Evolución Histórica del Derecho: Marcos Geográficos y Familias Jurídicas en Europa
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Marco Geográfico y Cultural de la Historia del Derecho
La historia del derecho puede considerarse como la disciplina que estudia los diferentes sistemas jurídicos de las distintas culturas, sus elementos comunes y los factores que explican sus similitudes y diferencias.
Esta disciplina se aborda frecuentemente desde un triple marco:
El Marco Europeo
El primer marco es el europeo. Europa, que no es estrictamente un continente con una delimitación geográfica precisa, alberga una gran diversidad étnica, cultural y política. Sin embargo, comparte una cierta unidad cultural y jurídica, variable según las regiones, cuyas raíces provienen, en parte, de la romanización y el cristianismo, y en otras, de la expansión medieval de la Iglesia. Estas regiones también han sido influenciadas por grandes movimientos como el Renacimiento y la Ilustración, así como por ideas revolucionarias como las derivadas de la Revolución Francesa.
Diversidad Cultural y Política en Europa
Un segundo enfoque considera la diversidad interna de Europa. Dentro de ella, podemos distinguir varias grandes áreas:
Europa Latina
Encontramos la Europa latina, situada en el suroeste, continuadora de las tradiciones romanas y católico-romanas. Aquí se produjo la característica separación y colaboración entre los poderes temporal y espiritual. Esta zona experimentó un notable desarrollo económico durante la Plena Edad Media, seguido de un cierto estancamiento a finales de la Baja Edad Media.
Europa Germánica
También existe la Europa germánica, situada en el noroeste, cristianizada en la Edad Media y con un importante desarrollo mercantil e industrial desde finales de la Baja Edad Media.
Europa Eslava
Finalmente, la Europa eslava, la más oriental, presenta a menudo una tradición de poder más centralizado (a veces descrito como despótico), alfabetos derivados del griego y un desarrollo industrial históricamente más limitado.
Minorías y Conflictos
Dentro de estas grandes áreas, la presencia de minorías (como las musulmanas o las diversas confesiones cristianas) ha generado históricamente zonas de contacto, transición y, en ocasiones, conflicto.
Diversidad Jurídica en Europa
En cuanto a la diversidad jurídica, durante la Baja Edad Media existió una notable unidad basada en el Derecho Común (ius commune). Sin embargo, la coexistencia de este con una gran diversidad de derechos propios y antiguos permitió una evolución frente a las pretensiones universalistas de la Iglesia y el Sacro Imperio Romano-Germánico. Las disputas entre Papas y Emperadores minaron el poder de ambas instituciones, lo que permitió la consolidación de las monarquías y el impulso del Derecho Real. Esta evolución condujo, con el tiempo, a un nacionalismo jurídico más marcado, donde el derecho positivo de cada Estado conformó sistemas jurídicos particulares. Esto dificulta que los juristas puedan ejercer en múltiples jurisdicciones sin un estudio profundo de cada una.
El Marco Peninsular Ibérico
Finalmente, el tercer marco es el peninsular ibérico. La Península estuvo dividida en reinos independientes que, eventualmente, se unieron bajo una misma monarquía (la Monarquía Hispánica). Por ello, encontramos una variedad de derechos e instituciones políticas y jurídicas formadas durante la Edad Media, algunas de las cuales se han conservado, con modificaciones, hasta tiempos más recientes. La imposición del Régimen de Nueva Planta para los territorios de la Corona de Aragón supuso un avance decisivo del absolutismo, el centralismo y la castellanización, impulsando la configuración de un estado más unitario bajo la denominación de Reino de España.
Las Grandes Familias Jurídicas Contemporáneas
Las familias jurídicas agrupan los sistemas jurídicos actuales cuyos principios y características generales son compartidos por los países que las integran.
Características Generales
Algunas características históricas o comparadas relevantes (aunque no universales a todas las familias ni épocas) incluyen:
- El origen de las decisiones judiciales (más basadas en la ley codificada o en el precedente).
- La formación de los juristas (universitaria o más práctica).
- El modo de selección de los jueces (carrera judicial o elección entre abogados ejercientes).
Familia Romano-Canónica (Civil Law)
La familia romano-canónica (o de Derecho Civil) tiene su origen en el Derecho Común medieval y es predominante en la Europa continental y en muchos territorios que fueron sus colonias. Su desarrollo histórico fue especialmente significativo en la Europa latina y en Alemania.
Familia Anglosajona (Common Law)
La familia anglosajona (o de Common Law), a la que pertenece Inglaterra, rechazó históricamente la recepción masiva del Derecho Común continental. Desarrolló un sistema jurídico de manera autóctona, caracterizado por:
- Un mayor peso de las decisiones judiciales (precedente).
- Una autoridad significativa de los jueces.
- El sometimiento de la administración a los tribunales ordinarios (Rule of Law).
Existen también sistemas mixtos que combinan elementos de distintas familias. Algunos de ellos pueden tener un derecho sustantivo más cercano a la tradición romano-canónica y un derecho procesal o institucional más cercano al Common Law, o viceversa.
Familia Socialista
Finalmente, se suele mencionar la familia de los derechos socialistas. Aunque su configuración ha variado tras la caída del bloque soviético, todavía influye en algunos países, siendo China un ejemplo relevante. Históricamente, ha sido objeto de estudio comparado, aunque su enfoque difiere notablemente de las familias anteriores.