Estructura Territorial del Estado Español: Autonomías y Entidades Locales

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,37 KB

I. El Principio de Autonomía y las Comunidades Autónomas

La Constitución Española establece el derecho a la autonomía, fundamentado en el principio de solidaridad entre todas las nacionalidades y regiones que integran España.

Estatutos de Autonomía

  • Cada Comunidad Autónoma debe poseer su propio Estatuto de Autonomía, considerado su norma institucional básica.

Regulación de las Competencias

Las competencias se regulan por los artículos 148 y 149 de la Constitución Española y pueden clasificarse en:

  • Exclusivas: Cuando una administración (estatal o autonómica) posee las tres facultades: legislativa, reglamentaria y ejecutiva.
  • Compartidas: Cuando las facultades sobre una materia se reparten entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
  • Concurrentes: Cuando tanto el Estado como las Comunidades Autónomas tienen competencia sobre la misma materia, pero cada una solo sobre un aspecto específico de ella.

II. Instituciones y Finanzas Autonómicas

Instituciones Autonómicas

  1. Asamblea (Parlamento Autonómico): Elegida directamente por los ciudadanos de la comunidad.
  2. Presidente: Elegido por la Asamblea.
  3. Consejo de Gobierno: Ejerce funciones ejecutivas y administrativas. Sus miembros son los consejeros.
  4. Tribunal Superior de Justicia: Representa el poder judicial en la Comunidad Autónoma.

Autonomía Financiera

Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y la ejecución de sus competencias, siempre con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre españoles.

III. La Administración Local

La Administración Local se fundamenta en la autonomía, las competencias y la descentralización.

El Municipio

  • Término Municipal: El terreno sobre el cual el ayuntamiento ejerce sus competencias.
  • Población: Registrada en el Padrón.
  • Organización: Incluye Alcaldes, Concejales, Pleno y competencias específicas.
Organización Municipal

La estructura organizativa incluye:

  • Alcalde
  • Tenientes de Alcalde
  • Concejales
  • Pleno
  • Junta de Gobierno Local
  • Comisión Especial de Cuentas
  • Otros órganos
Competencias Municipales Típicas
  • Alumbrado público
  • Cementerio
  • Recogida de residuos
  • Limpieza viaria
  • Abastecimiento domiciliario de agua potable
  • Alcantarillado
  • Acceso a los núcleos de población
  • Pavimentación de las vías públicas
  • Control de alimentos y bebidas

La Provincia

La provincia es una entidad local constituida por la agrupación de municipios.

Organización Provincial
  • Presidente de la Diputación
  • Vicepresidente de la Diputación
  • Pleno
  • Junta de Gobierno Provincial
Regímenes Provinciales Especiales

Existen regímenes especiales como:

  • Comunidades Autónomas uniprovinciales.
  • Navarra (Órganos forales).
  • Islas Baleares.
  • Islas Canarias.
Competencias Provinciales

Las competencias provinciales incluyen:

  • Coordinación de servicios municipales entre sí.
  • Asistencia y cooperación jurídica.
  • Prestación de servicios públicos de carácter municipal.
  • Fomento y administración de intereses peculiares de la provincia.

IV. Otras Entidades Locales

Además de municipios y provincias, existen otras figuras de organización local:

  • Comarcas: Agrupación de municipios con características e intereses comunes.
  • Áreas Metropolitanas: Integradas por municipios grandes.
  • Mancomunidades: Asociaciones de municipios para la ejecución de obras.
  • Municipios de gran población: Poseen una regularización específica.
  • Entidades de ámbito inferior al municipio: Pueden crearse para la administración de núcleos de población separados.

Entradas relacionadas: