Evolución del Diseño Curricular y Leyes Clave de Educación Inicial en Argentina
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Diseño Curricular
- Es el documento elaborado por los ministerios de educación de cada provincia donde se establece qué se va a enseñar y cómo.
- Son jurisdiccionales, es decir, cada provincia tiene el suyo.
- Debe contener cuál es la concepción de hombre y de sociedad.
- Hay algunos que no tienen contenidos, sino objetivos.
- Puede haber o no participación docente, depende de la importancia que el gobierno le dé al rol docente.
Diseño Curricular 2000
- En el Marco General, se encuentra la propuesta de evaluación, enfoque y planificación.
- Define los ciclos por edad:
- 45 días a 2 años: Jardín Maternal.
- 3 a 5 años: Jardín de Infantes. Tiene una división por disciplinas donde los especialistas de cada área desarrollan cómo será esa área en cada nivel.
- Características de la Educación Inicial (según DC 2000):
- Abierta: Se mantiene un intercambio con la autoridad y con la familia.
- Integral: Se tiene en cuenta al niño en todos sus aspectos.
- Doble finalidad (se desarrollan de manera simultánea):
- Alfabetización: Proceso por el cual el niño utiliza sus esquemas de conocimiento para apropiarse de los elementos de su cultura y producir nuevos significados.
- Socialización: Incorporación de normas y valores que se aprenden internamente.
- Transformaciones de la escuela a lo largo de los años a las que debe adaptarse:
- Pobreza.
- Distintas estructuras familiares.
- Nuevas tecnologías.
Diseño Curricular para la Educación Inicial (1991)
- Jardín Maternal:
- Es el primero en incluir el Jardín Maternal.
- Reconoce 4 períodos en su evolución:
- Años 50: Salas cuna.
- Años 70: Las guarderías.
- Años 80: Jardín maternal.
- Actualmente: Escuela infantil.
Ley Federal de Educación N° 24.195 (1993) - Presidencia de Menem
- Jardín de Infantes de 3 a 5 años. Obligatoriedad solo para sala de 5 años.
- El Jardín Maternal tiene carácter asistencial y solo se considera "si es necesario" (esto generó diversas interpretaciones y críticas).
- Objetivos: Incentivar la creación, comunicación, pensamiento e imaginación; favorecer la maduración, la incorporación deportiva y artística y la integración social; fortalecer el vínculo entre la institución educativa y la familia; atender desigualdades.
- El rol del Estado es secundario, ya que se desresponsabiliza de muchas situaciones.
- La escuela se articula con la Iglesia y la Familia, poniéndolas al mismo nivel; esto permite que cualquier institución cree jardines.
- No se le da gran importancia al juego.
- No hay participación ciudadana.
Ley de Educación Nacional N° 26.206 (2006) - Presidencia de Néstor Kirchner
- Comprende una Unidad Pedagógica desde los 45 días hasta los 5 años de edad, con obligatoriedad inicial solo para el último año (sala de 5). Universaliza la sala de 4; finalmente, en 2014, se hace obligatoria la sala de 4 y 5, y se universaliza la sala de 3.
- Reconoce el carácter pedagógico del Jardín Maternal y promueve la articulación entre ambos niveles (Maternal e Infantes), dándole un rol más importante.
- El rol del Estado es protagónico: interviene y financia.
- Los objetivos son similares a la ley anterior, pero esta promueve el juego como contenido sumamente importante para el desarrollo integral.