Evolución de la Evaluación Curricular en Estados Unidos: Un Análisis del Siglo XX y XXI
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Describe cómo evolucionó la evaluación curricular, sobre todo en el contexto de los Estados Unidos, a lo largo del siglo XX y en la primera década del XXI.
A primera constancia que se tiene sobre evaluación curricular es de los años 30 y aparece en los trabajos de Ralph Tyler.
En los años 50, la aprobación de nuevas leyes educativas en los Estados Unidos le da un impulso a los estudios de evaluación. Las nuevas leyes contemplaban la obligatoriedad de someter a evaluación los nuevos programas educativos de las materias nucleares del currículo.
La crisis económica de los 70 tiene consecuencias en la educación. La inversión en educación no alcanza los niveles esperados en el desarrollo económico y bienestar. Esto provocó la reformulación de los valores sociales y educativos (reducción del presupuesto y escepticismo hacia las instituciones educativas y el profesorado), y, por otro lado, el establecimiento de control sobre los currículos escolares, que ya no quedan solo en manos del profesorado, y los centros informan de los logros y los resultados. El problema puede estar en los formatos y enfoques de la evaluación que se empleen.
En los años 80, en Estados Unidos, la evaluación fue considerada demasiado importante como para dejarla en manos de evaluadores independientes, y se crearon las propias agencias de evaluación. Ernest House concibe las evaluaciones realizadas por la burocracia como internas, y las independientes como externas. Las primeras presentan problemas de credibilidad y procedimiento, por falta de independencia política de los evaluadores. De ahí que determinados autores reclamaran que siguiese habiendo espacio para los estudios independientes.
A finales de los 80 y durante los 90 se crean instituciones ad hoc para la evaluación de la calidad, dependientes de los Ministerios de Educación. El discurso económico está omnipresente y se refuerzan las tendencias neoconservadoras. Las políticas neoliberales se introducen en el discurso educativo y la educación pasa a ser un bien de consumo, más que un derecho. Los modelos de gestión empleados en las organizaciones industriales se trasladan a gran parte de las instituciones del sector público. No perdamos de vista,
las políticas de descentralización que delegan responsabilidades en las instituciones y docentes, apelando a su autonomía, sin darles suficiente margen de maniobra para decidir sus trayectorias y, por otro lado, las políticas que refuerzan la centralización del control (evaluación). Estas últimas no dejan de ser una reedición de las políticas neoliberales de rendición de cuentas de los años 70 y 80 que en la década de los 90 y en la primera del siglo XXI irán adquiriendo gran proyección internacional.
Indica qué tipo de estudios se pueden identificar dentro de la evaluación realizada por agentes externos y cuáles dentro de la realizada por agentes internos y describe, brevemente, sus características.
Por agentes externos:
Los estudios que realizan una evaluación general del currículo de las distintas etapas y ciclos del sistema educativo.
Se encargan de ello los Institutos de Evaluación u otros organismos creados por los Ministerios de Educación de diferentes países.
En España, este tipo de estudios se vienen realizando con periodicidad cuadrienal en las áreas curriculares de Conocimiento del medio, Lengua y literatura castellana y Matemáticas desde 1995 a 2007 y, a partir de este último año, se incluyó también la Lengua inglesa. Esta evaluación suele realizarse en 6º curso de educación primaria.
Los de evaluación diagnóstica realizados en determinados cursos de distintas etapas educativas.
La LOE recoge la obligatoriedad de realizarlos al final del segundo ciclo de Educación Primaria y al final de 2º curso de ESO. Dentro de las evaluaciones de diagnóstico hay dos modalidades: las muestrales (que hacen un diagnóstico del sistema educativo, externas) y las censales (que evalúan a todo el alumnado sobre las competencias básicas acordadas, internas).
Estas evaluaciones ofrecen datos sobre los conocimientos que posee el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria en determinadas áreas o materias del currículo, según las puntuaciones obtenidas por ellos en pruebas construidas tomando como referencia los objetivos educativos de aquellas. Entre las limitaciones de las evaluaciones diagnósticas habría que señalar que se centran en unas pocas áreas o materias. Se consideran los resultados como criterio de calidad del sistema educativo sin tener en cuenta las variables que inciden en ellos, y no se emplean los resultados para definir nuevas políticas educativas.
Las evaluaciones del sistema de medidas del valor añadido.
Las medidas del valor añadido son medidas del progreso medio del alumnado a lo largo de un período de tiempo dado. Se trata de medir los efectos de la escolarización.
Por agentes internos:
A investigación-acción y a evaluación democrática.
Se centran en los procesos y resultados y cuestionan el currículo por objetivos y la medición del aprendizaje del alumnado por medio de tests y de pruebas objetivas. Este tipo de estudios promueve la capacidad de decisión de los centros y el profesorado para determinar los aspectos sustantivos sobre los que quieren indagar. En España, este tipo de estudios se llevaron a cabo desde finales de los años 90.
Las diferentes evaluaciones (del currículo, del alumnado, de la función docente, de la función directiva, de diagnóstico...) mencionadas en la legislación en qué tipología se encuadran y por qué?
Todas las evaluaciones que se mencionan tienen una evaluación externa, porque las pautas y su desarrollo vienen pautadas por las administraciones educativas, y por lo tanto, tienen carácter externo. El currículo tiene carácter externo, porque busca que todo el Estado español sea homogéneo, y por lo tanto debe tener las mismas características para todo el territorio. La evaluación de diagnóstico tiene carácter externo, porque se intenta recabar información sobre el estado del sistema educativo, y lo mismo sucede en las evaluaciones de diagnóstico de los alumnos.
La evaluación docente se llevará a cabo de forma interna por el propio centro, en las juntas de evaluación. La evaluación de diagnóstico y las evaluaciones del alumnado también se desarrollarán internamente, para conocer el nivel alcanzado por los alumnos.
Los principios de evaluación a los que alude Miguel Ángel Santos Guerra (2010), ¿encaixan mejor en la descripción de la evaluación realizada por agentes externos o internos? ¿Por qué?
Los principios que expone Santos Guerra encaixan mejor con la evaluación realizada por agentes internos por los siguientes motivos:
Que nazca de las decisiones de los protagonistas y que exista un clima adecuado.
Que el control lo tengan los evaluados.
Que esté centrada en los procesos de aprendizaje.
Que den voz a los participantes en condiciones de libertad, autonomía e independencia que garantizan la verdad.
Estas características son de una autoevaluación, por lo que el método que se lleva a cabo es una evaluación interna. En estas características que expone Santos Guerra, también se especifica que pueden participar agentes externos en la evaluación.
¿Qué tipos de inspección se contemplan en el marco legislativo actual y cuál es su cometido en cada caso? Argumenta las respuestas.
La inspección es uno de los órganos con capacidad de control sobre las organizaciones escolares.
Las características de la inspección en España son las siguientes:
1. Autoritarismo
2. Escasa aceptación por parte de los agentes de la comunidad escolar.
3. Doble función (control administrativo y asesoramiento educativo).
Corpos después de la transferencia de competencias.
Inspección ordinaria
Tiene competencias dentro del territorio de la comunidad autónoma. Sigue siendo la instancia más visible de control, aunque este se haya relajado y se deleguen asuntos de evaluación en agencias externas. Llama la atención que a pesar de aumentar la enseñanza privada, la mayor parte de las inspecciones se dirijan a la escuela pública.
Alta inspección
Aparece en la LOECE, concíbese como órgano estatal orientado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en materia educativa y velar por la igualdad de derechos y deberes de la ciudadanía en educación.