Evolución Histórica del Contrato de Aprendizaje: Desde Babilonia hasta los Gremios Medievales

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Orígenes y Evolución Temprana del Contrato de Aprendizaje

Desde la Antigüedad hasta el Derecho Romano

El Contrato de Aprendizaje se estima que tiene sus raíces en Babilonia, aproximadamente en el 5000 a.C. El primer texto legal donde aparece es en el Código de Hammurabi, datado en el 1725 a.C., relacionado con el ámbito del trabajo familiar. En el Derecho Romano, surge una figura similar, la de los collegia, que se diferenciaba del gremio en que estos no eran grupos cerrados ni estaban jerarquizados.

El Contrato de Aprendizaje en la Era de los Gremios

Durante la etapa de los gremios, los collegia sufren un mayor desarrollo. Por otro lado, el aprendiz vivía en casa del maestro, sometido a su tutela. El maestro estaba obligado a mantenerlo y a instruirlo. Los gremios valoraban al maestro para que cumpliera sus obligaciones. La edad mínima del aprendiz era de 12 años y la máxima de 25. Sin embargo, en un principio, no existía una edad mínima establecida. Existían limitaciones en función del estatus social del aprendiz: no se permitía que el aprendiz fuese descendiente de esclavos, de libertos o de gitanos. Tampoco a moros, judíos o a aquellos que hubiesen realizado con anterioridad profesiones consideradas "indígenas".

Tras superar la prueba denominada obra maestra, se adquiría la condición para trabajar. En el caso de los extranjeros, esta prueba presentaba una mayor dificultad.

Formalización y Regulación del Contrato de Aprendizaje

Evolución de la Forma Contractual

Hasta el siglo XV, se permitió la libertad de forma, con la intervención de la autoridad del gremio para garantizar que el patrono tuviera medios suficientes para mantener al aprendiz y, además, poseyera los conocimientos necesarios para enseñarle. Posteriormente, el contrato de aprendizaje se redactaba por escrito, con la participación de testigos. El contrato era firmado por el maestro, por el padre o tutor y, a veces, por el propio aprendiz o por los testigos.

Se hacían varias copias del contrato ante notario: una copia se guardaba en el protocolo notarial, otra en la corporación gremial y otras dos copias: una para el maestro y otra para el aprendiz.

Obligaciones y Derechos en la Relación Maestro-Aprendiz

Deberes del Aprendiz

El deber fundamental del aprendiz era trabajar para el patrono durante el tiempo estipulado, no solo en labores profesionales, sino también en las domésticas. Se encontraba sometido a la autoridad del maestro por delegación de sus padres o tutor.

Responsabilidades del Maestro

El patrono debía cuidar y vigilar al aprendiz, así como atenderlo si se ponía enfermo, salvo que la enfermedad fuese contagiosa. En caso de que la enfermedad durase más de 15 días, podía devolvérselo a sus padres. El maestro podía corregir o castigar al aprendiz y si, castigándolo, le ocasionaba la muerte, este estaba exento de responsabilidad por ello.

Compensación y Extinción del Contrato de Aprendizaje

Remuneración del Aprendiz

El aprendiz era compensado principalmente con la enseñanza adquirida, aunque se podía estipular en el contrato un pago al aprendiz. Si, llegado el momento del examen, el maestro no lo había preparado lo suficiente, este tenía la obligación de prorrogarle el contrato, así como de pagar un salario justo a los oficiales.

Causas de Extinción del Contrato

El aprendizaje podía extinguirse por cuatro motivos principales:

  • Solicitud del padre o la madre del aprendiz.
  • Muerte del aprendiz o del maestro.
  • Expulsión del maestro del gremio.
  • Fin del contrato estipulado.

También existía la posibilidad de prórroga del contrato, así como la posibilidad del rescate del aprendiz, en la que el maestro daba una cantidad económica para reducir el tiempo del aprendizaje.

Cesión del Aprendiz

Finalmente, la cesión del aprendiz podía llevarse a cabo si el patrono se encontraba en una situación que le imposibilitara continuar con la formación. Las razones de la cesión del aprendiz eran diversas:

  • Por enfermedad del maestro.
  • Por viaje a ultramar.
  • Por peregrinación a Tierra Santa.
  • Por abandono del oficio.
  • Por la mala situación económica del maestro.

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