Estructuras Empresariales: Centralización, Descentralización y Formas Jurídicas
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A continuación, se describen diferentes estructuras empresariales y formas jurídicas, destacando sus características principales:
Empresas Centralizadas
Aquellas en las que las decisiones se encuentran concentradas en pocas manos. Un buen ejemplo serían las empresas familiares, en ellas la separación entre poder y control es escasa.
Empresas Descentralizadas
Aquellas en las que el poder de decisión se reparte por la pirámide jerárquica de la empresa. Las razones por las que una empresa va hacia la descentralización son:
- Complejidad de la función directiva e incapacidad de procesar toda la información.
- Adopción de estrategias de crecimiento como la expansión.
- Dotación de la empresa de flexibilidad o capacidad de reacción.
- Implantar medidas de estímulo o motivación.
Comunidades de Bienes
Una sociedad en la que varias personas tienen la propiedad de una cosa o derecho que se encuentra proindiviso con el objetivo de aprovecharlo y mantenerlo de forma conjunta. Todos los copropietarios están obligados a contribuir en los gastos comunes. En el caso de que se decida explotar la cosa común, se debe hacer un contrato que recoja las aportaciones y participaciones en las pérdidas y ganancias de esta.
Sociedades Civiles
Formas jurídicas reguladas por el código civil que no tienen carácter mercantil, el cual no es necesario si no realizan actividades empresariales. No tienen personalidad jurídica propia, es decir, una figura jurídica que otorga la carta para actuar empresarialmente, y no existe el carácter deliberado que debe presidir en toda empresa.
Sociedades Mercantiles
Contrato por el que dos o más personas se obligan voluntariamente a juntar bienes, dinero, derechos y trabajo con el objetivo de repartirse los beneficios obtenidos por la actividad que realicen. Estos son regulados por el código mercantil y tienen personalidad jurídica propia.
PIME (Pequeña y Mediana Empresa)
Formada por empresas con menos de 250 personas cuyo volumen de negocios en un año no supere 50 millones de euros o su balance anual no supere 43 millones de euros.
Registro Mercantil
Oficina pública donde se inscriben las empresas cuando se constituyen y dejan sus cuentas anuales al final de cada ejercicio con el objetivo de garantizar la veracidad de las relaciones mercantiles y proporcionar publicidad legal. Existe uno en cada capital de provincia y uno en Madrid que reúne información de todo el estado.
Sociedades Colectivas
Sociedades mercantiles cuya filosofía descansa sobre la idea de comunidad de trabajo y es frecuente entre profesionales como abogados, médicos… y donde el capital social tiene un papel secundario. Deben cumplir los siguientes aspectos legales:
- Dos o más socios.
- Aportación de dineros, bienes, derechos y trabajo.
- Responsabilidad ilimitada.
- Participaciones sociales: fracción alícuota del capital social. Son activos financieros y representan la contrapartida que recibe cada socio por la aportación. Todas son iguales, acumulables, se puede tener más de una, indivisibles y no transmisibles, y otorgan a sus titulares una serie de derechos.
- Todos los socios están facultados para ejercer la dirección.
- Responsabilidad ilimitada, personal, subsidiaria y solidaria.
- Todos los socios + sociedad colectiva.
Observaciones
Existen socios que solo aportan trabajo, es sociedad colectiva irregular.