Estructura y Obligaciones de Cotización y Retenciones en España
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Estructura de la RNT y RLC
Estructura de la RNT (Relación Nominal de Trabajadores)
- Cabecera: Datos identificativos de la empresa, número de trabajadores, periodo y tipo de liquidación.
- Cuerpo central: Datos de los trabajadores en situación de alta en la empresa.
- Pie: Sumas de las bases de cotización, compensaciones y deducciones. Fecha, firma y sello de la empresa y sello de la oficina recaudadora.
Estructura de la RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones)
- Cabecera: Datos de la empresa y periodo de liquidación.
- Cuerpo central: Detalle de las cuotas desglosadas en: cotizaciones generales, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, otras cotizaciones y recargos.
- Pie: Fecha, firma y sello de la empresa y de la oficina recaudadora.
Fichero de Remisión Electrónica de Datos a la Seguridad Social
- Cotización: Presentación de RNT.
- Afiliación: Altas, bajas, variación de datos de los trabajadores.
- Tramitación de partes de alta y baja médica de AT y EP: Así como los partes de confirmación al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Tipos de Interés y Rentas Sujetas a Retención
El tipo de interés de demora es del 3.75%.
Rentas sometidas a retención
Rendimientos del trabajo
El porcentaje de retención se aplica sobre el total devengado satisfecho, en función de su cuantía anual y de las circunstancias personales y familiares.
- Cursos, conferencias, seminarios, coloquios: 15%
- Administradores y miembros de consejos de administración: 35% (importe neto menor de 100.000€), 19%
- Premios literarios, artísticos o científicos no exentos: 19%
- Atrasos de ejercicios anteriores: 15%
- Relaciones laborales especiales de carácter dependiente: Tipo mínimo 15%
- Contratos de duración inferior a un año: 2%
Rendimientos de actividades profesionales
15% (menos los 3 primeros años que es del 7%).
Rendimientos del capital mobiliario
- Menos de 6000€: 19%
- Más de 6000€: 21%
Rendimientos del capital inmobiliario
- Rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento: 19%
- Rendimientos procedentes de la propiedad industrial, intelectual y de la prestación de asistencia técnica: 19%
- Rendimientos derivados de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen: 19%
Modelo 111
Están obligados a presentar el modelo 111 todas las personas y entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta que satisfagan o abonen rentas dinerarias o en especie sujetas a retención o ingreso a cuenta correspondientes a alguna de las siguientes clases: Rendimiento del trabajo, actividades profesionales, actividades agrícolas y ganaderas, actividades forestales.
Tipos de Declaración
- Negativa: No se han realizado retenciones ni ingresos en cuenta en el periodo.
- Ingreso o Positiva: Se tiene que realizar un ingreso en la Hacienda Pública.
- Complementaria: Se ha omitido algún dato y el resultado es inferior al debido.
Modelo 190: Se tiene que presentar entre el 1 y 31 de enero.