Evolución del Derecho Laboral en Venezuela: Hitos y Principios Clave
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Evolución Histórica del Derecho del Trabajo en Venezuela
Antecedentes Coloniales: Las Leyes de Indias
Las Leyes de Indias son un precedente histórico de la nueva legislación laboral. Están constituidas por la recopilación ordenada y sistemática de cédulas, cartas, provisiones y leyes con el propósito de unificar y vincular las disposiciones dictadas hasta entonces, con el objetivo de que los territorios de ultramar fuesen gobernados en paz y justicia.
Antecedentes Poscoloniales
Primer Período (1830-1917)
En este lapso de tiempo se sancionaron códigos, leyes y ordenanzas de policía en los que se insertaban reglas de aplicación regional sobre el trabajo de jornaleros, artesanos y sirvientes. Tenían un carácter estrictamente policial, en atención al orden público y las buenas costumbres.
Segundo Período (1917 hasta nuestros días)
Este período marca el inicio de la legislación laboral actual en el país. Sus hitos más importantes son:
- Ley de Talleres y Establecimientos Públicos (1917): Marcó el inicio de la actual legislación laboral en el país por su propósito de proteger el trabajo humano, el carácter orgánico de sus normas y su aplicación generalizada a todos los trabajadores.
- Ley del Trabajo (1928): Estableció por primera vez, con carácter general, la obligación patronal de pagar indemnización en los casos de accidentes y enfermedad profesional.
- Ley del Trabajo (1936): Supuso el primer reconocimiento expreso del derecho colectivo del trabajo, incluyendo: el derecho de asociación, el derecho a la negociación colectiva y el derecho a huelga.
- Reglamento de la Ley del Trabajo (1973): Incorporó textos dispersos que se habían promulgado desde 1945.
- Ley Orgánica del Trabajo (LOT) (1991): Fue reformada posteriormente en el año 1997.
- Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (2006): Mediante Gaceta Oficial N° 38.426 de fecha 28 de abril del 2006 (Decreto N° 4.447), el Ejecutivo Nacional dictó el actual reglamento de la LOT.
Fuentes del Derecho Laboral
La legislación laboral establece un orden de aplicación de las normas, donde prevalecen aquellas que más favorecen al trabajador. Las fuentes principales son:
- Convención Colectiva de Trabajo: Es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores y uno o varios patronos, para establecer las condiciones de trabajo y los derechos y obligaciones de las partes.
- Laudo Arbitral: Es la sentencia o fallo que pronuncian los árbitros en los asuntos sometidos voluntariamente a su consideración y tienen fuerza ejecutiva de sentencia firme.
- Contrato de Trabajo: Es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar sus servicios a otra bajo su dependencia y mediante una remuneración.
El Orden Público en Materia Laboral
Constituye la regla general de las normas contenidas en la Ley Orgánica del Trabajo (LOT). La voluntad de las partes solo puede modificar el contenido de la norma legal en dos circunstancias:
- Para mejorar las condiciones fijadas en la ley.
- Cuando la norma jurídica sea de aquellas que, por su contexto, revelen el propósito del legislador de permitir la flexibilidad.
Efectos que se derivan del Principio del Orden Público
- Irrenunciabilidad: Los derechos laborales son irrenunciables para el trabajador.
- Territorialidad: La ley laboral venezolana se aplica a todo trabajo realizado dentro del territorio nacional.
- Aplicación de la ley en el tiempo: Se aplica la norma vigente al momento de la prestación del servicio, siempre favoreciendo al trabajador.
Sujetos en el Derecho del Trabajo
La legislación define a las distintas personas y entidades que intervienen en la relación laboral:
- Trabajador independiente: Aquel que no depende de un patrono.
- Trabajador de dirección: Representa al patrono frente a otros trabajadores.
- Trabajador de vigilancia: Cuya labor es el resguardo y seguridad de bienes.
- Principio de primacía de la realidad: Prevalece la realidad de los hechos sobre las formas o apariencias en la calificación de los cargos.
- Patrono o patrona: Persona natural o jurídica que tiene a su cargo una entidad de trabajo.
- Representante del patrono: Persona que ejerce funciones de dirección o administración en nombre del patrono.
- Entidad de trabajo y grupos de entidades de trabajo: Se refiere a la unidad económica de producción o a los conjuntos de estas que están relacionadas.
- Responsabilidad del patrono: El patrono es responsable de las obligaciones laborales, incluyendo la participación en salud y seguridad.