Etapas Fundamentales del Proceso Legislativo Mexicano
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Fases del Proceso Legislativo en México
1. Fase de Iniciativa
Este primer momento del procedimiento legislativo se encuentra regulado por los artículos 71 y 122 constitucionales. El derecho a presentar iniciativas o proyectos de ley está reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece claramente quiénes son los titulares exclusivos de esta facultad.
El Presidente de la República puede presentar cualquier tipo de iniciativa de ley o decreto. Sin embargo, le corresponde de manera exclusiva presentar las iniciativas relativas a:
- La Ley de Ingresos.
- El Presupuesto de Egresos de la Federación.
- La Cuenta Pública.
2. Fase de Discusión
Esta fase está regulada por el artículo 72 de la Constitución y los artículos 95 al 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (RICG).
Una vez recibido el proyecto por una de las Cámaras, su presidente lo turnará a la comisión correspondiente para su estudio, según la materia de la iniciativa. Dicha iniciativa será publicada en la Gaceta Parlamentaria. La Cámara que recibe inicialmente la propuesta se denomina Cámara de Origen, mientras que la otra actúa como Cámara Revisora.
La discusión es la etapa del proceso legislativo donde diputados y senadores deliberan sobre las iniciativas presentadas. Esta deliberación se lleva a cabo mediante un debate parlamentario, en el cual los legisladores exponen sus argumentos a favor o en contra del proyecto desde la tribuna.
3. Fase de Aprobación
Conforme al artículo 72, apartado A, de la Constitución:
Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.
Una vez discutido el proyecto, sigue la fase de Aprobación. El objetivo de esta etapa es la aceptación total o parcial del proyecto de ley. La aprobación debe ocurrir primero en la Cámara de Origen y posteriormente en la Cámara Revisora.
Una vez aprobado por ambas Cámaras, el proyecto se envía al Poder Ejecutivo para su sanción y publicación.
4. Fase de Sanción
La Sanción es la etapa en la que el Presidente de la República acepta o desecha un proyecto de ley aprobado por el Congreso. Conforme a la Constitución, se considera sancionado (sanción tácita) aquel proyecto que no es devuelto con observaciones a la Cámara de Origen dentro de los diez días hábiles siguientes a su recepción. Si el Congreso cierra o suspende sesiones durante ese plazo, la devolución deberá realizarse el primer día hábil en que esté reunido.
El Ejecutivo puede rechazar un proyecto de ley (ejercer el derecho de veto), pero solo una vez. Si las Cámaras insisten en el proyecto original o en sus modificaciones por la mayoría requerida, el Ejecutivo deberá ordenar su publicación.
5. Fase de Promulgación y Publicación
Promulgación
Es el acto formal mediante el cual el Ejecutivo, con su firma, certifica la autenticidad de la ley, reconoce que se han cumplido las formalidades constitucionales y ordena su publicación.
Publicación
Es el acto de dar a conocer la ley a quienes deben cumplirla, utilizando un medio oficial. Es el acto formal por el cual las leyes, aprobadas por el Poder Legislativo y sancionadas por el Ejecutivo, son dadas a conocer de manera indubitable a la población general por este último.
Medios oficiales:
- Federal: Diario Oficial de la Federación (DOF).
- Estatal: Periódico Oficial de la entidad federativa correspondiente.
Para que surta efectos legales a nivel federal, la publicación debe realizarse en el Diario Oficial de la Federación.
6. Fase de Iniciación de la Vigencia
La iniciación de la vigencia es el momento a partir del cual la ley se vuelve obligatoria. Esta fecha puede coincidir con la de su publicación en el órgano oficial o ser posterior, según lo establezcan los artículos transitorios de la propia ley.
El lapso entre la publicación de la ley y su entrada en vigor se denomina vacatio legis.
Vacatio Legis: Período de tiempo entre la publicación de una ley y su entrada en vigor.
Conceptos Relacionados
Imputado
Es la persona que consta en un procedimiento penal como posible autor o partícipe de hechos presuntamente delictivos. Cuando se formula una imputación contra una persona por un delito ante la autoridad competente (o se inicia una investigación que la señala), esta adquiere la calidad de imputada, quedando formalmente vinculada al procedimiento penal.