Estructura y Tipos de Sindicatos: Conceptos Clave en Relaciones Laborales

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Clasificación y Fundamentos de las Organizaciones Sindicales

Clases de Sindicatos

Los sindicatos pueden clasificarse en sindicatos de trabajadores y sindicatos de empleadores.

Tipos de Sindicatos de Trabajadores

  • Sindicatos de Trabajadores Dependientes: Se organizan por empresa, gremio o industria.
  • Sindicatos de Empresa: Están formados por trabajadores de varias profesiones, oficios, ocupaciones o especialidades que prestan servicios en el mismo establecimiento o institución.
  • Sindicatos Gremiales: Constituidos por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
  • Sindicato de Industria: Organizado por trabajadores que prestan servicios en varias empresas de una misma rama industrial.
  • Sindicato Gremial Mayoritario: Podrá tener en el local un delegado elegido por sus compañeros.

Tipos de Sindicatos de Empleadores

  • Podrán ser de industrias de una misma rama de comerciantes o de servicios.

Requisitos Mínimos para la Constitución Sindical

La cantidad mínima de miembros para la constitución varía según el tipo de sindicato:

  • Sindicatos de Empleadores: No podrán constituirse con menos de tres miembros.
  • Sindicatos de Trabajadores:
    • Sindicato de Empresa: No menos de veinte fundadores.
    • Sindicato Gremial: No menos de treinta fundadores.
    • Sindicato de Industria: No menos de trescientos fundadores.

Conceptos Fundamentales

Sindicato: Concepto

Se refiere a las particularidades o sugerencias encaminadas a mejorar los métodos de trabajo u organización interna.

Estabilidad Sindical

Es la garantía de que gozan ciertos trabajadores de no ser despedidos, trasladados, suspendidos o alteradas sus condiciones de trabajo sin justa causa previamente admitida por el juez competente.

La Huelga y el Paro

Huelga

Es la suspensión temporal, colectiva y concertada del trabajo por iniciativa de los trabajadores para la defensa directa y exclusiva de sus intereses profesionales.

Prohibición de Huelga

No gozan de este derecho los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía.

Huelga Ilegal

Será declarada ilegal toda huelga declarada durante la vigencia de un contrato colectivo y que no se refiera al incumplimiento, por la parte empleadora, de alguna de las cláusulas de ese contrato, salvo las huelgas de solidaridad o huelgas generales.

¿Cuándo se considera Ilegal la Huelga?
  • Cuando no tenga por motivo o fin, o no tenga relación alguna con los intereses profesionales.
  • Cuando es declarada o sostenida por motivos estrictamente políticos.
  • Cuando los trabajadores de servicios públicos imprescindibles no garanticen los suministros mínimos esenciales para la población.
  • En la situación prevista por el artículo 366.

Paro (Legalidad para Empleadores)

Queda garantizado el derecho de paro para los empleadores conforme al artículo 97 de la Constitución. Es legal cuando:

  • Se efectúa para evitar el peligro de violencia.
  • Se realiza para desalojar a ocupantes de la empresa.
  • Se para por imposibilidad de mantener el proceso de producción.
  • Cuando existe violación reiterada del contrato colectivo provocada por los trabajadores.
  • Se efectúa en defensa de cualquier interés legítimo.

Contrato Colectivo de Trabajo

Duración del Contrato Colectivo

El contrato colectivo puede celebrarse:

  • Por un tiempo fijo.
  • Por la duración de una empresa u obra determinada.
  • Por tiempo indefinido.

Forma de Terminación de los Contratos Colectivos

El contrato colectivo de trabajo terminará:

  1. Por mutuo consentimiento de las partes.
  2. Por las causas pactadas.
  3. Por caso fortuito o fuerza mayor.

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