Estructura y Operativa de las Cortes Generales: Reglamento y Órganos

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Organización y Funcionamiento de las Cortes Generales

Uno de los rasgos más característicos de la regulación constitucional de las Cortes Generales (CCGG) es la preocupación por asegurar su independencia. El reglamento parlamentario es un tipo de fuente singular, inmediatamente derivado de la Constitución, que se aprueba mediante un procedimiento específico (mayoría absoluta en la Cámara respectiva) y que no tiene que ser sancionado ni promulgado por el Rey ni debe ser publicado en el BOE. Los reglamentos existentes en la actualidad son: El Reglamento del Congreso de los Diputados y el Reglamento del Senado. Ambas normas han sido posteriormente objeto de diversas reformas.

Organización Interna

Órganos de Dirección

  • Presidencia: Cada Cámara elige a su Presidente (art. 72.2 CE), que constituye su máxima autoridad y representa a la Cámara en las relaciones con el exterior. Ejerce las funciones económicas y administrativas, así como la aplicación de la disciplina parlamentaria.
  • La Mesa: Es el órgano rector de cada cámara. Ordena el trabajo parlamentario, se ocupa del régimen interno, prepara los presupuestos y dirige el gasto, además de encargarse de la gestión administrativa ordinaria.
  • Junta de Portavoces: Formada por el Presidente de la Cámara, al que corresponde su presidencia, y por los portavoces de todos los Grupos Parlamentarios. La principal función de estos órganos consiste en su intervención a la hora de fijar el orden del día en las sesiones plenarias, pero también deben ser consultadas para la preparación del calendario parlamentario, la ordenación de los trabajos, etc.

Órganos de Trabajo

  • El Pleno: Formado por la reunión de todos sus miembros en el correspondiente Salón de Plenos, previa convocatoria del Presidente, a fin de tratar un orden del día determinado. Se plantean debates generales y cuestiones políticas, dejando el trabajo técnico para las Comisiones.
  • Comisiones: Son secciones de las Cámaras a través de las que se efectúa la división del trabajo parlamentario, constituyendo en la actualidad el principal órgano de trabajo. Las Comisiones están formadas por un determinado grupo de parlamentarios, más bien reducido.
  • Subcomisiones y Ponencias: Las Subcomisiones son órganos de estudio y propuesta que se constituyen en el seno de las Comisiones. Al igual que las Comisiones en muchos casos actúan como órganos preparadores de las decisiones del Pleno, las Subcomisiones hacen lo mismo respecto a las Comisiones. Tienen una importancia considerable, puesto que es donde se efectúa el estudio más detenido de los diversos asuntos sometidos a la consideración de las Comisiones. Las ponencias se utilizan como el órgano de preparación del trabajo legislativo de la comisión, que estudia un proyecto o proposición de ley en detalle. Se forman para cada asunto, emitiendo un informe que servirá de base para los trabajos posteriores. Actúan a puerta cerrada y se componen de un reducido número de miembros, distribuidos entre los distintos Grupos Parlamentarios.

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