Evolución de la Educación en España: Ley Moyano y Reformas del Franquismo

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Planteamientos Pedagógicos del Segundo Franquismo

  • Especial atención a las ciencias empíricas y a las tecnológicas relacionadas con los procesos de producción.
  • Enfoques sociológicos de corte funcionalista.
  • Enseñanza programada.
  • Medios audiovisuales.

Principios de la Ley General de Educación (Ley Villar) de 1970

  • Igualdad de oportunidades educativas para todos.
  • Conexión entre la educación y el trabajo: el sistema educativo debe preparar especialistas de acuerdo con las necesidades del momento.
  • Apertura pedagógica: no habrá una imposición autoritaria de determinados tipos de criterios.
  • Preocupación por la calidad de la educación.
  • Reforma de los contenidos de la enseñanza: se contempla la idea de que el alumno aprenda por sí mismo.
  • Se plantea la reforma de los planes de estudio para adecuar las materias a las necesidades del momento.
  • Innovación pedagógica: se prevé introducir nuevos métodos de enseñanza.
  • Formación y perfeccionamiento del profesorado: se considera fundamental la formación y el perfeccionamiento continuado del profesorado, así como la dignificación social y económica de la profesión docente.
  • Implantación gradual: se prevé realizarla en un periodo de 10 años.
  • Planificación educativa: basada en la realización de un mapa escolar (nivel nacional, provincial y local).

La Ley Moyano de 1857: Estructura y Contenido

La Ley Moyano de 1857 se estructuró en cuatro secciones principales:

  1. “De los estudios”: Regula los niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental (obligatoria y gratuita para quien no pueda costearla) y superior; segunda enseñanza, que comprende 6 años de estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales.
  2. “De los establecimientos de enseñanza”: Regula los centros de enseñanza públicos y privados.
  3. “Del profesorado público”: Regula la formación inicial, la forma de acceso y los cuerpos del profesorado de la enseñanza pública.
  4. “Del gobierno y la administración de la instrucción pública”: Establece tres niveles de administración educativa (central, provincial y local) perfectamente jerarquizados, y regula unos tímidos intentos de participación de la sociedad en el asesoramiento a las diversas Administraciones.

Características Fundamentales de la Ley Moyano (1857)

Las características más destacadas de esta legislación incluyen:

  • Su marcada concepción centralista de la instrucción.
  • El carácter ecléctico y moderado en la solución de las cuestiones más problemáticas, como eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los contenidos científicos en la segunda enseñanza.
  • La promoción legal y la consolidación de una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario.
  • La incorporación definitiva de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.

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