La Estructura de Poder de la Monarquía Hispánica: El Régimen Polisinodial y los Consejos Reales
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El Régimen Polisinodial: La Institucionalización de la Monarquía en el Siglo XVI
A comienzos del siglo XVI, surge la necesidad de institucionalizar la monarquía, es decir, dotar al Estado de órganos propios y estables que se encarguen de la administración y el gobierno. Esta institucionalización se materializa en la creación de los Consejos, órganos que ya existían en época medieval, pero que ahora adquieren un papel central en la estructura del Estado.
Estos Consejos acompañaban al rey, lo asesoraban y actuaban en su nombre, por lo que sus decisiones solo eran válidas si contaban con la sanción real. Cada Consejo tenía un presidente (en principio el propio rey, aunque este podía delegar en otra persona). Sus miembros solían ser nobles o eclesiásticos con formación jurídica. Todos seguían al monarca allí donde se encontrase, y su función principal era asesorarle.
Funciones y Competencias de los Consejos Reales
Los Consejos asumían funciones derivadas del poder real, por lo que necesitaban su validación:
- Legislativas: Podían redactar leyes, autos y normas, siempre sujetas a sanción real.
- Judiciales: Resolvían recursos en alzada.
- Administrativas: Supervisaban la administración, nombraban y destituían cargos públicos, y controlaban la actuación de los oficios.
Tipología del Sistema Polisinodial
El sistema se organizaba en diversas categorías de Consejos según su ámbito de competencia:
Consejos con Competencia sobre toda la Monarquía
Consejo de Estado
Presidido por el rey. Su función principal era asesorarle en cuestiones de Estado, aunque podía asumir cualquier tarea si así lo decidía el monarca.Consejo de Guerra
Nace del anterior, también presidido por el rey, con seis consejeros “de capa y espada”. Se organizaba en dos secretarías: de Tierra y de Mar. Sus funciones eran dirigir campañas militares, resolver conflictos entre secretarías, organizar recursos bélicos y juzgar delitos militares.Consejo de Inquisición
Su labor era resolver agravios contra la fe. Estaba compuesto por el Inquisidor General (presidente), cinco consejeros, dos asesores y un fiscal.Consejos de Gobierno Territorial
Consejo Real de Castilla
Sirvió como modelo para otros. Presidido por un nombrado del rey, se dividía en cuatro salas:- Sala de Gobierno: Administraba el gobierno de Castilla.
- Sala de 1500: Resolvía recursos judiciales si se pagaban 1500 monedas.
- Sala de Justicia: Resolvía casos penales, civiles y asuntos relacionados con bulas.
- Sala de Provincia: Trataba pleitos planteados por alcaldes, tenientes y corregidores.
Consejo de Indias
Con presidente externo designado por el rey. Se estructuraba inicialmente en la Junta de Gobierno y la Junta de Justicia. Posteriormente se añadieron dos más: la Junta de Hacienda y la Junta de Guerra de Indias, debido a conflictos de competencias.Consejo de Aragón
Ejercía funciones de gobierno y hacienda sobre Aragón, Cerdeña, Sicilia, Milán y Nápoles, hasta que se creó el Consejo de Italia. Desde entonces solo se ocupó de Aragón y Cerdeña.Consejo de Italia
Se encargaba de justicia, hacienda y nombramientos en Sicilia, Nápoles y Milán.Consejo de Portugal
Organizaba la justicia, el nombramiento de cargos eclesiásticos y civiles en el Reino de Portugal.Consejo de Flandes
Supervisaba la justicia, hacienda y nombramientos en Flandes y Borgoña.Consejos de Administración Castellana
Consejo de Hacienda de Castilla
Recaudaba impuestos, los gestionaba y vigilaba su cumplimiento.Consejo de Órdenes de Castilla
Administraba las órdenes militares castellanas (Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa), bajo el control directo del rey, que asumía el cargo de Gran Maestre.Consejo de Cruzada
Gestionaba los ingresos obtenidos por la venta de bulas papales.El Consejo Atípico y los Consejos de Cámara
Consejo de Navarra
El único que no se ubicaba en Madrid, sino en Pamplona, por privilegios forales. Empezó como consejo consultivo, pero asumió también funciones judiciales, legislativas y ejecutivas. Era presidido por el rey o, en su ausencia, por el Gobernador.Los Consejos de Cámara
Derivaban del Consejo de Castilla y asesoraban al rey en cuestiones personales. Eran exclusivamente consultivos y dependían directamente del monarca. Se dividían en:
- Cámara de Gracia.
- Cámara de Plazas de Justicia.
- Cámara del Patronato Real.
Conclusión: El Funcionamiento del Sistema Polisinodial y el Surgimiento de las Juntas
A pesar de este complejo sistema de Consejos, conocido como sistema polisinodial, su funcionamiento era lento e ineficiente en la práctica. Por ello, surgieron las Juntas, órganos extraordinarios y puntuales, creados para resolver situaciones urgentes de manera más ágil que los Consejos.