Estructura y Gobernanza de Centros Educativos: Definiciones y Órganos de Coordinación Docente
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Definiciones Fundamentales de Organización Escolar
La Organización Escolar se define a través de diversas perspectivas académicas:
Rufino Blanco Sánchez:
Se refiere a la buena disposición de los elementos para educar a los niños por medio de la instrucción.
Santiago Hernández Ruiz:
Se ocupa de la disposición de los diferentes elementos que concurren en la vida y actividad escolar.
Adalberto Ferrández:
El objeto de estudio de la Organización Escolar es el clima percibido como proceso de conflicto.
Definición Propia:
Se entiende como el estudio de los elementos internos al centro, pero también al estudio de los elementos exteriores a la vida escolar, con la finalidad de una educación adecuada.
Estructura de Gobierno en Centros Educativos
Órganos de Gobierno del Centro Público
La estructura de gobierno se divide en dos categorías:
- Órganos Colegiados: Consejo Escolar y Claustro de Profesores.
- Órganos Unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario.
Órganos de Gobierno del Centro Privado Concertado
La estructura mínima incluye:
- Mínimo Requerido: Director, Consejo Escolar y Claustro.
- Los órganos unipersonales y de gobierno estarán determinados por el Reglamento de Régimen Interior.
- Los padres y maestros intervienen a través del Consejo Escolar.
Órganos de Gobierno del Centro Privado No Concertado
Estos órganos se establecen en el Reglamento de Régimen Interior y están diseñados para la participación de la comunidad educativa.
Autonomía del Centro Privado No Concertado
Estos centros gozan de autonomía para:
- Establecer su régimen interno.
- Seleccionar al profesorado.
- Elaborar el Proyecto Educativo de Centro (PEC).
- Organizar la jornada.
- Ampliar el horario lectivo.
- Determinar la admisión de los alumnos.
- Definir su régimen económico.
Órganos de Coordinación Docente (Primer Ciclo)
Equipo de Ciclo
Es el órgano de coordinación educativa y asistencial encargado de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del primer ciclo. Está formado por el conjunto de profesionales que realizan la atención educativa y asistencial directa al alumnado, y está presidido por el director del centro.
Tutorías
La función de tutoría es ejercida por el personal que realice la atención educativa y asistencial directa del alumnado. Se procurará la continuidad del mismo tutor durante el ciclo.
Funciones del Tutor
El tutor es responsable de las siguientes tareas:
- Desarrollar las actividades previstas en el POAT (Plan de Orientación y Acción Tutorial).
- Realizar la atención educativa y asistencial del alumnado a su cargo.
- Organizar las actividades del aula.
- Coordinar sus acciones con los demás tutores de ciclo.
- Desarrollar el currículo y atender a las dificultades de aprendizaje y maduración del alumnado.
- Informar a los padres o tutores sobre la evaluación del niño.
- Informar a los padres o tutores sobre la alimentación y demás aspectos referidos a la atención asistencial recibida por sus hijos.
- Facilitar la participación de los padres o tutores en las actividades del centro.
- Atender y cuidar a los alumnos en los períodos de permanencia fuera del aula.