Estructura y Funciones del Gobierno: Comisiones Delegadas y Órganos de Apoyo
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,79 KB
Comisiones Delegadas del Gobierno (CDG)
El Gobierno se compone del presidente, los vicepresidentes y los ministros, que se reúnen en el Consejo de Ministros y en las Comisiones Delegadas. Estas comisiones son comités reducidos de ministros y órganos superiores y directivos de los ministerios de ámbito sectorial. Su finalidad es desconcentrar las funciones del Consejo de Ministros, así como agilizar y coordinar los distintos departamentos ministeriales.
Creación y regulación
Su régimen actual establece que la creación, composición, modificación y supresión de las Comisiones Delegadas del Gobierno (CDG) es acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, a propuesta del presidente del Gobierno.
El Real Decreto establece las CDG existentes, que actualmente abarcan áreas como:
- Asuntos Económicos
- Seguridad Nacional
- Asuntos de Inteligencia
- Política Científica y Tecnológica
- Igualdad
- Asuntos Culturales
Composición
En la composición de las CDG participan miembros del Gobierno y secretarios de Estado. También es posible que se convoquen a las reuniones otros altos cargos de nivel inferior, como titulares de órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado (AGE).
Presidencia
La presidencia corresponde, por norma general, al presidente del Gobierno. Sin embargo, el Real Decreto puede atribuir la presidencia, en ocasiones, a un vicepresidente o al ministro de la Presidencia.
Funciones principales
Las funciones de las CDG se pueden clasificar en tres tipos:
- De coordinación: Examinar cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los departamentos ministeriales que integran la comisión.
- De preparación: Estudiar los asuntos que, afectando a dichos ministerios, requieran una propuesta conjunta previa a su resolución definitiva por el Consejo de Ministros.
- De desconcentración: También tienen facultades decisorias, ya que son competentes para resolver asuntos que no requieren ser elevados al Consejo de Ministros.
Los Órganos de Apoyo al Gobierno
La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (CGSEyS)
La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios es uno de los principales órganos de apoyo al Gobierno. Su creación responde a la necesidad de solucionar problemas derivados del exceso de asuntos a decidir por el Consejo de Ministros y de la falta de una discusión técnica previa entre los distintos ministerios.
Naturaleza y composición
En esta comisión están representados todos los departamentos ministeriales, ya que está formada por cargos de nivel inferior al de ministro. Su naturaleza es la de un órgano preparatorio: resuelve los asuntos materialmente, pero no formalmente. Es decir, dictamina sobre ellos, pero no adopta la resolución final.
Está compuesta por los titulares de las Secretarías de Estado y las Subsecretarías, y es presidida por un vicepresidente del Gobierno o por el ministro de la Presidencia.
Funciones
Sus funciones son de dos tipos:
- Corresponde a la comisión el examen de todos los asuntos que se van a someter a la aprobación del Consejo de Ministros.
- La discusión de asuntos que, sin ser competencia del Consejo de Ministros, afectan a varios ministerios y son sometidos a consulta de la comisión por parte del Gobierno.
Limitaciones
Es fundamental destacar que, en ningún caso, esta comisión dicta resoluciones o tiene facultades decisorias, ni siquiera por delegación del Consejo de Ministros.