Evolución Histórica de la Ley: De los Códigos Sumerios y Divinos al Derecho Romano
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Orígenes del Derecho y Códigos Antiguos
Los primeros códigos de leyes pertenecen a los sumerios. En Babilonia, destaca por su antigüedad y rigorismo el Código de Hammurabi. En Europa occidental, a través del Derecho Romano, se elabora el Derecho Privado, la gran fuente de los códigos civiles modernos.
La Dualidad del Derecho: Absoluto e Histórico
El Derecho consiste en la unión de dos partes: la parte Absoluta y la parte Histórica.
- Parte Absoluta: Es la naturaleza y esencia del ser, invariable. Se adquiere desde el nacimiento de la persona.
- Parte Histórica: Se asocia a la cultura y la sociedad, y consiste en los valores del día a día. Es perecedera y variable.
La razón es lo que nos diferencia a los seres humanos del resto de seres. Aristóteles acude a la "palabra" como esa diferencia, pues el diálogo nos permite convencer. Pitágoras viajó a Egipto y allí creó algunas de sus obras, como la Proporción Áurea y el Teorema de Pitágoras.
Lección 2: Los Fundamentos de la Civilización Legal Europea
Los ingredientes de Europa se basan en el mundo clásico greco-latino, la teología judía y el cristianismo.
1ª Parte: Las Leyes Impuestas por los Dioses
En esta etapa, los dioses imponen las leyes, midiendo el comportamiento humano. Los dioses son inmortales e irresponsables.
a) El Código de Hammurabi (Babilonia)
El auge de la agricultura en Occidente hizo que se produjera más de lo que se consumía, permitiendo a los ciudadanos vivir sin trabajar en el campo, dedicándose a filosofar, gobernar o realizar culto. Esta civilización exigió las primeras leyes (aún no consideradas Derecho).
El Código de Hammurabi fue redactado en primera persona. Relata cómo el dios Samas elige a Hammurabi para hacer de intermediario y le entrega las leyes, consideradas de origen divino e inmodificables. El rey ordenó hacer copias y ponerlas en las plazas de las ciudades para que todo el mundo las conociera, utilizando un lenguaje claro. Las leyes comienzan con la partícula condicional "si", indicando los castigos correspondientes. Aunque actualizadas, estas estructuras legales se mantienen en la actualidad.
b) Otras Fuentes de Ley Divina
- Los Diez Mandamientos.
- Numa Pompilio (2º Rey de Roma, siglo VIII a.C.): Redactó las primeras leyes de los romanos a través de la Ninfa Egeria, y otras dictadas por medio de dioses. Le enseñó a ser un rey justo y sabio, estableciendo legislación religiosa, plegarias y conjuros eficaces.
- Las Reglas de Fas y Nefas: Este fue el primer bloque normativo en el tiempo, compuesto por normas de convivencia, anteriores a la civitas, gens y familia.
- Nefas: Conductas ilícitas, evitadas por temor al enojo y la represalia de los dioses.
- Fas: Establecía lo que se podía hacer.
Fas e Ius indican la licitud de lo que se hace y dice según la voluntad de los dioses.
2ª Parte: Las Leyes Impuestas por los Hombres
Grecia, siglo VI a.C. En la polis griega, destacan dos características: el Nomos y la Eunomía.
a) La Polis Griega y el Nomos
Los Agathoi eran la élite de la clase social. Interpretaron las costumbres mediante sobornos, generando un sistema corrupto e injusto, lo que resultó en una crisis social y económica. Como consecuencia, aparece el legislador, encargado de redactar la ley para evitar estos problemas. Este legislador no estará sujeto a lo divino, sino que tomará las costumbres como base. La ley es superior al legislador. En principio, la polis buscaba la igualdad, adquiriendo un carácter normativo de comportamiento y costumbre.
Atenas
Hay que destacar al legislador Dracón, uno de los impulsores del código ateniense. Su código destacó por la severidad del castigo y la falta de graduación, aunque introdujo la distinción entre asesinato y homicidio, haciendo aparecer la intencionalidad.
Posteriormente, se acudió a Solón para afrontar la crisis social y económica. Solón fijó costumbres en tiempos de crisis, eliminó la esclavitud a personas deudoras de acreedores, clasificó la ciudadanía en cuatro clases (permitiendo aspirar jerárquicamente) y otorgó el derecho a diferir un caso del magistrado a un jurado popular.
Esparta
Licurgo fue un legislador espartano que estableció un régimen totalitario y militar. Se mantuvo la fijación de la ley en piedra, como es el caso del Código de Leyes de Gortina, para evitar su alteración y facilitar su consulta.
b) El Derecho Romano: Las XII Tablas
Tras el periodo de los pontífices (quienes controlaban a los jueces), se redactaron las XII Tablas (451 a.C.) por medio de los decenviros. Estas fueron aprobadas en asamblea popular por los comicios, estableciendo el inicio del Derecho Civil. Las XII Tablas fijaron los límites al imperium de los cónsules, reconocieron los derechos de los plebeyos, definieron el papel del pretor y el juez (quienes dirían el derecho), y reconocieron la acción y el juicio.