Estructura y Tipos de Sindicatos: Conceptos Clave en Relaciones Laborales
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Clasificación y Fundamentos de las Organizaciones Sindicales
Clases de Sindicatos
Los sindicatos pueden clasificarse en sindicatos de trabajadores y sindicatos de empleadores.
Tipos de Sindicatos de Trabajadores
- Sindicatos de Trabajadores Dependientes: Se organizan por empresa, gremio o industria.
- Sindicatos de Empresa: Están formados por trabajadores de varias profesiones, oficios, ocupaciones o especialidades que prestan servicios en el mismo establecimiento o institución.
- Sindicatos Gremiales: Constituidos por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
- Sindicato de Industria: Organizado por trabajadores que prestan servicios en varias empresas de una misma rama industrial.
- Sindicato Gremial Mayoritario: Podrá tener en el local un delegado elegido por sus compañeros.
Tipos de Sindicatos de Empleadores
- Podrán ser de industrias de una misma rama de comerciantes o de servicios.
Requisitos Mínimos para la Constitución Sindical
La cantidad mínima de miembros para la constitución varía según el tipo de sindicato:
- Sindicatos de Empleadores: No podrán constituirse con menos de tres miembros.
- Sindicatos de Trabajadores:
- Sindicato de Empresa: No menos de veinte fundadores.
- Sindicato Gremial: No menos de treinta fundadores.
- Sindicato de Industria: No menos de trescientos fundadores.
Conceptos Fundamentales
Sindicato: Concepto
Se refiere a las particularidades o sugerencias encaminadas a mejorar los métodos de trabajo u organización interna.
Estabilidad Sindical
Es la garantía de que gozan ciertos trabajadores de no ser despedidos, trasladados, suspendidos o alteradas sus condiciones de trabajo sin justa causa previamente admitida por el juez competente.
La Huelga y el Paro
Huelga
Es la suspensión temporal, colectiva y concertada del trabajo por iniciativa de los trabajadores para la defensa directa y exclusiva de sus intereses profesionales.
Prohibición de Huelga
No gozan de este derecho los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía.
Huelga Ilegal
Será declarada ilegal toda huelga declarada durante la vigencia de un contrato colectivo y que no se refiera al incumplimiento, por la parte empleadora, de alguna de las cláusulas de ese contrato, salvo las huelgas de solidaridad o huelgas generales.
¿Cuándo se considera Ilegal la Huelga?
- Cuando no tenga por motivo o fin, o no tenga relación alguna con los intereses profesionales.
- Cuando es declarada o sostenida por motivos estrictamente políticos.
- Cuando los trabajadores de servicios públicos imprescindibles no garanticen los suministros mínimos esenciales para la población.
- En la situación prevista por el artículo 366.
Paro (Legalidad para Empleadores)
Queda garantizado el derecho de paro para los empleadores conforme al artículo 97 de la Constitución. Es legal cuando:
- Se efectúa para evitar el peligro de violencia.
- Se realiza para desalojar a ocupantes de la empresa.
- Se para por imposibilidad de mantener el proceso de producción.
- Cuando existe violación reiterada del contrato colectivo provocada por los trabajadores.
- Se efectúa en defensa de cualquier interés legítimo.
Contrato Colectivo de Trabajo
Duración del Contrato Colectivo
El contrato colectivo puede celebrarse:
- Por un tiempo fijo.
- Por la duración de una empresa u obra determinada.
- Por tiempo indefinido.
Forma de Terminación de los Contratos Colectivos
El contrato colectivo de trabajo terminará:
- Por mutuo consentimiento de las partes.
- Por las causas pactadas.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.