Estructura y Regímenes Especiales de la Seguridad Social en España

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Desempleo y Exclusiones del Régimen General

La pérdida del trabajo da lugar a la prestación por desempleo o al subsidio por desempleo. Por otra parte, existen exclusiones del Régimen General de la Seguridad Social (SS), como son las exclusiones por razón de parentesco. No entrarían a formar parte de los parientes del titular hasta el 2º grado de consanguinidad:

  • 1º Grado: Cónyuge (marido/mujer), padres, suegros, hijos/as.
  • 2º Grado: Hermanos/as, cuñados/as.

Regímenes Especiales de la Seguridad Social

El sistema de la Seguridad Social contempla regímenes especiales para colectivos con características laborales específicas:

Régimen Especial Agrario

Estarán incluidos todos los trabajadores, tanto por cuenta propia como ajena, que de forma habitual y como medio fundamental de vida, realicen labores agrícolas o forestales dentro del territorio nacional.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Incluye a los trabajadores autónomos que son residentes en España o extranjeros que residen o se encuentren legalmente en España, mayores de 18 años, que ejerzan su actividad en el territorio nacional.

Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Quedan acogidos tanto los trabajadores por cuenta propia como ajena dedicados a actividades marítimo-pesqueras.

Régimen Especial de Empleados de Hogar

Están incluidas todas las personas mayores de 16 años que se dediquen en territorio nacional a prestar servicios exclusivamente domésticos para una o varias familias a cambio de una remuneración.

Entidades Gestoras y Colaboradoras de la Seguridad Social

En nuestro país, la competencia en materia de Seguridad Social (SS) se atribuye a dos ministerios principales: el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Ministerio de Trabajo.

Entidades Gestoras

La función principal de estas entidades es gestionar y administrar el Sistema de la Seguridad Social. Son las siguientes:

A) INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)

Depende del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Su principal función es la gestión de las prestaciones económicas del Sistema de la SS, a excepción de las que tengan que gestionar el IMSERSO y las CCAA (Comunidades Autónomas).

B) INSALUD (Instituto Nacional de la Salud)

Depende del Ministerio de Sanidad y Consumo y tiene como función principal la gestión de las prestaciones sanitarias de la SS.

C) IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales)

Depende del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Su principal función es la gestión de las pensiones no contributivas y la jubilación. Además, tiene otras funciones como servicios de ayuda para mayores y discapacitados, y servicios para inmigrantes, refugiados y desplazados.

Entidades Colaboradoras

Son:

A) Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP)

Son asociaciones voluntarias que colaboran con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en la gestión derivada de las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

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