Etapas Clave del Proceso Penal: Fase Intermedia, Sobreseimiento y Juicio Oral
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Emplazará para que comparezcan ante el órgano que ha de enjuiciar. Este auto no es recurrible, pero podrá pedirse que se revoque en la fase intermedia ante el órgano competente.
Fase Intermedia del Proceso Penal
Tiene una doble función: controla si fue correcta la conclusión del sumario y decide la procedencia de la apertura del juicio oral.
- El Tribunal da un plazo a los acusadores para que se “instruyan” en los autos y manifiesten si están conformes con la conclusión del sumario o si deben realizarse nuevas diligencias.
- El procesado también podrá solicitar nuevas diligencias, pedir el sobreseimiento o la apertura del juicio oral.
- Si el sumario no se cerró correctamente se revocará el auto y se devolverán al Instructor las actuaciones.
- Si se cerró correctamente, el Tribunal decidirá en tres días si procede decretar el sobreseimiento o la apertura del juicio oral.
El Sobreseimiento en el Proceso Penal
El sobreseimiento es una forma de terminación del proceso penal antes del juicio oral y que equivale a una absolución del procesado.
Sobreseimiento Libre
Equivale a una sentencia absolutoria y produce los mismos efectos que ésta. Los motivos son:
- Que no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa.
- Que el hecho se hubiera producido pero que no fuera constitutivo de delito.
- Que aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores.
Sobreseimiento Provisional
Implica la suspensión indefinida del proceso por falta de pruebas sobre la existencia del hecho o su atribución a una persona. En cualquier momento puede reanudarse el proceso. Causas:
- Que no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa.
- Que existiendo en el sumario indicios suficientes de la comisión de un delito no haya motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores.
- El sobreseimiento puede ser total si afecta a todos los procesados, o parcial si sólo afecta a algunos.
- Sólo cabe recurso de casación contra el auto de sobreseimiento fundado en la falta de tipicidad penal de los hechos.
- El Tribunal debe dictar sobreseimiento si todas las partes lo piden y ninguna ejercita la acusación.
- Si existe algún procesado y alguna parte solicita la apertura del juicio oral estará obligado a acordarla.
El Juicio Oral
Una vez dictado auto de apertura del juicio oral, éste deberá continuar hasta su finalización por sentencia que se pronuncie sobre la culpabilidad del procesado.