Evaluación y Gestión de Riesgos Laborales: Organización de la Prevención
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Evaluación de los Riesgos Laborales
Proceso dirigido a detectar y a estimar la magnitud de todos los riesgos presentes en la empresa. Determinar los que se pueden eliminar y actuar sobre los que no han podido evitarse, teniendo en cuenta:
- La naturaleza de la actividad de la empresa.
- Las características y el número de trabajadores expuestos.
La evaluación de riesgos supone el análisis y la valoración del riesgo.
Análisis de Riesgos
Identificar el peligro: Se entiende como peligro toda fuente de lesiones y daños a la propiedad y al medio ambiente, o una combinación de ambos. Para una mejor visualización se elaborará un mapa de riesgos que consiste en señalar en los planos de la empresa, los lugares concretos donde hay riesgo de que se produzca un daño, indicando de qué tipo.
Describir el riesgo: Especificando el daño resultante y los acontecimientos que han de suceder desde la situación inicial hasta que se materializa el accidente.
Estimar el riesgo: La probabilidad de que se produzca el daño que se estima en:
- Probabilidad alta: el daño ocurrirá siempre o casi siempre.
- Probabilidad media: ocurrirá en algunas ocasiones.
- Probabilidad baja: ocurrirá raras veces.
La severidad de sus consecuencias.
El número de trabajadores expuestos al riesgo y el tiempo de exposición al mismo. También se tendrá en cuenta la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible a él por sus características personales o por su estado biológico.
Valoración de Riesgos
Consiste en emitir un juicio sobre la tolerabilidad o no al riesgo, basándose en los estudios anteriores. Cuando se determine la existencia de un riesgo se deberá examinar antes de nada, si el riesgo puede ser eliminado, es decir si es posible prescindir del peligro causante del riesgo.
Cuándo se Realiza la Evaluación de Riesgos
Se debe realizar antes del inicio de la actividad empresarial y se revisará y actualizará periódicamente. Además, se llevarán a cabo evaluaciones concretas en los siguientes casos:
- Con la incorporación de nuevas tecnologías, nuevas condiciones de trabajo, equipos, maquinaria o herramientas.
- Cuando se produzcan daños a la salud.
- Cuando se incorporen trabajadores nuevos o especialmente sensibles por sus características personales o estado biológico conocido, como menores de edad, embarazadas, ETT o con contratos temporales.
¿Quién Realiza la Evaluación de Riesgos?
Personal especializado, y es conveniente que participen todas las personas presentes en el lugar de trabajo: los mandos y los trabajadores o sus representantes. Los trabajadores pueden indicar algunos elementos peligrosos que, por su naturaleza, son difíciles de descubrir.
El Control y la Gestión del Riesgo
Si de la evaluación de riesgos se deduce que el riesgo no es tolerable, se pasa a la fase de control de riesgos que comprende:
- El análisis de los riesgos no tolerables.
- Observaciones planeadas del trabajo.
- Identificar y planificar en el tiempo las medidas de prevención y protección que deben ser tomadas.
- La comunicación y consulta a todos los miembros de la empresa de los riesgos y las medidas tomadas.
- La implantación de un mantenimiento preventivo que consiste en verificar periódicamente las medidas de control tomadas.
- Vigilancia de la salud de los trabajadores.
Gestión del Riesgo: Conjunto formado por la evaluación y el control de riesgos.
La Gestión de la Prevención
Las empresas tienen la obligación de adoptar medidas de gestión.
La gestión de prevención de riesgos laborales consiste en definir la política de prevención de la empresa y su estructura organizativa, determinar las funciones, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y todos los recursos necesarios para llevar a cabo dicha política. (Forma parte de las líneas generales de dirección y actuación de la empresa).
Incluye:
Desarrollo de una política general de prevención en la empresa, consiste en definir el nivel de compromiso que la empresa está dispuesta a asumir.
Organización de la prevención en todas las secciones de la empresa, estableciendo la jerarquía, funciones y obligaciones de cada responsable de la prevención.
Formar e informar a todos los trabajadores y a los responsables de la prevención de la política marcada en seguridad y salud, de las medidas y de las actuaciones previstas.
Consultar y fomentar la participación de los trabajadores en materia de prevención, estableciendo un sistema de representación de los trabajadores (delegados de prevención, comité de seguridad y salud).
Elaborar un plan de prevención de riesgos laborales propio de la empresa que incluya:
- La evaluación, el control de los trabajadores.
- Vigilancia de la salud de los trabajadores.
- Plan de autoprotección, cómo actuar en caso de emergencia, primeros auxilios.
Control de los programado: Que se esté cumpliendo, evaluación periódica y sistemática de la política y las medidas tomadas.
Los procedimientos preventivos son aprobados por la dirección y consultados previamente con los representantes de los trabajadores.
