Ética y Deontología en la Práctica Farmacéutica: Casos y Reflexiones

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Diferencias entre Ética y Moral en el Rubro Farmacéutico

Ejemplo de Dilema Ético en Farmacia

Señale 3 diferencias entre ética y moral, y un ejemplo del rubro farmacéutico donde un acto sea inmoral pero ético (desarrollo)

Ejemplo del rubro farmacéutico:

Situación: Un farmacéutico descubre que un medicamento genérico es igual de efectivo que un medicamento de marca, pero mucho más económico para los pacientes. Sin embargo, su empresa tiene contratos y presiones para vender el medicamento de marca, que es más caro.

Acto: El farmacéutico decide recomendar y dispensar el medicamento genérico a los pacientes que no pueden permitirse el medicamento de marca, a pesar de las directrices de su empresa que promueven la venta del medicamento más caro.

Ética vs. Moral:

  • Ético: La decisión del farmacéutico es ética porque prioriza el bienestar de los pacientes, haciendo que el tratamiento sea accesible y efectivo para ellos. Actúa de acuerdo con principios de justicia y beneficencia, pilares de la ética profesional.
  • Inmoral: Desde el punto de vista de la moral corporativa de su empresa, el acto podría considerarse inmoral porque va en contra de las políticas internas y los intereses comerciales de la empresa, que priorizan las ganancias económicas.

En este caso, el farmacéutico enfrenta un dilema ético. Su compromiso con la ética profesional le obliga a considerar el bienestar del paciente como su principal prioridad. La ética profesional en el ámbito farmacéutico implica proporcionar los mejores tratamientos posibles, accesibles y asequibles para los pacientes. Sin embargo, la moral corporativa de su empresa tiene un enfoque diferente, basado en maximizar las ganancias y cumplir con contratos que favorecen la venta del medicamento de marca. Aquí, el acto del farmacéutico de recomendar el medicamento genérico puede ser visto como inmoral desde la perspectiva de su empresa porque desafía las políticas establecidas y podría afectar negativamente los ingresos. Este ejemplo ilustra cómo una acción puede ser ética pero considerada inmoral en un contexto específico, resaltando la diferencia entre actuar de acuerdo con principios éticos universales y seguir normas morales relativas y contextuales.

Otro ejemplo puede ser la venta de la pastilla del día después, ya que puede ser aceptado o no por la comunidad, pero su venta depende de la ética del QF que vaya a dispensar el medicamento.

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Falta a la Ética y Deontología en la Asesoría Farmacéutica

2) Si, de acuerdo con su conocimiento como Químico Farmacéutico, entrega asesoría a un paciente sobre el uso de sus medicamentos, sin embargo, existe información muy reciente que muestra lo contrario, teniendo en cuenta dos artículos del código de ética del colegio farmacéutico:

  • Artículo 7: El profesional farmacéutico, químico farmacéutico y bioquímico debe obrar siempre con la honradez y buena fe. No ha de afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas, ni hacer certificaciones falsas.
  • Artículo 8: El profesional farmacéutico, químico farmacéutico y bioquímico deberá mantener sus conocimientos, habilidades y destrezas actualizadas y utilizar todos los medios técnicos y científicos a su alcance para lograr un desempeño profesional óptimo.

¿Sería esto una falta a la ética? Explique brevemente utilizando la deontología.

Sí, en este caso sería una falta a la ética según los artículos mencionados y la deontología profesional.

Deontología profesional: La deontología es la rama de la ética que se ocupa de los deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales en el ejercicio de su profesión. En este contexto, la deontología farmacéutica establece normas y principios que deben seguir los profesionales farmacéuticos para asegurar una práctica profesional ética y responsable.

Evaluación de la Situación

Si un farmacéutico brinda asesoría basada en conocimientos que han sido recientemente refutados o actualizados, está fallando en:

  • Honradez y buena fe (Artículo 7):
    • No actuar con honradez y buena fe porque al dar información desactualizada, el farmacéutico no está proporcionando la mejor información posible al paciente, lo cual puede interpretarse como una falta de honradez.
    • Afirmar con falsedad: Aunque el farmacéutico no tenga la intención de mentir, al proporcionar información obsoleta, está afirmando algo que, según la evidencia reciente, ya no es correcto.
  • Actualización de conocimientos (Artículo 8):
    • No mantener conocimientos actualizados: La obligación de actualizar sus conocimientos no se cumple si el farmacéutico no está al tanto de la información más reciente.
    • No utilizar medios técnicos y científicos: Ignorar la nueva evidencia científica contraviene la obligación de usar todos los medios científicos disponibles para asegurar un desempeño profesional óptimo.

