Estructura Social y Relaciones de Producción

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,54 KB

Descripción

ESTRUCTURA SOCIAL

Describe la forma que adopta el sistema global de las relaciones entre individuos.

  • Estructura social es una población con una organización y una tecnología, que vive y se desarrolla en un medio ambiente.
  • Se puede definir ahora el sistema, como está establecida de hecho esa sociedad, llenándola de contenidos, que interactúan por las redes de la estructura, usando cualquier tabla: cultura como lenguaje, arte, religión, etc., valores como gobierno, propiedad, estratificación, familia, grupos, etc., completando así su identificación e identidad y mejorando su entendimiento.

Marx, sostuvo que, es el conjunto de las relaciones de producción, es decir, la base real sobre la cual se eleva una superestructura jurídica y política, a la cual corresponden determinadas formas de conciencia social.

PRODUCCIÓN

Se asocia al trabajo del hombre y a las riquezas que posee el lugar o medio social en que se desenvuelve. Es el trabajo humano el que permite arrancar a la naturaleza sus riquezas y luego transformarlas en objetos útiles a la sociedad.

RELACIONES DE PRODUCCIÓN

Se asocia al fenómeno por el cual una minoría directora ostenta los medios de producción frente a una gran mayoría que depende de ellas.

Son RELACIONES SOCIALES DE PRODUCCIÓN las que se establecen entre los propietarios de los medios de producción y los productores directos en un proceso de producción determinado, relación que dependen del tipo de relación de propiedad, posesión, disposición o usufructo que ellos establezcan con los medios de producción.

Poder constituyente

ha sido definido como la "voluntad política creadora del orden, que requiere naturaleza originaria, eficacia y carácter creadora" y como la "voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización.

Poder constitucional es la denominación del poder que tiene la atribución de establecer la norma fundamental de un ordenamiento jurídico, definiendo la forma de gobierno o la forma de estado de un estado.

Una reforma constitucional

supone la modificación de la Constitución de un Estado. Tiene por objeto una revisión parcial de una Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.

Ordenamiento jurídico

Hace referencia a ese derecho objetivo, es decir, al conjunto de normas por las que se rige una sociedad. Se puede definir como un conjunto sistemático de reglas, principios o directrices a través de las cuales se regula la organización de la sociedad.

Mecanismos para la Protección Jurídica del. Derecho Humano al Agua de los Pueblos Indígenas en su Dimensión Colectiva a través de la Corte.

El Poder Legislativo o Legislatura es una asamblea deliberativa que tiene la exclusiva autoridad para crear leyes para una entidad política como un país o ciudad, además de administrar el presupuesto del Estado.

El poder judicial es un poder del Estado encargado de impartir Justicia en una sociedad. Es uno de los tres poderes y funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo), mediante la aplicación de las normas y principios jurídicos en la resolución de conflictos.

El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado. Se distingue así del poder legislativo, que aprueba o deroga leyes, y del poder judicial, que las interpreta, hace respetar o invalida.

dictadura constitucional es la forma de gobierno dictatorial en la que el poder se concentra de manera autoritaria o totalitaria en las manos de un dictador, controlando este, directa o indirectamente, los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, por lo que no se asienta el principio de separación de poderes, requisito indispensable según Montesquieu y la corriente politológica mayoritaria para que la forma de gobierno se configure como Estado de Derecho; junto con el requisito de la consagración constitucional de los derechos fundamentales aunque solo aplicaría en caso de que esta autoridad llegara a través de métodos no electorales.

El mecanismo mediante el cual se mantiene el aparente respeto a los principios del Estado de Derecho a través de la fachada constitucional se denomina fraude constitucional

Entradas relacionadas: