Evolución Constitucional Española Siglo XIX: Soberanía, Poderes y Derechos
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Constitución de 1808 (Estatuto de Bayona)
- Soberanía: Del Rey.
- Cámaras legislativas: Cortes estamentales (nobleza, clero, pueblo).
- División de poderes: Independencia del orden judicial.
- Confesionalidad: Católica.
- Derechos y libertades: Habeas Corpus; control de libertades individuales y de imprenta por el Senado.
Constitución de 1812 ("La Pepa")
- Soberanía: De la Nación.
- Cámaras legislativas: Unicameralismo legislativo (Cortes).
- Sufragio: Activo universal indirecto y pasivo censitario.
- División de poderes: Veto regio suspensivo bianual en la sanción de la ley.
- Confesionalidad: Católica.
- Derechos y libertades: Libertad civil y de propiedad, libertad política de imprenta, derecho a juez predeterminado por la ley e inamovilidad judicial.
- Reforma: Rígida.
Estatuto Real de 1834
- Cámaras legislativas: Bicameralismo (Estamento de Próceres y Estamento de Procuradores).
Constitución de 1837
- Soberanía: De la Nación.
- Cámaras legislativas: Bicameralismo.
- Senado: Nombramiento regio sobre lista electoral.
- Congreso: Sufragio activo y pasivo restringido.
- División de poderes: Poder legislativo compartido entre las Cortes y el Rey; veto regio absoluto en la sanción de ley; unidad de fuero y jurado para delitos de imprenta.
- Confesionalidad: Mantenimiento de ministros y culto católico.
- Reforma: Flexible.
Constitución de 1845
- Soberanía: Compartida entre las Cortes y el Rey.
- Cámaras y sufragio:
- Senado: Nombramiento regio por idoneidad, capacidad y criterio censitario.
- Congreso: Sufragio activo y pasivo restringido.
- División de poderes: Poder legislativo compartido entre las Cortes y el Rey; veto regio absoluto en la sanción de la ley; jurisdicción penal del Senado en delitos graves contra el Rey o la seguridad del Estado.
- Confesionalidad: Católica, con obligación de mantener ministros y culto.
- Derechos y libertades: Libertad de imprenta e inamovilidad judicial.
- Reforma: Flexible.
Constitución "non nata" de 1856
- Soberanía: De la Nación.
- Cámaras: Senado y Congreso.
- División de poderes: Poder legislativo de las Cortes con el Rey; unidad de fuero y jurado en delitos de imprenta; exclusión de pena capital por delitos políticos.
- Confesionalidad: No persecución por ideas religiosas (salvo actos públicos contra la religión); obligación de mantener ministros y culto católico.
- Reforma: Rígida.
Constitución de 1869
- Soberanía: De la Nación.
- Cámaras: Congreso y Senado.
- Sufragio:
- Senado: Activo universal indirecto y pasivo restringido.
- Congreso: Activo directo y pasivo universal.
- División de poderes: Poder legislativo de las Cortes; inaplicación judicial de reglamentos contrarios a las leyes; unidad de fueros y jurado para delitos políticos y otros comunes.
- Confesionalidad: Libertad aconfesional de culto público y privado; obligación de mantener ministros y culto católico.
- Derechos y libertades: Libertad de expresión, derechos de reunión y asociación, Habeas Corpus, derecho al juez predeterminado por la ley, inamovilidad judicial.
- Cláusula interpretativa: Exclusión de disposiciones preventivas legales o reglamentarias y de la prohibición por falta de consignación expresa.
- Reforma: Rígida (relativa).