Evolución Administrativa y Constitucional en España: De los Válidos a las Cortes de Cádiz (Siglos XVII-XIX)
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La Administración Central de la Monarquía Hispánica: Válidos y Secretarios
El Control del Poder Real: Válidos y Secretarios del Rey
Los válidos fueron personas de máxima confianza del rey, aunque no ocupaban un cargo oficial ni eran nombrados formalmente. Tenían una relación muy cercana con el monarca, a veces desde la infancia, como ocurrió con el Conde-Duque de Olivares y Felipe IV, o en otros casos una relación de intimidad más tardía, como la de Godoy con Carlos IV. El válido se encargaba de tomar decisiones importantes en nombre del rey, siendo, en la práctica, quien gobernaba.
Por otro lado, los secretarios del rey fueron ganando protagonismo porque el monarca ya no asistía a los Consejos, pero sí mantenía reuniones privadas con ellos. En estas reuniones, el secretario informaba al rey sobre los asuntos del reino, y después redactaba lo acordado y lo comunicaba a los distintos órganos. Así, dejaron de ser simples auxiliares para convertirse en figuras clave que controlaban el funcionamiento del Estado.
La Crisis Administrativa y la Figura del Secretario de Despacho
Sin embargo, en el siglo XVII, con la aparición de los válidos, los secretarios de Estado perdieron esa cercanía con el rey y quedaron en un segundo plano. Para resolver la crisis que esto generó en la administración, se creó la figura del secretario de despacho, una especie de secretario privado que fue tomando cada vez más importancia. Con el tiempo, este nuevo cargo se consolidó como secretario del despacho universal. Aunque dependía de los válidos o de los primeros ministros, no tenía poder político real, solo ejecutaba lo que le mandaban.
Durante el siglo XVIII, con la llegada de los Borbones, se consideró que el sistema de Consejos ya no servía. Por eso se decidió reducir su peso y reforzar la figura del Secretario de Despacho. Como ya existía esa figura, se la potenció para que asumiera funciones que antes eran de los Consejos. En 1705, se dejó de tener un único secretario del despacho universal y se dividió el cargo en dos: uno encargado de Hacienda y Guerra, y otro para el resto de materias. Más adelante se fueron creando nuevas secretarías para organizar mejor el gobierno.
Las Cortes de Cádiz y el Nacimiento del Constitucionalismo (1812)
Estructura y Características de las Cortes
Las Cortes eran la reunión de los diputados que representaban a la Nación, elegidos por sufragio universal masculino indirecto (los ciudadanos no votaban directamente a los diputados, sino a representantes que los elegían).
Sus principales características eran:
- Unicamerales: Se componían de una sola cámara. Esta decisión fue muy debatida, pues algunos querían un sistema bicameral (con dos cámaras) que sirviera de equilibrio entre el Rey y el Parlamento. Pero se temía que los nobles y el clero pudieran frenar los cambios, así que se eligió el modelo unicameral, aunque eso rompía con la tradición.
- Autónomas e Independientes: No podían ser disueltas por el Rey y podían autoconvocarse.
- Fuero Especial: Sus diputados tenían fuero especial en causas penales (no los juzgaba cualquier tribunal).
- Periodo de Sesiones: El periodo de sesiones era de 3 meses al año, desde el 1 de marzo. Si el Rey no podía asistir a la apertura de sesiones, lo hacía el Presidente del Parlamento, sin poder retrasar el inicio.
- Diputación Permanente: En los periodos sin sesiones, actuaba una Diputación Permanente, que vigilaba el cumplimiento de la Constitución y las leyes.
Las Cortes tenían el poder legislativo y eran superiores a los demás órganos del Estado, porque representaban a la Nación soberana.
Funciones de las Cortes
Las funciones de las Cortes se dividían en tres grandes áreas:
h4. Funciones Económicas y Financieras
- Fijaban impuestos y contribuciones.
- Repartían las cargas fiscales entre provincias.
- Aprobaban las cuentas del Estado.
h4. Funciones de Administración y Fomento
- Diseñaban el sistema educativo.
- Apoyaban la industria y regulaban sanidad y policía.
- Administraban los bienes nacionales.
h4. Funciones Políticas y Constitucionales
- Recibían el juramento del Rey.
- Nombraban la Regencia si hacía falta.
- Vigilaban el cumplimiento de la Constitución.
- Podían reformar la Constitución (siguiendo el proceso legal).
El Sistema Electoral Indirecto
El sistema de sufragio era indirecto y se desarrollaba en cuatro niveles:
- Los vecinos elegían a compromisarios.
- Estos formaban una junta parroquial que elegía a un elector.
- Los electores de cada partido elegían a los representantes provinciales.
- Finalmente, esos elegían a los Diputados a Cortes.
h5. Requisitos para ser Diputado
Para ser diputado, había que cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano español.
- Tener más de 25 años.
- Vivir al menos 7 años en la provincia.
- Tener una renta mínima anual.
El cargo duraba 2 años y los diputados no estaban sujetos a mandato imperativo (votaban libremente, sin obedecer instrucciones).