Organización de la Prevención
Se puede organizar de distintas formas:
Asumiendo personalmente el empresario la actividad preventiva. Requisitos:
- Máximo 10 trabajadores.
- Que el empresario esté capacitado para ello (curso nivel básico PRL).
- Que el empresario trabaje de forma habitual en la empresa.
- Que no desarrolle por sí mismo la medicina de la salud.
- Que no se trate de una empresa cuyas actividades se consideren especialmente peligrosas.
Designando a uno o varios trabajadores para que se ocupen de la actividad preventiva. En este caso:
- El número de trabajadores ha de ser el adecuado.
- El empresario debe dotar a los trabajadores de los medios materiales necesarios.
- La empresa debe dejar a los trabajadores el tiempo necesario para que realicen la actividad preventiva.
- Los trabajadores deben estar capacitados. (Básico, intermedio o superior).
Derechos de los Empleados
- Acceso a toda la información y la documentación de la empresa necesarias para desempeñar la labor preventiva.
- Recibir formación de actualización y reciclaje.
- Garantía de no sufrir ningún perjuicio por realizar estas actividades.
Obligaciones
- Colaborar con los trabajadores entre sí.
- Deber de sigilo profesional.
- Desempeñar fiel y diligentemente las actividades de prevención.
Creando servicio de prevención propio. Un conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas con el fin de garantizar una adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
Es obligatoria su creación:
- Cuando la empresa tiene más de 500 trabajadores.
- Cuando tiene entre 250 y 500 trabajadores y realiza alguna de las actividades del anexo I del reglamento de los servicios de prevención.
- Cuando la autoridad laboral obligue a crearlo por: el peligro de la actividad que realiza (aunque no esté incluida en el anexo I del citado reglamento) o la frecuencia y la gravedad de la siniestralidad en la empresa.
Contratando un servicio de prevención ajeno, prestado por una misma entidad a distintas empresas, siempre que se garantice la misma operatividad y eficacia que con un servicio individual.
- Cuando varias empresas desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial.
- Pertenezcan al mismo sector productivo o grupo empresarial y se ubiquen en un mismo polígono industrial o área geográfica.
Características y Funciones de los Servicios de Prevención
Sus instalaciones, medios humanos y materiales han de ser necesarios para la correcta realización de las actividades preventivas de la empresa.
Sus miembros se dedicarán de forma exclusiva a la prevención, habrá un experto de cada una de las especialidades preventivas, seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y medicina del trabajo.
Constituir una garantía que cubra su eventual responsabilidad.
Los servicios de prevención asesoran y apoyan a la hora de:
- Diseñar y aplicar planes de actuación preventiva.
- Evaluar los factores de riesgo.
- Establecer prioridades entre las medidas preventivas.
- Formación e información a los trabajadores.
- Planes de emergencia y primeros auxilios.
- Vigilancia de la salud de los trabajadores.
Las Auditorías
Para aquellas empresas que no hubieran concertado el servicio de prevención con una entidad especializada deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa, salvo las de hasta 50 trabajadores, cuyas actividades no se consideren especialmente peligrosas y en las que su eficacia del sistema preventivo resulte evidente por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas. La primera auditoría será al año de que se disponga de la planificación de la actividad preventiva, la siguiente cada 4 años, excepto actividades peligrosas que será cada 2 años.
Funciones:
- Fomentar el interés y la cooperación de los trabajadores en la acción preventiva.
- Promover la correcta utilización de los EPI, comportamientos seguros y actuaciones preventivas básicas, el orden, limpieza, señalización y el mantenimiento general, seguimiento y control.
- Evaluación de riesgos, establece medidas preventivas compatibles con su grado de formación.
- Atender quejas y sugerencias.
- Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios.
Competencias:
- Colaborar con la dirección en la mejora de la acción preventiva.
- Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre la prevención de riesgos laborales.
- Ser consultados por el empresario.
- Vigilar y controlar que se cumpla con la normativa de prevención.
Están facultados para:
Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de prevención que realicen y a los inspectores de trabajo y seguridad social en sus visitas a los centros de trabajo.
Recibir información por parte de la empresa sobre:
- Los daños que se han producido en la salud los trabajadores.
- Aquellos que comuniquen las personas u órganos encargados de la actividad preventiva.
- Tener acceso a la información y la documentación relativas a las condiciones de trabajo.
- Visitar los lugares de trabajo para vigilar y controlar las condiciones de trabajo, acceder a cualquier zona siempre que no afecte el proceso productivo dentro de la jornada laboral, comunicarse con los empleados.
- Formular propuestas al empresario sobre medidas de carácter preventivo y acciones para mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Proponer al órgano de representación de los trabajadores que paralice la actividad de la empresa en caso de riesgo grave e inminente.