Evolución del Derecho Español: Constitucionalismo y Codificación Histórica
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Periodización del Derecho Español (1474-1888)
- 1474-1808: Antiguo Régimen.
- 1808-1814: Guerra de Independencia.
- 1814-1845: Transición al Nuevo Régimen.
- 1845-1888: Etapa de madurez y plena expansión institucional.
Caracteres Generales del Derecho Español
El Derecho español experimentó un profundo cambio desde el Antiguo Régimen. Los derechos territoriales desaparecen, buscando una unificación jurídica en España, influenciada por textos como el Estatuto de Bayona de 1808 y la Constitución de Cádiz (La Pepa).
- Unificación Político-Administrativa: A pesar de la pervivencia de los Fueros de Navarra y Vascongadas, y las Guerras Carlistas, se avanzó en la unificación del Derecho público, consolidándose en Navarra en 1841 y en Vascongadas en 1876.
- Unificación del Derecho Privado: No fue completa, ya que pervivieron los Derechos forales.
Codificación del Derecho Positivo
La codificación representa la condensación del orden jurídico en un sistema de códigos, en contraposición a las recopilaciones anteriores. El origen de este proceso se sitúa en 1808 y 1812.
Fuentes del Derecho
El orden de prelación de las fuentes del Derecho en este periodo es el siguiente:
- La Ley
- La Costumbre
- Los Principios Generales del Derecho
- La Jurisprudencia
- La Doctrina
El Constitucionalismo Español
Concepto y Tipos de Constitucionalismo
La Constitución es la ley fundamental que preside el sistema jerárquico de fuentes del siglo XIX, actuando como el código político supremo. Se distingue entre el constitucionalismo histórico y el nuevo constitucionalismo.
Características y Clasificación de las Constituciones
Una Constitución se define por tener un preámbulo y dos partes fundamentales: la parte orgánica (estructura del Estado) y la parte dogmática (derechos y libertades).
Se clasifican generalmente en:
- Progresistas y efímeras: Como las de 1812, 1869 y 1931.
- Conservadoras y duraderas: Como las de 1837, 1845, 1876 y 1978.
No se consideran Constituciones en sentido estricto el Estatuto de Bayona, el Estatuto Real y las Leyes Fundamentales del Franquismo.
Textos Constitucionales y Legales Clave
Estatuto de Bayona (1808)
- Carta otorgada por José Bonaparte.
- Régimen autoritario, aunque introdujo algunos principios liberales.
- Su vigencia fue dudosa.
Constitución de 1812 (La Pepa)
- Compuesta por 384 artículos.
- Principios clave: Soberanía nacional, división de poderes, propiedad privada y libertades individuales.
- Limitaba el poder del rey mediante las Cortes (cámara única).
- Vigencia: 1812-1814, 1820-1823, 1836-1837.
Estatuto Real de 1834
- Promulgado por voluntad de María Cristina.
- Establecía un sistema electoral representativo.
- No contemplaba la división de poderes.
Constitución de 1837
- Principio de soberanía amortiguado.
- Establecía el bicameralismo (Cortes y Senado).
- Fortalecía el poder real, que podía suspender el Congreso.
Constitución de 1845
- Coincide con la mayoría de edad de Isabel II y su entronización activa en 1843.
- Considerada una reforma de la Constitución de 1837.
- Abandonó la soberanía nacional y otorgó a la Reina el control del Congreso.
- Restringió el sufragio y amortiguó aún más la división de poderes.
- Dio lugar a reformas frustradas y efímeras.
Constitución de 1869 (La Gloriosa)
- Enmarcada en el Sexenio Democrático (1868-1874).
- Estableció el sufragio universal masculino.
- Principios: Soberanía nacional, división de poderes, unidad de códigos y derechos individuales.
- Configuró una monarquía democrática, bicameralismo (poder legislativo) y poder judicial en los tribunales.
- Vigente hasta el periodo republicano.
Proyecto de Constitución Republicano-Federal de 1873
- Constitución republicana impulsada por Pi y Margall.
- Basada en el principio federal y con Cortes bicamerales.
- Nunca llegó a promulgarse.
Constitución de 1876
- Impulsada por Cánovas del Castillo, quien restableció a los Borbones y excluyó a los militares.
- Caracterizada por la rotación de partidos (conservador y liberal).
- Fue la de más larga vigencia hasta la dictadura de Primo de Rivera.
- Reconocía la soberanía y los derechos individuales.
- Establecía Cortes bicamerales y ampliaba el sufragio.
Constitución de 1931
- Promulgada durante la II República.
- El Gobierno Provisional, presidido por Alcalá Zamora, convocó Cortes Constituyentes (rebajando la edad electoral a 23 años), donde ganaron republicanos y socialistas.
- Constitución popular y democrática, con sufragio universal.
- Gran contenido social y protección de los trabajadores.
- No establecía religión oficial.
Leyes Fundamentales del Franquismo
Tras la Guerra Civil, la Junta de Defensa y Franco como Jefe de Gobierno establecieron un nuevo marco legal. El partido único era el Movimiento Nacional, con FET y de las JONS como organización intermedia entre Estado y sociedad.
Principales Leyes Fundamentales:
- Fuero del Trabajo (1938)
- Ley Constitutiva de las Cortes (1942)
- Fuero de los Españoles (1945)
- Ley del Referéndum Nacional (1945)
- Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado (1947)
- Principios Fundamentales del Movimiento Nacional (1958)
- Ley Orgánica del Estado (1967)
La Codificación del Derecho Español
Concepto de Codificación
La codificación es el proceso histórico que conduce a la elaboración de los diversos códigos. Un Código es una ley de contenido homogéneo por razón de la materia que regula todos los problemas de dicha materia de forma unitaria. Los principales códigos son el Penal, Civil, Mercantil y Procesal.
Principales Códigos
Código Penal
- Primeros intentos en las Cortes de Cádiz (1812).
- Código de 1822, influido por Martínez Marina y Beccaria.
- Código de 1848, reformado en 1850.
- Código de 1870, modificado por el texto refundido de 1944.
- El Código Penal actual es de 1995.
Código Mercantil
- El Código de 1829 fue de gran perfección y unificó el Derecho mercantil.
- La Ley de Enjuiciamiento sobre Negocios de 1830 fue suprimida en 1868.
- El Código de Comercio de 1885 sigue vigente.
Código Civil
- Proyectos previos: 1821, 1832, 1833.
- Creación de la Comisión General de Codificación en 1843.
- Proyecto de 1851.
- El Código Civil de 1889 está vigente y respeta el derecho foral.