Fundamento Ético

  • Desde una perspectiva deontológica, es imperativo que los profesionales farmacéuticos cumplan con sus deberes éticos y morales, lo que incluye mantenerse informados sobre los últimos avances en su campo. Esto asegura que los pacientes reciban asesoría basada en la evidencia más actualizada, lo cual es crucial para su seguridad y bienestar.
  • En este caso, la falta de actualización y el uso de información obsoleta para asesorar a un paciente no solo viola los artículos específicos del código ético del colegio farmacéutico, sino que también puede poner en riesgo la salud del paciente, lo cual es una grave falta ética. El deber del farmacéutico es brindar la mejor atención posible, basada en la evidencia científica más reciente, y cualquier desviación de este deber es una falta a la ética profesional.

Por lo tanto, sí, dar asesoría basada en información desactualizada es una falta a la ética profesional, ya que contraviene tanto los principios de honradez y buena fe como la obligación de mantenerse actualizado, como se establece en los artículos 7 y 8 del código ético del colegio farmacéutico.

Principios Bioéticos en Conflicto: Justicia vs. Beneficencia

3) Si usted es un QF que debe entregar un medicamento para una patología poco frecuente para una persona, sin embargo, al hacerlo quedaría sin presupuesto para un número importante de otros medicamentos/insumos. ¿Qué dos principios bioéticos estarían en tensión? ¿Cuál elegiría usted y por qué?

En esta situación, los dos principios bioéticos en tensión son:

  • Justicia: Asegura la distribución equitativa de recursos limitados.
  • Beneficencia: Obliga a actuar en el mejor interés del paciente individual.

Elección 1: Yo elegiría el principio de justicia.

Justificación: Optar por la justicia permite distribuir los recursos de manera equitativa, asegurando que un mayor número de personas reciban los medicamentos y cuidados necesarios. Este enfoque maximiza el beneficio colectivo, evitando que muchos pacientes se queden sin tratamiento debido a la priorización de un solo individuo.

Elección 2: El principio de beneficencia.

Justificación: Optar por la beneficencia significa priorizar el bienestar del paciente individual que necesita el medicamento para una patología poco frecuente. Este principio obliga a actuar en el mejor interés de este paciente específico, asegurando que reciba el tratamiento necesario para mejorar su salud y calidad de vida, incluso si eso implica un impacto en el presupuesto destinado a otros medicamentos. En situaciones críticas, la vida o la mejora significativa de un solo paciente puede justificar esta decisión, mostrando un compromiso con el cuidado y la compasión individual.

Responsabilidades del Químico Farmacéutico Director Técnico ante un Error Fatal

17) Un QF DT de una farmacia comunitaria privada se toma vacaciones, y en su ausencia un técnico entrega un medicamento de manera errada, lo que repercute en la muerte de un niño pequeño. Identifique la responsabilidad que atañen al QF en cada tipo y explique brevemente el por qué.

I. Responsabilidad Civil:

  • Negligencia en supervisión: El QF DT puede ser responsable de reparar el daño por no asegurar la capacitación y supervisión adecuada del personal técnico, resultando en el error.

II. Responsabilidad Penal:

  • Negligencia grave: Si se prueba que el QF DT fue gravemente negligente, podría enfrentar cargos penales por homicidio involuntario o negligencia criminal debido a la falta de sistemas de verificación o instrucciones claras.

III. Responsabilidad Administrativa:

  • Infracción de normativas: El QF DT puede ser sancionado por no cumplir con las regulaciones profesionales, lo que podría incluir multas, suspensión o revocación de su licencia por no asegurar la correcta dispensación de medicamentos.

