.E. (Ley Orgánica 2/2006): Ley de Educación que también dio pie a leyes autonómicas en diversas comunidades.

El Proyecto de Reforma: Problemas Pendientes y Líneas de Actuación

El sistema educativo español ha enfrentado problemas persistentes, evidenciados en informes como PISA, y que incluyen:

  • Deficiente rendimiento general del sistema.
  • Elevado abandono escolar prematuro.
  • Debilidad de la Formación Profesional.
  • Escaso valor propedéutico del bachillerato.
  • Desmotivación del profesorado.
  • Problemas en el funcionamiento y la autonomía de los centros.
  • Dificultades relacionadas con la libertad de enseñanza.

Las líneas de reforma se han caracterizado por ser parciales y estar condicionadas por la situación económica, buscando la optimización de los recursos existentes.

Puntos Principales de las Reformas Recientes:

  • Evaluación externa de carácter nacional.
  • Ajustes curriculares en Educación Primaria para potenciar contenidos comunes.
  • Reconfiguración de 4º de la ESO con dos itinerarios: hacia el bachillerato o hacia la formación profesional.
  • Establecimiento de la Formación Profesional Básica (FPB) y Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI).
  • Impulso a la Formación Profesional Dual.
  • Implementación de un modelo de dirección profesionalizada en los centros públicos.
  • Creación de centros de especialización curricular para fomentar la autonomía.
  • Impulso a la enseñanza del inglés.
  • Acciones para promover la calidad de los centros educativos, permitiendo a cada centro desarrollar proyectos propios para su mejora.

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