La Estructura Territorial de Canarias: Evolución Histórica y el Rol de los Cabildos Insulares
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En España, a partir de la Constitución de 1978, el Estado se organiza territorialmente en tres niveles administrativos: municipios, provincias y comunidades autónomas. En el caso de Canarias, se añade un cuarto nivel: los Cabildos Insulares, equivalentes a las Diputaciones Provinciales peninsulares. Por tanto, además de los organismos locales, provinciales y regionales, en Canarias se suma un cuarto ámbito de actuación territorial: la isla, gestionado a través de los respectivos Cabildos.
Administración Municipal: El Ayuntamiento
Tras las Cortes de Cádiz (1812), se suprimieron los señoríos en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro, así como los antiguos concejos o cabildos de las islas de realengo, que fueron sustituidos por los ayuntamientos actuales.
La principal función del ayuntamiento es la de ejercer el gobierno y la administración municipal en su correspondiente jurisdicción. Sus miembros son elegidos por los ciudadanos a través de elecciones municipales celebradas cada cuatro años. Está integrado por el alcalde y los concejales; el alcalde es el presidente de la corporación y es designado una vez elegidos los concejales, tras la celebración de las elecciones municipales.
La Administración Provincial y el Origen de los Cabildos
En el siglo XIX, la organización político-administrativa del territorio español se configuró a partir de la división provincial del ministro Javier de Burgos en 1833.
El objetivo de esta división, que fragmentó el territorio español en 50 provincias, era organizar de forma unitaria la administración de cada provincia y la intervención del gobierno en ellas.
Surgió entonces la provincia única de Canarias, cuya capital se estableció en Santa Cruz de Tenerife (1833). Se produjo así un cambio significativo en las instituciones políticas canarias: se pasó de una organización político-administrativa basada en un concejo insular a la creación de ayuntamientos en las distintas islas. En esta recién creada provincia única de Canarias, se estableció un órgano de gobierno regional: la Diputación Provincial (con sede en el edificio del actual Parlamento de Canarias).
El Pleito Insular: Rivalidad y División
Los conflictos entre los grupos de poder de las islas centrales fueron constantes: los de Tenerife se esforzaban por consolidar la capital, mientras que los de Gran Canaria trataban de conseguir la división provincial. Este es el llamado Pleito Insular, en el que intervinieron como árbitros el Gobierno central, los gobernadores y los capitanes generales, favoreciendo la rivalidad entre las islas.
El Pleito Insular concluyó en 1927, cuando Primo de Rivera firmó el decreto de división provincial, creando las provincias de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
El Resurgimiento de los Cabildos Insulares
Mientras el enfrentamiento de las clases dominantes de las dos islas centrales por la hegemonía económica, política e institucional dominaba la vida política del archipiélago a comienzos del siglo XX, desde las islas periféricas se reclamaba la reimplantación de los concejos o cabildos insulares para defender su autonomía frente a la hegemonía de Tenerife y Gran Canaria.
Finalmente, el Gobierno central decidió crear, como en tiempos pasados y como una solución intermedia, un órgano de gobierno insular con competencias sobre los municipios de cada isla.
De este modo, en julio de 1912, se crearon los Cabildos Insulares mediante la Ley de Cabildos.
Se trata de una institución cuyo ámbito de gestión y administración es la isla.
Con esta solución intermedia se intentaba poner fin a la lucha entre Santa Cruz y Las Palmas y evitar posibles fricciones entre las islas centrales y el resto del Archipiélago. Esta solución fue aplaudida por todos los grupos políticos y el problema pareció zanjado; sin embargo, la lucha, aunque de forma más silenciosa, continuó, y en 1927 se dividió la provincia única de Canarias.
Los Cabildos asumían en parte las competencias de la Diputación Provincial y se constituían en el órgano de gobierno y administración insular. Cada isla elige, en la actualidad, mediante sufragio universal, directo y secreto a sus representantes en el Cabildo, que son denominados consejeros.