Responsabilidad Civil del Químico Farmacéutico por Recomendaciones fuera del Contrato

18) Si su contrato de trabajo no contempla los servicios farmacéuticos, como la atención farmacéutica, y al realizar una sugerencia en la toma de los medicamentos de una persona, ella sufre un problema relacionado con medicamentos (PRM) a causa de esta. ¿Qué tipo de responsabilidad civil podría tener el QF?

Respuesta 1:

Responsabilidad civil por culpa in vigilando: Aunque el contrato no incluya explícitamente la atención farmacéutica, si el QF realiza sugerencias relacionadas con medicamentos y el paciente sufre un Problema Relacionado con Medicamentos (PRM), podría ser responsable civilmente si se demuestra que no actuó con la diligencia debida en la recomendación, causando daño al paciente.

Respuesta 2:

El QF podría enfrentar responsabilidad civil por culpa extracontractual o culpa aquiliana. Esto se debe a que, aunque su contrato de trabajo no incluya explícitamente servicios farmacéuticos como la atención farmacéutica, si el QF hace una sugerencia sobre la toma de medicamentos y el paciente sufre un Problema Relacionado con Medicamentos (PRM), podría ser considerado responsable si se demuestra negligencia en sus recomendaciones. Esta responsabilidad surge de la falta de cuidado y diligencia en el ejercicio de sus funciones relacionadas con medicamentos, a pesar de no estar formalmente especificadas en su contrato de trabajo.

Problemas Éticos en Ensayos Clínicos de un Nuevo Antipsicótico

4) Una compañía farmacéutica asiática ha desarrollado un nuevo y prometedor medicamento antipsicótico para el tratamiento de la esquizofrenia. Los analistas de ventas predicen que el fármaco podría generar cuantiosas ganancias en el lapso de cuatro años. El medicamento ya se ha probado en varios miles de voluntarios en Asia. Durante este ensayo, sin embargo, algunos participantes del estudio desarrollaron arritmias cardiacas; en consecuencia, la agencia reguladora responsable emitió una carta de “no aprobación”, que exige a la compañía farmacéutica realizar más ensayos del fármaco en seres humanos antes de que se pueda considerar nuevamente su aprobación. En respuesta, la compañía contrata un hospital estatal en Europa Oriental para realizar los ensayos necesarios, en un nosocomio, que es un centro de admisión prolongada para pacientes con enfermedades mentales, el cual está sobrepoblado y la mayoría de los enfermos han estado en el centro por muchos años sin la esperanza de ser dados de alta. Con frecuencia, deben esperar varios meses antes de tener la oportunidad de ver a un médico; muchos no tienen ningún pariente cercano que los visite regularmente. Los médicos del centro determinan si un paciente está calificado para ingresar a un estudio, antes de obtener su consentimiento informado. Se les paga una pequeña suma por cada paciente que es reclutado. La hoja informativa proporcionada a los enfermos indica que el fármaco “se ha probado en miles de pacientes y los resultados de estos estudios están bajo la revisión de autoridades en Asia, Europa y los Estados Unidos de América”. También indica que el fármaco “parecía afectar ligeramente la actividad eléctrica del corazón en algunas personas”. La compañía no informó a los organismos reguladores de Europa Oriental sobre las medidas tomadas por la agencia normativa asiática; las leyes de este país no requieren que se divulgue dicha información y, por ende, la compañía sostiene que “cumple con las leyes de cada país donde se lleva a cabo la investigación”.

¿Qué problemas éticos suscita este estudio? Nombre 3 (0,5 punto cada uno).

  1. Quieren implementar este estudio en pacientes con enfermedades mentales que en muchos casos no podrán dar su consentimiento informado para querer participar o no de este estudio, con los riesgos que se identificaron en esta.
  2. Se les está pagando a los médicos para que den el consentimiento informado por parte de los pacientes que no tienen una red de apoyo o condiciones mentales para dar su consentimiento.
  3. Se entrega una información falsa, omitiendo la realidad o incompleta respecto a los riesgos que presenta el estudio además de apelar a que ciertas autoridades están bajo la revisión de estas siendo que no es así.

Usted es parte del Comité de Ética Científico. ¿Aprobaría esta investigación? Fundamente brevemente en base a al menos 2 normas de la Ley 20.120 (1,5 punto):

No aprobaría la investigación de este estudio, debido a que están transgrediendo los derechos humanos de los pacientes, además de mostrar incentivos financieros para la aprobación del uso de este fármaco en pacientes que no tienen uso de su capacidad mental y sin una red de apoyo que pueda dar el consentimiento informado respectivo, además que no se les da la información verídica y completa a los médicos respecto a los riesgos que presenta este estudio. Fundamentándome en normas de la ley 20.120 como: Artículo 2, 11, 12 y 13.

¿Cree que desde el punto de vista bioético esta decisión es justificable? Identificar los principios de la bioética: 1 puntos Pertinencia de la referencia a cada uno de los principios de la bioética: 4 puntos Fundamentación de la decisión: 2 puntos R:

No habría Autonomía debido a que el paciente no tendría control de sus propios datos, donde solo la institución en que se atiende llevaría los registros de sus datos, la cual puede terminar en una de las instituciones de salud del Estado o en un centros de estudios privados. En términos de Beneficencia puede haber buenas intenciones detrás de centros de estudios donde los resultados pueden generar beneficios y producir una buena estrategia para el manejo de la situación. Con respecto a la No maleficencia, los organismos que tengan esta información pueden usarla con malas intenciones, hable de conocer exactamente lo que le pase a la sociedad, teniendo fines económicos involucrados (isapres, farmacias, AFP). Últimamente, el principio de Justicia se puede ver afectado, debido a que el uso de estos datos pueden producir resultados que discriminen ciertos sectores de la población. En conclusión, la decisión de compartir los datos a instituciones privadas podría afectar negativamente a las personas según los principios de la bioética.

Conflicto de Derechos Constitucionales en el Acceso a Datos de Salud

Como es de su conocimiento, en medio de esta pandemia existen una serie de medidas que restringen o limitan derechos de las personas. Una de las situaciones que más se ha conversado es el acceso a los datos en salud de las personas por parte de quienes no están habitualmente autorizados para ello; a modo de ejemplo, universidades o centros de estudios han pedido acceder a estos microdatos con el fin de realizar estudios y análisis, como es el caso de Icovid. ¿Qué derechos constitucionales cree Ud. que están en conflicto? Nombre uno en virtud del cual Ud. autorizaría la entrega de esta información y otro que fundamente la negativa a ello. Pertinencia de los derechos: 1 punto cada uno. Explique brevemente utilizando la deontología (3 puntos)

R: Por un lado, el respeto y protección de la vida privada, estaría en contra de otorgar el acceso a los datos personales, ya que este derecho indica que todos los datos personales deben ser respetados y protegidos, su tratamiento y protección debe apegarse a la ley, por lo que para tener acceso a este antes se debería pedir un consentimiento indicando específicamente a cuáles datos se tendrá acceso.

Mientras que el derecho a la protección de la salud, estaría a favor de este derecho, ya que al poder conocer los datos de salud de la sociedad, involucraría una base de datos certeros para futuros estudios y mejoras en programas relacionadas al área, ya que, al conocer los problemas de buena manera se tiene la oportunidad de generar análisis y soluciones más efectivas, avanzando en “promoción, protección, recuperación y rehabilitación del individuo”.

Tratamiento de Datos en Salud según la Ley 20.584

2-De acuerdo a la ley 20.584, ¿es posible entregar esta información? Si la respuesta es negativa, ¿por qué? En la afirmativa, ¿cómo protegería Ud. a las personas a un mal uso de sus datos personales? Marco general del tratamiento de datos en salud: 3 puntos

R: Teniendo en consideración el Marco general, la ficha clínica y los instrumentos de información de antecedentes, escrito o electrónico, se considera de carácter sensible y debe ser protegido de terceros no habitualmente autorizados, todo esto por parte de los servicios de salud. De acuerdo a la ley 20.584 la información no puede ser entregada a terceros u organizaciones que no estén autorizadas debido a que puede ser usada maliciosamente pasando a llevar los derechos y libertad de la persona. En caso de la utilización de los datos personales de las personas, las organizaciones públicas o privadas que desean utilizarlos deberán entregar un consentimiento indicando precisamente los datos a utilizar, si estos utilizan los datos con otros fines no declarados serán sancionados e impedidos de funcionamiento por ser algo grave y sensible.

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