Evolución del Derecho Medieval en la España Cristiana: Liber Iudiciorum y Fueros

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El Derecho en la España Cristiana Medieval: Cataluña, León y Castilla

El Derecho en Cataluña

En Cataluña, los condados fueron creados y sostenidos por los carolingios. Cuando el territorio fue ocupado, se prometió a los godos que se les permitiría mantener su propia ley. En delitos graves, debían acudir al tribunal del conde, pero en las causas menores podían atenerse a su propia ley. En los Usatges del siglo XI, ya era evidente que aquellas leyes no eran suficientes para un nuevo mundo feudal. Se necesitaba una nueva legislación, diferente del Liber Iudiciorum. Así, lo que antes había sido costumbre, ahora se recogía en los textos de los Usatges. En caso de deficiencias en los Usatges, se debía acudir al sentido natural. El desarrollo de la legislación catalana reveló que el Liber Iudiciorum había quedado en desuso. Para el antiguo Liber, esto significó el reconocimiento de que sus preceptos apenas tenían conexión con el mundo feudal catalán de los siglos medievales.

El Derecho en León y Castilla

En León y Castilla, en la zona occidental, también se percibía una continuidad con los tiempos anteriores. Los reyes de Oviedo y León (descendientes de monarcas visigodos) establecieron el orden godo tanto en la Iglesia como en el palacio. Las aportaciones posteriores favorecieron la persistencia del Liber. León siempre mantuvo el Liber como derecho; sin embargo, en Castilla se produjo una ruptura con su continuidad. Castilla rompió toda relación con el trono leonés y, por tanto, con el mantenimiento del Liber. En Castilla surgió un derecho nobiliario y feudal que no pudo encontrar apoyo en el Liber. Eran normas que regulaban la vida de la clase guerrera, un derecho sobre situaciones que no cabrían en una justicia pública.

La Conquista de Toledo y el Derecho Unificado

Tras la conquista de Toledo en 1085, en la que participaron castellanos y francos y se favoreció a los mozárabes que allí habitaban, coexistían tres derechos diferentes para los habitantes de Toledo: el franco, el castellano y el mozárabe. Los mozárabes, por su tradición, recibieron el Liber Iudiciorum, que posteriormente se convirtió en el núcleo esencial del derecho unificado en Toledo.

Los Fueros Municipales

El fuero municipal es el texto que recoge el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida de una localidad. Este fija los derechos y obligaciones impuestos a los ciudadanos, además de regular sus relaciones jurídico-privadas y jurídico-públicas con el rey y el concejo. Por ello, posee un sentido amplio, ya que incluye todo el derecho aplicable en una localidad. Es considerado el texto típico de fijación del derecho altomedieval y, junto con las cartas pueblas (que eran ofertas de condiciones para repoblar un lugar, fijadas por el rey, señor, propietario o sus delegados, en las que se determinaban las condiciones de repoblación), fue el instrumento clave para la articulación del espacio y sus habitantes en el proceso de Reconquista y repoblación de la España cristiana altomedieval.

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