Estructura del Poder Público Nacional en Venezuela: Ramas y Funciones

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Estructura del Poder Público Nacional en Venezuela

El Poder Público Nacional en Venezuela, conforme a la Constitución, se divide en cinco ramas independientes que colaboran para el funcionamiento del Estado:

  • Poder Legislativo
  • Poder Ejecutivo
  • Poder Judicial
  • Poder Ciudadano
  • Poder Electoral

Poder Legislativo

Es ejercido por la Asamblea Nacional, una cámara única encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, así como de aquellas que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias Federales y los Territorios Federales.

Se compone de 165 diputados electos por un período de cinco años, con posibilidad de reelección.

Funciones Principales:

  • Función Legislativa: Crear, modificar y derogar las leyes.
  • Función de Representación: Actuar en nombre de los intereses de los ciudadanos que los eligieron mediante el voto directo en sus distritos electorales.
  • Función de Control: Supervisar, fiscalizar e investigar las acciones del Gobierno y la administración pública.

Poder Ejecutivo Nacional

Es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República (quien es Jefe de Estado y Jefe de Gobierno), el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, los Ministros o Ministras y demás funcionarios que determine la Constitución y la ley.

Integrantes del Gabinete Ejecutivo:

Los integrantes del poder ejecutivo conforman el gabinete ejecutivo del gobierno de Venezuela, presidido por el Presidente/a Ejecutivo/a. Incluye principalmente:

  • Presidente/a de la República
  • Vicepresidente/a Ejecutivo/a
  • Ministros/as
  • Procurador/a General de la República

Su función principal es gobernar y administrar el Estado, cumplir y hacer cumplir la legislación.

Poder Judicial

Es el encargado de administrar la justicia que emana de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y los demás tribunales que determine la ley.

Función Principal:

Resolver controversias mediante la aplicación de las normas jurídicas, asegurar la integridad de la Constitución y garantizar la tutela judicial efectiva.

Poder Ciudadano

Se ejerce por el Consejo Moral Republicano, integrado por:

  • El Defensor o Defensora del Pueblo
  • El Fiscal o Fiscala General de la República
  • El Contralor o Contralora General de la República

Los órganos que lo componen son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.

Función Principal:

Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público; asegurar el cumplimiento del principio de legalidad en la actividad administrativa; y promover la educación como proceso creador de la ciudadanía.

Poder Electoral

Está constituido y representado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) como órgano rector.

Función Principal:

Garantizar la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficacia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

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