Evolución de la Jurisprudencia en la Etapa Clásica Tardía del Derecho Romano
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La Etapa Clásica Tardía de la Jurisprudencia Romana
La Última Jurisprudencia Clásica y su Vocación Burocrática
Los juristas de esta etapa son todavía clásicos por la fuerza de la tradición jurisprudencial a la que se hallan vinculados, pero se caracterizan por su marcada vocación burocrática. Su servicio a la Cancillería Imperial, especialmente como asesores de rescriptos, les obliga a interesarse por las más variadas cuestiones: administración, gobierno de las provincias, asuntos fiscales y criminales.
Se produce, por tanto, la ampliación del concepto ius, y la distinción —antes formal— entre ius privatum y ius publicum se plantea ahora como una distinción de materias.
Figuras Destacadas y la Época de los Severos
Sobresalen en esta época:
- Pomponio: Representativo del nuevo estilo enciclopédico.
- Ulpio Marcelo y Cervidio Escévola.
- Papiniano: Figura central en la época de los Severos.
- Paulo y Ulpiano: Discípulos de Papiniano, cuyas obras serían más accesibles para los tiempos posteriores.
Son juristas cuyas grandes obras, sobre todo las de Ulpiano, constituyen la base principal de la recopilación justinianea del ius (el Digesto).
La Relevancia de Gayo y sus Institutiones
Mención aparte merece Gayo, de la segunda mitad del siglo II. El libro de enseñanza del Corpus Iuris, las Institutiones, está copiado principalmente de las de Gayo y, en segundo lugar, de las de Marciano.
La razón del éxito de Gayo reside en el carácter elemental de su obra didáctica, escrita en un estilo más sencillo y ameno que el habitual entre los juristas; pero también en que, gracias a su actitud escolástica, pudo anticiparse en muchos aspectos a la manera de ver de los posclásicos.
Sus Institutiones poseen el más alto valor, pues es la única obra escrita en la época clásica que se ha conservado prácticamente entera y sin haber sufrido las manipulaciones de los compiladores justinianeos. Por ello, es la única fuente que puede brindarnos información sobre antiguas instituciones sistemáticamente suprimidas por los compiladores.
El Desarrollo del Derecho Provincial
El ius civile no se observa con toda su pureza en los territorios anexionados a Roma, es decir, en las provincias. En estas, los gobernadores ostentaban la máxima jurisdicción, y el derecho que aplicaban no era uniforme en todas las provincias, sino que variaba, sobre todo, según la intensidad mayor o menor de las propias tradiciones jurídicas locales.
En cada provincia se formó un derecho propio, fundamentalmente romano, pero adaptado al régimen consuetudinario de aquella región.
Tradiciones jurídicas: En cada provincia se formó un derecho propio de ella, fundamentalmente romano, pero adaptado al régimen consuetudinario de aquella región.